Dr. Fernando Cruz Castro. Presidente Corte Suprema de Justicia | ||
INFORME DE LABORES DEL PODER JUDICIAL DEL 2019 MI SEGUNDO AÑO DE GESTIÓN |
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Viernes 26 de junio de 2020 | ||
Me gustaría que la ceremonia de Inauguración del Año Judicial no fuera considerada una simple formalidad, ni un acto solemne, sino que se convierta en un espacio de reflexión y diálogo para trasmitir a la ciudadanía un mensaje de esperanza y confianza de los esfuerzos que realiza la Administración de Justicia, en momentos tan difíciles que el país ha tenido que afrontar con la pandemia por el COVID-19. El Poder Judicial, pilar fundamental de nuestra Democracia, está próximo a cumplir 195 años y como es de esperar de un poder consolidado, además, por un tema de convicción, me siento honrado de rendirle al país el segundo informe de labores de mi gestión como Presidente, cargo que asumí el 3 de agosto del 2018. El 15 de septiembre del 2021, conmemoramos el “Bicentenario de la Independencia de Costa Rica”. ¡Qué fecha más importante en el surgimiento de nuestra vida democrática! Tras la independencia, las personas costarricenses se organizaron políticamente y constituyeron un gobierno propio, dando origen a nuestra vida republicana. En este sentido, los representantes de diferentes ciudades y pueblos de aquel entonces formularon el Pacto Social Fundamental Interino de Costa Rica, conocido como el “Pacto de Concordia”, considerado el primer documento constitucional de Costa Rica. Posteriormente, el 24 de septiembre de 1824, la Asamblea Nacional Constituyente dispuso la división del Estado en tres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. En la rama judicial, el poder residiría en una Corte Suprema de Justicia que se elegiría popularmente. Sin embargo, no es hasta el 25 de enero de 1825, con la Ley Fundamental del Estado Libre de Costa Rica, cuando la idea de creación de un Poder Judicial se concreta constitucionalmente, al establecerse en el artículo 87 de esa Constitución las bases del naciente poder, atribuyendo su ejercicio a una Corte Superior de Justicia. A este propósito, la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano promulgada en 1779 indica en su artículo 16: “Una sociedad en la que no esté establecida la garantía de los Derechos, ni determinada la separación de los Poderes, carece de Constitución”. Más que eso, vive la barbarie de los poderes desatados. En nuestra historia constitucional, en el 2019, conmemoramos tres fechas de gran importancia: el 70 aniversario de la promulgación de nuestra Constitución Política; el 50 aniversario de la promulgación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, comúnmente conocido como el “Pacto de San José”; y el 30 aniversario de la creación de la Sala Constitucional que, sin lugar a dudas, han fortalecido nuestra institucionalidad y la tradición democrática. Tales instrumentos prevén la independencia judicial como uno de sus principios fundamentales. En esta materia no bastan las declaraciones, sino la construcción constante de la democracia con equilibrio de poderes. Nuestra democracia requiere un Poder Judicial independiente en el que sus funcionarios y funcionarias asuman sus deberes, tal y como siempre lo han hecho, con responsabilidad, objetividad, transparencia, probidad y en apego a nuestro ordenamiento jurídico. La independencia del Poder Judicial es un componente esencial del Estado Constitucional y Social de Derecho y del derecho a un juicio imparcial. La independencia e imparcialidad de las personas juzgadoras no es una prerrogativa, ni un privilegio que se les reconozca en su propio beneficio, sino que se justifica por la necesidad de que puedan ejercer su función de guardianes del Estado de Derecho, de la Constitución, una prevención indispensable para los autoritarismos que sobreviven como ley natural. La independencia judicial debe ser considerada por toda la ciudadanía como una garantía de que los procesos judiciales serán resueltos libres de influencias internas y externas, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente. Es un pilar para evitar las dictaduras, las blandas, las disimuladas y las desenfadadas. La construcción y el fortalecimiento de la independencia de la judicatura deben ser un propósito de todos los poderes, en el respectivo ámbito de sus competencias. En esta convergencia, el Parlamento