Discurso Magistrado Gerardo Alfaro Vargas

“Congreso Internacional Justicia Restaurativa Desafíos ante la nueva realidad de la COVID-19”

Magistrado Gerardo Alfaro Vargas.

Bienvenidos y Bienvenidas a este, el Primer Congreso Internacional de Justicia Restaurativa, organizado por el Poder Judicial de Costa Rica, el cual correspondió realizarlo en tiempo distinto al que ordinariamente estábamos acostumbrados, en tiempos de la COVID-19.

Esta pandemia, nos tomó desprevenidos, llegó, parece para quedarse, y nos llevó de forma re-silente a tomar decisiones y realizar, acciones innovadoras, variar las formas de trabajo, tener una apertura y flexibilidad para la atención de personas usuarias, y de todo ello no está ajeno el proceso de justicia restaurativa, por eso la iniciativa de reunirnos en estos 3 días, para compartir experiencias, resultados y retos ante esta nueva realidad.

Dedicaré este espacio, en primer lugar, a darles una muy calurosa bienvenida, de seguido una pequeña contextualización de la Justicia Restaurativa en el Poder Judicial de Costa Rica y finalmente procuraré motivarlos para estar presentes, de manera virtual, compartiendo las experiencias que en Costa Rica y países hermanos se han generado en la aplicación de la Justicia Restaurativa en tiempos de pandemia.

Les reitero el saludo, el agradecimiento desde la Rectoría y la Dirección de Justicia Restaurativa del Poder Judicial de Costa Rica, por acompañarnos, tanto a las personas del auditorio, como a las personas expertas que nos ilustrarán durante este Congreso Internacional.

En cuanto a la contextualización:

Costa Rica es un país con aproximadamente 5 millones de habitantes, con un sistema presidencialista, con división de tres Poderes de la República, el Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Ahora bien, el Poder Judicial se encuentra integrado por la Judicatura, los órganos auxiliares de justicia: Ministerio Público, Defensa Pública, el Organismo de Investigación Judicial que es la Policía Judicial con todos sus laboratorios forenses, adicionalmente todo el ámbito administrativo del cual forma parte el Departamento de Trabajo Social y Psicología, y la Escuela Judicial. Todos ellos socios indispensables para la consolidación de los procesos restaurativos, a quienes externo públicamente el reconocimiento por el trabajo conjunto en materia de Justicia Restaurativa.

La Justicia Restaurativa en el Poder Judicial de Costa Rica, desde su aprobación como proyecto piloto en el año 2011, se estableció como una metodología o técnica para aplicar los institutos de resolución alterna de conflictos, con la finalidad de promover un cambio de paradigma en la administración de justicia, resolviendo las controversias de forma integral, con la participación activa de la víctima, la persona ofensora y la comunidad, mediante la intervención de un equipo interdisciplinario y especializado. Para ello, se tomó como base lineamientos internacionales, uno de ellos Declaración del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, número 12/2002, donde se establece la definición de “programa restaurativo” como todo aquel que utilice procesos restaurativos para llegar a acuerdos restaurativos.

A partir del año 2012 se ejecuta como proyecto piloto el procedimiento restaurativo, que alcanzó resultados satisfactorios, los que permitieron su ampliación y consolidación como un programa de interés institucional, para finalmente alcanzar rango de Ley de la República, e iniciar su implementación en el año 2019, con una ampliación paulatina hasta instaurarse a nivel nacional. Esta ley tiene como base los principios y valores, así como el procedimiento restaurativo, que se desarrolla en el Poder Judicial, desde el año 2012.

La Ley de Justicia Restaurativa, Ley 9582, en su primer numeral, establece que el objeto de la ley es “definir un marco conceptual y procedimental para instaurar la justicia restaurativa en el ordenamiento jurídico costarricense, como un instrumento que contribuya a resolver los conflictos jurídicos generados por los hechos delictivos…” Por ello, en sus capítulos II, III y IV establece los procedimientos por ámbito de aplicación: penal, penal juvenil, contravencional y tratamiento de drogas bajo supervisión judicial, respectivamente. Denominaciones que en conjunto con el contenido de su articulado, no dejan duda que la Justicia Restaurativa en el Poder Judicial de Costa Rica, es un procedimiento que permite llegar a la aplicación de diferentes institutos, entre ellos los mecanismos de resolución alterna del conflicto como la suspensión del proceso a prueba, la conciliación y la reparación integral del daño; así como la imposición de una pena o sanción mediante el abreviado o bien la cesura.

