Traductores e Intérpretes en Inglés Criollo Limonense se integran a lista de peritos del Poder Judicial |
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Subcomisión de Población Afrodescendientes promovió iniciativa e insta al personal judicial para que comparta esta información con personas usuarias y la comunidad para contar con más interpretes en Ingles Criollo Limonense |
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Andrea Marín Mena Periodista
El Poder Judicial suma acciones para garantizar un acceso efectivo a la justicia, para todas las poblaciones costarricenses en igualdad de condiciones, con la incorporación en su lista de peritos oficiales de traductores e intérpretes en Inglés Criollo Limonense. Desde junio se aplicó la Circular No. 98-2020, de la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, en la que se estableció la ampliación de la lista de Traductores e Intérpretes en Inglés Criollo Limonense, dentro de los peritos oficiales con que cuenta el Poder Judicial. El lineamiento interno se dirige a la Administración Regional del Primer y Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. La integración de estos peritos responde a la iniciativa que planteó la Subcomisión de Acceso a la Justicia de Población Afrodescendiente, “... con el objetivo de fortalecer el registro de personas interpretes en inglés criollo limonense inscritas en la base de datos del Poder Judicial para que en caso de requerirse el servicio por parte de una persona usuaria en el ámbito jurisdiccional sobre todo pueda brindarnos el servicio. Ventaja para las personas usuarias: garantizarle un acceso efectivo a la justicia”, destacó Songhay White Curling, coordinadora de la Subcomisión. Actualmente se registran un total de cinco personas inscritas en la lista de peritos judiciales y se espera que, con esta circular interna, se amplíe el registro, para fortalecer la administración de justicia cuando las personas usuarias lo requieran y es de gran interés para la Subcomisión de Personas Afrodescendientes el fortalecer este servicio y contar con más personas traductoras e intérpretes en Inglés Criollo Limonense, que es un proceso voluntario. Requisitos que establece la Dirección Ejecutiva para intérpretes, traductores o traductoras, de acuerdo con la Circular No. 98-2020: Para inscribirse como intérprete, traductor o traductora se deberá cumplir con los siguientes requisitos y presentar a la Dirección Ejecutiva los documentos que se indicarán, según sea el caso:
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