tiene mucho que decir, ya que es el que elige a los magistrados y a las magistradas, tema que a nivel nacional ha generado un gran debate a fin de que, en los procesos de selección, prevalezcan criterios objetivos y de transparencia. De igual forma, es el que determina los recursos económicos que permiten tener una Administración de Justicia acorde con las aspiraciones constitucionales. Desde que asumí el cargo de Presidente de la Corte Suprema de Justicia en agosto del 2018, me comprometí a impulsar la implementación de medidas para fortalecer y modernizar al Poder Judicial frente a los retos que enfrentamos en aquel momento y en cumplimiento de un acuerdo de la Corte Plena. Era una voluntad de reforma profunda, sincera, un propósito de enmienda pocas veces visto. Este propósito, no lo he postergado, sólo que como siempre, en las circunstancias de pandemia que vivimos, las cosas de Palacio, van más despacio. El mandato de la Corte Plena disponía la elaboración de 22 propuestas a cargo de las 10 comisiones que fueron conformadas: hasta julio de 2018, la Corte Plena había aprobado dos proyectos. A diciembre de 2019, se han aprobado 14 propuestas y se han entregado 8 proyectos pendientes de discusión y análisis en las sesiones de Corte Plena. Todavía restan discusiones muy ricas sobre temas relevantes para el sistema judicial, escribiendo sobre nuestras aspiraciones sobre la elección de magistrados y magistradas propietarios y suplentes, de igual forma, evaluando temas del gobierno judicial y su hipertrofia. Estos son temas centrales, los que vale la pena discutir con sinceridad, sin temores. Son discusiones ineludibles en que prevalecerá la voluntad mayoritaria de los magistrados y magistradas. Cualquiera que sea la decisión, reflejará la voluntad del máximo órgano de dirección del Poder Judicial Dentro de los productos aprobados por las diferentes comisiones que entraron en vigor, puedo destacar la Guía general del procedimiento disciplinario administrativo, el Manual de régimen disciplinario, las Reglas Prácticas del Tribunal de la Inspección Judicial, el Código de Ética, el Reglamento para la Evaluación del Desempeño y el Reglamento para la prevención, identificación y la gestión adecuada de los conflictos de interés del personal en el Poder Judicial. Asimismo, desde el mes de septiembre del 2018, se presentó ante la Asamblea Legislativa un proyecto de carrera fiscal, el cual se tramita bajo el expediente número 20.978. La carrera fiscal es indispensable, no es posible que más de quinientos fiscales de la República no sean designados bajo un sistema de méritos y con escalafón. Mi más profundo agradecimiento a los magistrados y a las magistradas, así como a todo el personal que trabajaron arduamente en las diferentes comisiones y que han hecho posible avanzar en la modernización de la institución. Hemos asumido un compromiso con valores constitucionales, tales como la transparencia, la participación ciudadana, la democratización interna, la probidad, la honestidad, la celeridad, el control de la corrupción, el fortalecimiento del Estado Social de Derecho y el respeto de las minorías. En las acciones de control de la corrupción y la desviación del poder, debo citar la creación de la Oficina de Cumplimiento cuyas funciones son: identificar las amenazas provenientes de la corrupción, el fraude interno y las faltas a la ética y la probidad, con el fin de establecer actividades de prevención, control y sanción. Así se marca una ruta que debe recorrerse, porque aparecerán funciones y necesidades que no se habían previsto. La Oficina de Cumplimiento fue creada el 4 de marzo del 2019, siguiendo la recomendación de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción. Esta oficina cuenta con autonomía, independencia funcional e incluso, puede actuar de oficio. El Poder Judicial costarricense es el primero en América Latina en tener una Oficina de Cumplimiento, la cual tiene sus antecedentes históricos en el compliance que existe en el sector financiero y empresarial y que tiene la función de establecer procedimientos que aseguren el cumplimiento normativo interno y externo, a través del control, monitoreo de operaciones y de la capacitación del personal. Es un interesante modelo, tomado del sector privado, sobre el que pienso existen muchas tareas pendientes que fortalezcan su transparencia y autocontención, especialmente en los sectores