Realizan conversatorio para el Departamento de Trabajo Social y Psicología en el marco de la celebración del 25 Aniversario de la Ley de Justicia Penal Juvenil

Impartida por Magistrado Dr. Álvaro Burgos Mata.
Mónica Chavarría Bianchini
Periodista

Capacitación se realizó por medio de la plataforma Microsoft Teams.

Como parte de las actividades en celebración del 25 aniversario de la Ley de Justicia Penal Juvenil se impartió a todo el personal del Departamento de Trabajo Social y Psicología del Poder Judicial en el país, una capacitación vía Microsoft Teams, acerca del peritaje en materia penal juvenil y el tratamiento de datos sensibles.

Dicha capacitación estuvo a cargo del Magistrado de la Sala de Casación Penal y coordinador de la Comisión de Justicia Penal Juvenil del Poder Judicial, Dr. Álvaro Burgos Mata.

Burgos Mata indicó que “representa para mí un verdadero placer el compartir nuevamente, como lo he hecho por más de 30 años con el Departamento de Trabajo Social y Psicología, acerca de temas de particular interés para la buena marcha del servicio público y de la sensibilización en temas relacionados con las personas menores de edad en conflicto con la ley penal”.

Magistrado de la Sala de Casación Penal y Penal Juvenil, Dr. Álvaro Burgos Mata.
“En esta ocasión, el énfasis se centró en el peritaje psicológico y de trabajo social en el campo forense dentro del Poder Judicial, y particularmente en relación con los Principios Rectores de la Ley de Justicia Penal Juvenil, la actividad pericial forense en dicho campo, y el tratamiento adecuado al tenor del Derecho a la Privacidad y el Principio de Confidencialidad, consagrados en los artículos 7, 20 y 21 de dicha ley”,
puntualizó el Magistrado Burgos Mata.

Por su parte, la jefa del Departamento de Trabajo Social y Psicología, Alba Gutiérrez Villalobos señaló que tienen entre sus principales funciones la valoración pericial de las personas sujetas a la mencionada Ley y sus condiciones psicosociales. En ese contexto y como parte de la investigación se consultan diferentes fuentes de información, razón por la cual es de gran relevancia el análisis que se haga de esos datos en el marco de la confidencialidad conocida en el caso de las personas menores de edad.

En ese sentido, ha surgido como una necesidad conocer desde el punto de vista de la legalidad, la interpretación de los principios del derecho a la privacidad y de la confidencialidad, consignados en los artículos 20 y 21, respectivamente, de la Ley de Justicia Penal Juvenil y particularmente, conocer, por lo tanto, si procede tener en cuenta los antecedentes penales con que pueda contar la persona menor de edad, como parte de la triangulación de la información, o bien, si se pueden considerar los datos para determinar factores de riesgo y protectores, funcionamiento cognitivo y social en un marco general, sin destacar particularidades de antecedentes penales o aludir al proceso judicial”, puntualizó Alba Gutiérrez.

Gutiérrez Villalobos indicó que “este conversatorio nos permite tener una mayor claridad de los alcances y límites de las valoraciones periciales, para enfocar los procesos metodológicos con la debida rigurosidad científica y sin trascender las competencias del perfil profesional”.

Lic. Sergio Bonilla Bastos
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