Corte Plena remite criterio sobre reforma a Código de Trabajo
Consulta sobre expediente 21.999 la remitió la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa.
Andrea Marín Mena
Periodista

El estudio del expediente legislativo estuvo a cargo del magistrado instructor, Luis Porfirio Sánchez Rodríguez, quien integró la sesión de Corte Plena bajo la modalidad virtual.

El estudio que realizó Corte Plena sobre el proyecto de ley 21.999 “Reforma del Código de Trabajo para garantizar el derecho a la doble instancia frente a la resolución que ordena medidas cautelares”, determinó que no afecta la organización y funcionamiento del Poder Judicial.

El criterio judicial se emitió ante la consulta que envió la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa, que tiene a cargo la tramitación de la iniciativa de ley.

El magistrado Luis Porfirio Sánchez Rodríguez tuvo a cargo la instrucción del proyecto de ley y rindió el informe mediante la modalidad virtual, durante la sesión de Corte Plena del 29 de junio de 2020.

El acuerdo estableció que “el proyecto de ley consultado no incide en la organización y funcionamiento del Poder Judicial”, por cuanto, el texto legislativo no plantea una modificación sustancial a las competencias normales de orden jurisdiccional.

Además, se destaca que la propuesta lo que busca es modificar el artículo 583, inciso 10), del Código de Trabajo, con el único objeto de establecer la procedencia del recurso de apelación en contra de la resolución judicial que admita una medida cautelar, en tanto, actualmente, ese medio de impugnación solo está previsto para las resoluciones que las denieguen o revoquen.

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