que actúan en condiciones de oligopolio o monopolio. Es un dato destacable, que hayamos tomado una buena práctica del sector privado orientada a la prevención en la comisión de delitos económicos y controlar la corrupción. Debo señalar que las prácticas de transparencia e identificación de los conflictos de interés, no sólo debe ser exigible en el sector público, lo debe ser en el ámbito privado, especialmente cuando se trata de centros de poder económico, financiero e industrial, que actúan en condición monopólica u oligopólica. Los poderes fácticos y su incidencia, es una materia sobre la que todavía hay muchas tareas pendientes respecto a la transparencia y la corrupción. Por otra parte, la entrada en vigor del reglamento Regulación para la prevención, identificación y la gestión adecuada de los conflictos de interés del personal en el Poder Judicial contribuye al aseguramiento de la imparcialidad y la probidad. Con este propósito, se ha realizado una campaña de información y actividades de capacitación con la finalidad de que todo el personal judicial, sin distingo de puestos, conozca la nueva normativa, cuyo objetivo es evitar que los intereses privados influyan indebidamente en el ejercicio de sus funciones. Esos esfuerzos se ven recompensados, en la segunda edición del Índice de Capacidad para Combatir la Corrupción (CCC) 2020 para Latinoamérica realizado por el Grupo de Trabajo Anticorrupción de la Americas Society/ Council of the Americas (AS/COA´s) y Control Risk, en donde obtuvimos el tercer lugar en el ranking de países de la región con mayor capacidad para combatir la corrupción. En dicho estudio, se refleja que, en el ámbito de “eficiencia e independencia judicial”, así como en “eficiencia de los departamentos anticorrupción”, se obtuvo un promedio de 7 de 10 puntos, siendo uno de los porcentajes más altos dentro de la escala de medición de este instrumento. Estas mediciones no deben ubicarnos en zonas de pasiva satisfacción, porque en el fortalecimiento de la independencia judicial y las acciones anticorrupción, todavía enfrentamos amenazas y debilidades. Quiero resaltar otros de los logros más importantes del Poder Judicial en el año 2019. El informe completo se encuentra a disposición de la ciudadanía en el sitio web de la institución. Destaco como un dato muy positivo, el primer lugar que obtuvimos en el “Quinto Índice de Transparencia en el Sector Público” que impulsan la Defensoría de los Habitantes y el Centro de Investigación y Capacitación en Administración Pública de la Universidad de Costa Rica. En la clasificación general de esta quinta evaluación, en la que participaron más de 254 instituciones, la institución obtuvo una nota perfecta de cien puntos. El premio confirma la claridad en los últimos años del Poder Judicial en esta materia, ya que, en el 2017, ocupó el quinto puesto y, en el 2018, alcanzó el tercer lugar. Este reconocimiento es una señal indiscutible de que respetamos y tutelamos el acceso a la información pública. Además, la transparencia es una de las medidas más importantes frente al abuso de poder, sin desconocer, por otra parte, que es una de las condiciones básicas para la vigencia de la democracia y el fortalecimiento de los derechos humanos. Dentro de las medidas de transparencia que impulsa la Presidencia destaco la creación del “Observatorio Judicial”. Este proyecto le genera como principal beneficio a la sociedad la transparencia en el acceso a la información y la rendición de cuentas en el quehacer institucional. Es otro instrumento en la construcción de una transparencia institucional que siempre presentará opacidades. Este nuevo proyecto crea una plataforma que mostrará estadísticas e indicadores judiciales, tales como: - Un panel de información general que muestra datos del presupuestos formulado y ejecutado al día; el total del personal judicial según la relación de puestos; datos estadísticos sobre asuntos nuevos, resueltos y en proceso; indicadores sobre el promedio de asuntos nuevos, resueltos por mes y asuntos resueltos por medida alterna, sentencias dictadas y los trámites realizados por persona juzgadora, así como estadísticas relacionadas con la duración de los procesos activos y terminados. Entre los indicadores destacables, resalto la efectiva administración de los recursos públicos, lo que permitió alcanzar un 97.79% de ejecución presupuestaria, demostrando un uso