A esto se debe unir, que en el mes de setiembre del 2019, el Poder Judicial aprobó el reglamento interno de Justicia Restaurativa para el Bienestar Integral del Personal Judicial, que atiende a las funcionarias y funcionarios que tienen un proceso administrativo, principalmente por incumplimiento de responsabilidades pecuniarias. Busca que con el acompañamiento del equipo interdisciplinario de Justicia Restaurativa, que incluye una persona profesional en finanzas, una en derecho y una en psicología; las personas logren una mejora calidad de vida

Siendo la naturaleza de la Justicia Restaurativa en el Poder Judicial de Costa Rica:

Un procedimiento legal, para resolver conflictos, mediante un abordaje interdisciplinario, especializado, con la participación activa de las partes, para restaurar los daños a la víctima, mediante el reconocimiento del daño por parte de la persona ofensora, procurando la inserción social, con soluciones integrales, que promueven la paz social.

La misión y visión institucional, que a la luz de la Ley de Justicia Restaurativa y los proyectos institucionales que se desarrollan, son los siguientes:

Misión: Ser un proceso generador de cambios en la forma de resolver los conflictos jurídicos, con soluciones integrales y realistas, para obtener mejores resultados y mayor eficiencia en el tratamiento del conflicto jurídico, en el marco de la humanización de la justicia.

Visión: Consolidar dentro de la intervención jurídica, el modelo de Justicia Restaurativa como un proceso complementario, de aplicación de medidas alternas de resolución de conflictos y sanciones o pena alternativas; en la búsqueda de una justicia más humanizada, que se preocupe por la restauración del daño de la víctima, el tejido social y por ende la reinserción de la persona ofensora.

Con este panorama en marzo del 2020, con gran incertidumbre, pero con un trabajo arduo y conjunto, la Dirección de Justicia Restaurativa con las respectivas coordinaciones de la Ministerio Público, Defensa Pública, Departamento de Trabajo Social y Psicología, el Centro de Resolución Alterna de Conflictos, con la anuencia del Consejo Superior del Poder Judicial, se aprobaron en el mes de abril, los lineamientos de virtualidad y cumplimiento de los aspectos de bioseguridad, para continuar brindando los servicios de Justicia Restaurativa en el Poder Judicial. Y por supuesto con el apoyo del ámbito administrativo para su puesta en práctica. Lineamientos que con las experiencias de los equipos interdisciplinarios, los protocolos de virtualidad en materia penal y penal juvenil que surgieron posteriormente; han sido mejorados y se encuentran actualmente en proceso de aprobar su actualización por parte del Consejo Superior. Todo ello en apego a las diferentes alertas de emergencia nacional.

En este contexto, para ir finalizando, comentarles que tenemos el gran honor el día de hoy de contar con personas conferencistas expertas en Justicia Restaurativa de Argentina y Brasil, que nos darán un panorama general sobre Justicia Restaurativa en tiempos de pandemia. Para el día de mañana se expondrán criterios sobre la implementación de la virtualidad en los procedimientos restaurativos en Costa Rica, tanto desde la intervención del Ministerio Público y Defensa Pública, así como la que realiza la persona juzgadora, además se contará con la experiencia del Estado de México. Para finalizar el día jueves, con los retos con la comunidad y la formación, donde se integrará la visión de nuestros amigos y socios de Colombia.

Así las cosas, les reiteramos la invitación, a participar durante estos 3 días del congreso, estoy seguro aprenderemos, y actualizaremos conocimientos, sobre las nuevas formas que adoptó la Justicia Restaurativa, para adaptarse a los tiempos de la COVID-19.

Saludos de paz y bien a todos y todas.

Lic. Sergio Bonilla Bastos
Licda. Andrea Marín Mena
Lic. Erick Fernández Masís
Licda. Sandra Castro Mora
Lic. César González Granados
Licda. Mónica Chavarría Bianchini
Montaje: Licda. Karen Quirós Fumero
Diseño Gráfico: Iván Pacheco León

Poder Judicial de la República de Costa Rica, ® Derechos Reservados 2020