“Impulso de la Justicia Juvenil Restaurativa en todos los Procesos de la Fase de Ejecución de las Sanciones Penales Juveniles” |
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| Foro virtual en el marco del Proceso de construcción del Plan de Acción 2022-2026 de la Política Pública de Justicia Juvenil Restaurativa | ||
| Andrea Marín Mena Periodista
Autoridades judiciales y del Ministerio de Justicia y Paz abrieron un espacio de reflexión sobre los retos y oportunidades de la aplicación de la Justicia Restaurativa en la fase de ejecución de las sanciones penales juveniles. El foro virtual se da en el marco de la construcción del Proceso de construcción del Plan de Acción 2022-2026 de la Política Pública de Justicia Juvenil Restaurativa, que se desarrolla dentro del Proyecto de Cooperación Internacional Corte-USA-NCSC sobre Justicia Juvenil Restaurativa. El magistrado de la Sala de Casación Penal y Rector de Justicia Restaurativa del Poder Judicial, Gerardo Rubén Alfaro Vargas, destacó que “..cuando se visualiza la aplicación de la Justicia Restaurativa en la fase de Ejecución del Proceso Penal Juvenil, se está materializando el objetivo fundamental de cumplir con los fines socio-educativos de inserción social y familiar de la persona menor de edad o adulta joven sentenciada, sin que se limite el uso de la Justicia Restaurativa, únicamente, en los procedimientos judiciales, sino que esta también abarca los procedimientos administrativos que se susciten en el transcurso del cumplimiento de la sanción”. La Viceministra de Justicia y Paz, Viviana Boza Chacón, en la introducción del panel, resaltó que “…en el ámbito de la ejecución, la Justicia Restaurativa busca ampliar la gama de opciones para la intervención del delito, desde un enfoque reparador y alternativo a las personas punitivas, apelando a la educación y concienciación social y la prevención de las actividades delictivas. Para el Ministerio de Justicia y Paz, los procesos de reinserción social constituyen un eje fundamental en las líneas de atención de los planes de estas poblaciones y especialmente, en apego a la especialización de la Ley Penal Juvenil y de Ejecución de las Sanciones Penales Juveniles”. En el desarrollo del panel se intercambiaron experiencias y retos en materia de Justicia Restaurativa, la moderación estuvo a cargo de Roberto Morales Sáenz, Analista del Desarrollo en el Ministerio de Planificación y Política Económica (MIDEPLAN). A criterio del experto asociado del ILANUD, Jorge Delgado Salazar, “…en los procesos de evaluación deben considerarse aspectos de orden cualitativo de aplicación de la ley para conocer algunos impactos, las personas beneficiarias por género, edad, culturalidad, grado de cumplimiento de los planes restauradores y limitaciones entre otros aspectos”. La Directora del Programa de Sanciones Alternativas, del Ministerio de Justicia y Paz, Jennifer Hernández Brenes, señaló que desde el programa, “… fomentamos y visibilizamos prácticas restaurativas que se gestan en la cotidianidad, mismas que se articulan en los procesos de atención y seguimiento, todas estas prácticas se dirigen hacia la promoción y vinculación de la persona joven en el afuera. La relación de la persona menor con la víctima se trabaja de forma indirecta, propiciando que la persona joven asuma el daño causado y al generar empatía esta se constituye en un factor de protección ante el comportamiento violento”. De acuerdo con la Directora del Centro de Formación Juvenil Zurquí, del Ministerio de Justicia y Paz, Sofía Segura Balmaceda, “… desde el contexto de los centros de internamiento, la Justica Penal Restaurativa se puede dar en dos vías, como prácticas restaurativas dentro de la institución y como una posibilidad de resarcir el daño causado fuera de prisión”. Por su parte, el juez Coordinador del Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil, Rafael Segura Bonilla, puntualizó como un reto “… la necesidad de instaurar una audiencia restaurativa en el momento en que la sanción penal juvenil queda en firme. Pues si bien es cierto el proceso penal juvenil tiene la primera instancia, la apelación y la casación, el joven o el niño a la hora que se le impone la sanción se pierde a través de ese proceso y se le da una responsabilidad mayor a efectos de que esté averiguando, qué es la sanción y cuál es el cumplimiento que se tiene que dar al mismo”. Posterior a la serie de foros realizados, se desarrollaron consultas, mesas de trabajo y entrevistas, para avanzar en la construcción del Plan de Acción 2022-2026 de la Política Pública de Justicia Juvenil Restaurativa. |