eficiente de los recursos, priorizando en la atención del servicio público, infraestructura y equipo. De esta manera, alrededor de cuatrocientos sesenta y tres mil millones de colones fueron utilizados para atender los requerimientos en los servicios que se brindaron desde la Judicatura, el Organismo de Investigación Judicial, el Ministerio Público, la Defensa Pública, el Servicio de Atención y Protección de Víctimas y Testigos, así como en el ámbito administrativo y otros órganos de apoyo al quehacer judicial, agradezco el esfuerzo realizado en este aspecto por la señora Vicepresidenta de la Corte, Licda. Patricia Solano Castro, los integrantes del Consejo Superior, doña Emilia Navas Aparicio, Fiscala General de la República, don Walter Espinoza Espinoza, Director General del Organismo de Investigación Judicial y doña Diana Montero Montero, Jefa de la Defensa Pública, así como al área administrativa. Otro de los grandes avances fue la implementación del Plan Estratégico Institucional 2019- 2024, el cual fue aprobado por la Corte Plena en diciembre de 2018, durante el primer año de mi gestión. En este plan, se definieron 5 objetivos estratégicos con 228 metas estratégicas, que conllevaban acciones dirigidas a reducir la mora judicial y fortalecer la confianza y la probidad en la justicia, a través de la optimización e innovación de los servicios judiciales, el desarrollo de las habilidades y capacidades del personal judicial y el establecimiento de estrategias para optimizar el uso de los recursos institucionales. En el 2019, el cumplimiento de las metas estratégicas fue de un 81,25%. Resalto que el 33% de las metas propuestas responde a objetivos para reducir la mora judicial, uno de los retos más importantes del sistema judicial. Entre los principales resultados, se destaca el incremento de los casos terminados en un 13,9% en comparación con el 2018. La celeridad judicial es un valor que requiere una atención constante y prioritaria. Otro de los grandes logros de la institución se relaciona con el uso de la tecnología en el quehacer judicial. Inspirado en este objetivo, la institución cuenta con una política en materia tecnológica que procura el desarrollo de aplicaciones y sistemas (software) con recursos propios, lo que ha permitido a las personas usuarias la consulta y tramitación a distancia de sus procesos judiciales. Los recursos digitales facilitaron el acceso a los servicios que la Administración de Justicia brindó durante el 2019: Se presentaron dos millones treinta y ocho mil ochenta y ocho solicitudes de la hoja de delincuencia vía digital. Esto refleja un aumento en 4,78% en comparación con el 2018. Un millón ciento veinte mil doscientos ochenta y un expedientes activos fueron tramitados de forma electrónica, lo que representa un aumento de 47.36% en comparación con el año anterior, cuando se tramitaron 360 071 expedientes. Un millón novecientos cincuenta y un mil trescientos cincuenta y ocho escritos fueron presentados de forma electrónica, un 53.06% más que en el año 2018, lo que representa 676 482 escritos. En el marco de las innovaciones tecnológicas que imperan en la “cuarta revolución industrial”, la institución ha implementado una serie de proyectos de inteligencia artificial que han permitido, por ejemplo, la predicción de la ejecución presupuestaria, es decir, con el apoyo de un modelo de aprendizaje automático, se predice el porcentaje del presupuesto según el comportamiento. Esto ha permitido un ahorro que se puede traducir en más de 379 965 dólares. Además impulsó el uso la herramienta del Chatbot, por medio de la cual, se responden en línea preguntas frecuentes sobre trámites de gestión, simulando la interacción que se tienen con la central telefónica, lo que permite la atención de más de cinco mil consultas por mes y genera un ahorro de 13 000 dólares. Adicionalmente esta herramienta trabaja las 24 horas del día, los 7 días de la semana. Por otra parte, se han logrado importantes avances en el proyecto de mejora integral del proceso penal impulsado por la Presidencia de la Corte, el cual tiene como objetivo reducir los tiempos de respuesta para brindar un servicio público de calidad, así como incrementar la efectividad de los debates con la participación integral de todos los ámbitos auxiliares. En este propósito es muy relevante el liderazgo de la Sala Penal y el esfuerzo de toda la judicatura de la