Corte Plena reitera criterio sobre creación de Centro de Capacitación para OIJ
Comisión Permanente Especial de Seguridad y Narcotráfico realizó consulta sobre expediente 21.643.
Andrea Marín Mena
Periodista

El informe estuvo a cargo de la magistrada instructora, Patricia Solano Castro.

Señalar que el proyecto de ley que crea el Centro de Capacitación del Organismo de Investigación Judicial sí incide en el funcionamiento y organización del Poder Judicial, fue lo que acordó Corte Plena.

El estudio de la iniciativa de ley 21.643 denominado “Ley de Creación del Centro de Capacitación del Organismo de Investigación Judicial estuvo a cargo de la magistrada instructora, Patricia Solano Castro.

El criterio judicial se emitió ante la consulta enviada por la Comisión Permanente Especial de Seguridad y Narcotráfico de la Asamblea Legislativa.

En el informe judicial se reiteró el criterio de Corte Plena de noviembre de 2019, a solicitud de la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, pues el texto legislativo no registró cambios ante la reciente consulta.

“En dicho informe se concluyó en el apartado B que: Sobre posible incidencia del proyecto en la organización y funcionamiento del Poder Judicial: “Conforme a los artículos 167 de la Constitución Política y 59 inciso 1° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como al protocolo aprobado mediante sesión de Corte Plena, 6-06, del 20 de marzo de 2006, artículo IX, estimo que el presente proyecto de ley, sí incide en la organización y funcionamiento del Poder Judicial, al crearse un Centro de Capacitación del Organismo de Investigación Judicial, que conlleva disponer de estructura y de recurso tanto humano como material, para su funcionamiento, lo que a su vez, incidiría en el presupuesto de la institución”, puntualizó el acuerdo de Corte Plena.

Además, se incorporaron algunas conclusiones de índole general sobre el articulado de la propuesta de ley, relacionadas con la rectoría de la capacitación y la importancia de que el centro esté a cargo de un Consejo Directivo, con la participación de diversos órganos de apoyo como Corte Plena y el Consejo Superior; además de la recomendación de que se revise el tema de la posibilidad de que se ofrezcan servicios externos al Poder Judicial, pues no se determina los posibles beneficiarios para determinar la conveniencia.

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