jurisdicción penal. Con este modelo, el promedio nacional en los tiempos de señalamiento de juicio después de la intervención en los diferentes tribunales penales se redujo de 24.3 meses a 13 meses. Además, la organización en secciones colegiadas y unipersonales y la definición de cuotas de trabajo de las juezas y los jueces penales de todo el país, lograron el dictado de 1 111 sentencias más con respecto al 2018. Este Proyecto ahora lo asumirá la Sala de Casación Penal, estoy seguro de que lograrán mejorar los indicadores que hemos alcanzado. Los resultados que hasta ahora se han logrado, evidencia el esfuerzo de todos los funcionarios judiciales que han contribuido con mística y dedicación. Uno de los retos que enfrentamos históricamente es la mora judicial. La alta litigiosidad evidencia la confianza de la ciudadanía en resolver sus conflictos o problemas de acuerdo con los mecanismos judiciales que prevé nuestro ordenamiento jurídico. Según la encuesta Barómetro de las Américas, el Poder Judicial se mantiene entre las entidades mejor evaluadas en el país. Tal y como se indicó en el Informe del III Estado de la Justicia: “Este es un aspecto fundamental, si se tiene en cuenta que la fortaleza de una institución no solo depende de sus capacidades (humanas, financieras y técnicas), sino también del grado de legitimidad que le otorgue la población para llevar a cabo sus funciones”. La legitimidad de todas las instituciones es un reto, una preocupación, en tiempos en que se debilitan los valores de la democracia y la institucionalidad. En esta temática, me complace informar que hemos logrado aumentar la eficacia de los casos resueltos en un 13.94% en relación con el año 2018. Esta mejoría se aprecia en el siguiente indicador: el circulante de casos resueltos en el 2019 fue de 606 141, mientras que los casos resueltos en el 2018 fueron 531 966. Ese aumento de la productividad de la institución se llevó a cabo sin contar con recursos adicionales, cumpliendo con las medidas de austeridad del gasto público. Agradezco el compromiso de todo el personal judicial sin cuyo esfuerzo no hubiéramos logrado estos indicadores. Los liderazgos, si bien son importantes, mayor trascendencia tiene el convencimiento y la mística de todos los actores del quehacer judicial. Este esfuerzo se ve opacado si se analiza que la jurisdicción de cobro judicial representa uno de cada tres casos que ingresaron a la institución, lo que significa 237 583 casos nuevos al año. En el 2019, ingresaron 237 583 nuevos casos a la jurisdicción de cobro, lo que representa el 32.85% del total de casos ingresados al Poder Judicial. La institución ha realizado un gran esfuerzo de gerenciar el alto volumen de casos nuevos y logró concluir 13 654 casos más que en el 2018, lo que representa un porcentaje de 16.86% más de producción. Sin embargo, el tema de la jurisdicción de cobro judicial, requiere un enfoque y una estrategia particular. Quiero resaltar la labor de la Sala Constitucional en la tutela y la defensa de los derechos reconocidos constitucionalmente. En el 2019, emitió un total de 25 818 resoluciones, la mayor cantidad en la historia del Tribunal, además la cifra representa un incremento de un 18% con respecto al 2018. En promedio, la duración en la tramitación y resolución de los recursos de habeas corpus es de 16 días, y de un mes, en los recursos de amparo. No me cabe la menor duda que la Sala Constitucional, cuyo 30 aniversario conmemoramos recientemente, es una conquista invaluable de la sociedad costarricense, es un punto de orientación determinante para la vigencia del Estado democrático y social de derecho. El estado social, cuyas raíces se definen a partir de 1943, sigue siendo una aspiración con muchas sombras y luces, con debilidades y cuestionamientos preocupantes en períodos de crisis económica y de pandemias. La jurisdicción constitucional permite que la ciudadanía pueda tener una visión real y cercana de la Constitución y los derechos humanos. Es un centro de poder jurídico político que despierta temores y afanes de control. Por otra parte, la institución ha realizado esfuerzos importantes por cumplir con lo dispuesto en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, Ley N.° 9635. El Poder Judicial se ajustó al cumplimiento de lo establecido en los temas de dedicación exclusiva, prohibición, evaluación del desempeño, la creación de nuevos componentes salariales como reserva de ley, topes salariales, regla fiscal y pago de IVA por compras. El presupuesto del 2020 decreció en un 0.2%, y no se registran plazas nuevas en cumpliendo con la regla fiscal. Asimismo, de acuerdo con la orden de la Contraloría General de la República, el Poder Judicial nominalizó los componentes salariales de toda la población judicial, lo cual se materializó a partir de la primera quincena de junio de este año 2020. Valga la ocasión para aclarar una vez más que la divergencia radica en el pago de las anualidades y la dedicación exclusiva ambos regulados por legislación especial, me refiero a la Ley de Salarios del Poder Judicial y el Estatuto de Servicio Judicial, que se encuentran vigentes, pues la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas no las derogó, por lo que en el acuerdo, por mayoría, de la Corte Plena del 18 de marzo del 2019, artículo XIV interpretamos que no tenemos ningún fundamento jurídico para desaplicarlas. No obstante esa diferencia de criterios hemos dado cumplimiento a la orden que emitió la Contraloría General de la República. Me llama la atención que lo que expresó la Sala Constitucional en la consulta de la ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, sobre la incidencia de esa ley en el Poder Judicial, es un mandato minimizado por muchas instancias de poder; pareciera que la Corte leyó un texto y el resto de las instancias de poder, le dio otra lectura a su contenido. Interesante, las discrepancias que genera un texto judicial que pretendió resolver una controversia. Reitero que somos respetuosos de la institucionalidad y del Estado Constitucional de Derecho, por tal motivo acataremos lo ordenado por la Sala Constitucional cuando emita sentencia en la acción de inconstitucionalidad tramitada bajo expediente No. 19-015543 que se planteó en contra del acuerdo de Corte Plena en cuestión. Estamos pendientes de la interpretación que nuestra jurisdicción constitucional lleve a cabo sobre el contenido y alcance de la independencia judicial y de las funciones que tiene la Contraloría General de la República. Mientras tanto, las decisiones del Tribunal Constitucional siguen en capilla ardiente. El Poder Judicial tiene importantes retos de cara al futuro. La independencia judicial se fortalece con un procedimiento de selección y nombramiento de las magistradas y los magistrados, en el cual deben prevalecer criterios objetivos y transparentes, a fin de que se nombre a los y las mejores juristas del país que cuenten con una sólida experiencia profesional, una formación académica, altos valores éticos y que se respete la paridad de género. Debo expresar mi agradecimiento a la Asamblea Legislativa por los recientes nombramientos de magistradas y magistrados titulares en donde se dieron importantes avances en la paridad de género, sin embargo, falta mucho por hacer. Además, reitero mi reconocimiento a la sociedad civil, quien ha señalado disfunciones en el proceso de selección y nombramiento de la magistratura. Tal y como advierte el III Estado de la Justicia recientemente publicado, el sistema de nombramientos de magistrados y magistradas por parte de la Asamblea Legislativa sigue siendo un dominio reservado con un procedimiento opaco, sin que existan avances significativos. Otra de las debilidades de la independencia judicial es la ratificación del juez supremo. A pesar de la mayoría de los votos negativos que se requieren, no es necesario dar ninguna razón para no objetar el nombramiento y además el voto es secreto y sin ninguna fundamentación. En este ámbito, deben imperar otros criterios quizás más cercanos a la objetividad y la transparencia. En muchas ocasiones, como esta, debemos dejarle un espacio a la reflexión, a la historia, a propósito de un tema tan relevante, tan sensible, tan vulnerable, como la independencia judicial. Eso haré ahora, perdonen que doy esta libertad, pero muchas veces creemos que la independencia judicial, es una palabra mágica, que siempre ha existido. Nada de eso, se trata de un concepto que puede adornarse, cubrirse de liturgias, pero sin ningún sustento. Esta era la situación que describe el Lic. Gerardo Guzmán Quirós, Presidente de la Corte durante el período de la revolución del cuarenta y ocho, nombrado por la Junta Fundadora de la Segunda República. Ante lo que vivía, don Gerardo le envía una carta a los constituyentes, para que tuvieran conciencia de esa independencia judicial sin contenido que se vivía en Costa Rica. La carta se leyó en el plenario de la Constituyente, a petición de don Fernando Baudrit. La misiva del jerarca judicial expresa, entre otras cosas, lo siguiente: “…La experiencia de los pueblos más cultos los ha llevado al convencimiento que es indispensable rodear a la administración de justicia de efectivas garantías, a fin de ponerle al abrigo de extrañas y funestas influencias que a veces se dan, pudiendo enturbiar su actuación, y de ahí que en tales países se haya colocado a la judicatura en condiciones especiales y, puede decirse, hasta de ventaja sobre los demás cargos de la Nación….(..)..Relativamente a este punto hay que recordar un yerro del pasado que es preciso rectificar, la Constitución de 1871 fijaba un corto período para el ejercicio de la Magistratura y atribuía la elección de los Magistrados, sin contralor alguno, a un cuerpo esencialmente político, como lo es el Congreso; este además tenía la facultad irrestricta de fijarles sueldo, de aumentárselos o disminuírselos, a su arbitrio. No se concibe una base más deleznable y a todas luces resulta inconveniente por el peligro manifiesto que entraña, y debe reconocerse que la Constitución aludida ofreció amplio campo a otros Poderes para falsear el Judicial, con quebranto de su prestigio, todo lo cual, indudablemente debe ser impedido en la nueva Carta Fundamental. Todo plan para el establecimiento del Poder Judicial bien organizado debe basarse, según lo demuestra la experiencia, en la inamovilidad de los jueces, mientras desempeñen sus funciones con entera dedicación y honradez…” (Ver Oscar Castro Vega- “Figueres y la Constituyente del 49¨ Editorial UNED-San José-Costa Rica. 2007- p.462 - 463). Estas palabras del presidente de la Corte durante la época de la Constituyente, son muy aleccionadoras. El Poder Judicial es muy vulnerable, bastan unas normas constitucionales de intervención y limitación, para que la función judicial y la institucionalidad, no sea más que una liturgia, un tinglado que representa una independencia y un contrapeso, sin ningún sustento efectivo. Nadie quiere una judicatura o una institucionalidad que sea una simple formalidad, que sea un adorno, tan llamativos y relucientes como los gatos de porcelana. Esta es una reflexión muy importante, una referencia histórica de un presidente de la Corte que tuvo que decir, muy claramente, lo que era inadmisible para el Poder Judicial antes de la Constituyente del cuarenta y nueve. Claro, la inamovilidad no se aprobó, pero quedó plena constancia que nuestro sistema judicial, durante muchas décadas, fue un Poder sometido a la voluntad poderosa de las fuerzas políticas de la época. Gran lección la de un presidente de la Corte que habló claro sobre apariencias y realidades. En medio de una revolución, los jueces tenían mayor licencia para hablar claro. Es necesario el fortalecimiento del gobierno judicial. Hay reformas en la estructura administrativa de la Corte, que deben promoverse reduciendo, en particular, las funciones administrativas de la Corte Plena para que su actuación sea más eficiente y célere. Es un objetivo que el Poder Judicial debe asumir, para lograr mayor democratización interna, elevando la eficiencia. Se nos han asignado nuevas responsabilidades legales sin contenido presupuestario para el 2020. En este sentido, la entrada en vigor de la Ley de Acceso a la Justicia de los Pueblos Indígenas, Ley N.° 9593; el Código Procesal Agrario, Ley N.° 9609, en donde se aprobó una vacatio de un año; la Ley de Bienestar de los Animales, Ley No. 9458; la Ley de Justicia Restaurativa, Ley N.° 9582 y la Ley de Creación de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada en Costa Rica y la creación y reforzamiento de las Oficinas de Anticorrupción, Ley N.° 9481, así como la próxima entrada en vigor del Código Procesal de Familia, Ley N.° 9747 presupone que necesitamos más de diez mil millones de colones para hacerles frente a tales responsabilidades y poder implementar la normativa aprobada. Esta limitación evidente, se puede agravar si en el futuro se le disminuye el presupuesto a la institución, lo cual nos impedirá cumplir con nuestras obligaciones constitucionales. En materia cobratoria, es fundamental la aprobación por parte de la Asamblea Legislativa del Proyecto de Ley de Creación de una Tasa para el Mejoramiento de la Justicia Cobratoria, el cual se tramita bajo el expediente legislativo número 21.275, pues ello permitiría la entrada de recursos económicos a fin de fortalecer la jurisdicción de cobro judicial. Es necesario y fundamental la introducción de una carrera fiscal en el Ministerio Público, cuyo proyecto de ley fue presentado a la Asamblea Legislativa y se tramita bajo expediente número 20.978. Las normas constitucionales y legales requieren un sistema de nombramientos objetivo, participativo y equitativo. No puedo dejar de reconocer y felicitar en esta ocasión al Sr. Juan Pablo Salazar Carvajal, abogado del Digesto de Jurisprudencia de la Sala Primera, a quien se le otorgó el Premio “Ulises Odio Santos” por su obra Diccionario usual del Poder Judicial; a la Sra. Lilliam Garita Sharpe, coordinadora judicial 2 del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a quien se le otorgó el Premio “Miguel Blanco Quirós”, al buen servidor judicial por su honradez, mística y dedicación en sus labores, y a la Sra. Grettchen Flores Sandí, médica de la Sección Clínica Médico Forense, del Departamento de Medicina Legal, a quien se le reconoció su buen desempeño profesional y trayectoria con el Premio “Luis Paulino Mora Mora”. Estas felicitaciones se hacen extensivas a sus familias y seres queridos. Estos reconocimientos destacan lo más representativo de un Poder Judicial, que progresa y brilla por las acciones de todos y todas, el liderazgo de Corte no tendría ninguna relevancia sin ese coro de dignos funcionarios y funcionarias que el dan sentido al compromiso de Justicia y Equidad. Las plataformas digitales con las que cuenta la institución y que han sido desarrolladas con esmero por el personal de la Dirección de Tecnología y de la Información (DTI) nos han permitido potenciar el teletrabajo y, aún más, el uso de la tecnología para tutelar la salud del personal y de las personas usuarias. Los servicios judiciales digitales tuvieron un importante incremento, al facilitarles los trámites a las personas usuarias sin que deban trasladarse hasta los despachos de todo el país. Entre el 23 de marzo y el 31 de mayo de 2020, las estadísticas de los servicios tecnológicos registraron 1 130 039 notificaciones enviadas, 474 326 escritos presentados por el Sistema de Gestión en Línea y 1 126 445 expedientes electrónicos tramitados. El Sistema de Depósitos Judiciales permitió recibir depósitos por un monto de ¢46 978 885 millones de colones y $1.8 millones de dólares, lo que resultó de gran ayuda para muchas familias y una inyección para la economía del país. La Corte Plena recientemente aprobó una serie de protocolos para la celebración de audiencias orales virtuales en las materias civil, laboral y penal. Se trabaja en la formulación de protocolos para las demás jurisdicciones, los cuales permitirán dar mayor continuidad a los servicios. Las regulaciones establecen estrictas medidas de seguridad para evitar que existan presiones o influencias de personas ajenas al proceso judicial. Los datos son sumamente positivos. Resulta de vital importancia instar a las partes de los procesos judiciales en esas materias a participar de las audiencias virtuales, particularmente a los abogados y las abogadas litigantes. Continuaremos por esta ruta que nos hemos trazado, nuestro objetivo, ahora y siempre, es brindar un servicio de justicia con calidad y accesible para la ciudadanía costarricense. Un mejor gobierno judicial asegura la democracia real y fortalece nuestra institucionalidad. La Administración de Justicia, independiente, factor de equilibrio en el balance de poderes, requiere una estructura constitucional y un ethos político que esté convencido que el poder, aún el más elevado, requiere siempre el control de un juez, que debe decidir sin presiones, sin nombramientos comprometidos, sin amenazas, explicitas o implícitas, que son las más dañinas. La visión crítica de nuestra estructura organizacional, las debilidades en la designación de magistradas y magistrados, el fortalecimiento de la carrera judicial, son retos que debemos asumir todos los funcionarios y funcionarias judiciales, especialmente los magistrados y magistradas. La Presidencia se debe a la democracia de la Corte Plena, debe propiciar el debate y el análisis, asumiendo y acatando la voluntad expresada por la mayoría de los Jueces Supremos. Muchas gracias. Magistrado Fernando Cruz Castro |