Jueves 15 de marzo 2018
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Bienvenida Emilia Navas

Ninguna elección de fiscal general atrajo tanta atención ciudadana como la de Emilia Navas, quien anunció como sus prioridades luchar contra el sicariato, la corrupción y el crimen organizado y atender los delitos en las zonas indígenas.

Por: Francisco J. Dall’Anese Hace 14 horas

La reciente elección de Emilia Navas Aparicio como fiscala general de la República propicia reflexionar acerca de la importancia de dicho cargo.

Hace pocos años, la designación hecha por la Corte Suprema de Justicia carecía de interés nacional, pero la del pasado 12 de marzo fue observada por ciudadanos de todos los rincones del país.

Los cargos públicos de mayor responsabilidad personal son el de fiscal general de la República y el de presidente de la República. Para desechar expectativas equivocadas, importa delimitar las funciones de la nueva jerarca del Ministerio Público, pues solo así la ciudadanía podrá valorar con justicia su desempeño.

Los cargos públicos de mayor responsabilidad personal son el de fiscal general de la República y el de presidente de la República, por cuanto se trata de funcionarios que, individualmente, toman decisiones políticas de Estado. El primero diseña la política de persecución penal y el segundo, todas las demás.

Con ese propósito, la fiscala general cuenta con la asesoría y recomendación de los fiscales adjuntos integrados en el Consejo Fiscal, pero sus decisiones son individuales. Quien no tenga el conocimiento y la capacidad de visualizar los focos criminales más lesivos no es apto para el puesto. Sin embargo, el crimen cambia —un día lo más grave puede ser el sicariato y mañana el terrorismo, por ejemplo— por lo que las decisiones de la fiscala general deben responder al diagnóstico constante del fenómeno criminal (flexibilidad).

Objetivos. Resulta esperanzador que Emilia Navas, sin titubear, anunció sus principales objetivos: sicariato, corrupción, crimen organizado y atender los delitos en las zonas indígenas. Esto significa destinar mayores recursos humanos, técnicos y económicos a tales fenómenos sin desatender los otros delitos.

Cuanto más escaso sea el presupuesto, más finas y equilibradas habrán de ser la decisión política y la administración de los recursos.

Sin embargo, normalmente, se confunden los roles del sistema y se demanda seguridad ciudadana a la Fiscalía General y a los jueces, desconociendo las funciones del Poder Ejecutivo y del Legislativo.

Importa separar los conceptos de política criminal a cargo de la Asamblea Legislativa cuando decide qué conducta es delito y qué pena merece el transgresor de la ley penal; política de prevención en cabeza del presidente de la República y del ministro de Seguridad Pública, cuya finalidad es evitar que se cometan los delitos; y política de persecución penal bajo la responsabilidad de la fiscala general de la República, con el propósito de castigar los delitos consumados.

Otra dependencia. Obsérvese que la seguridad ciudadana —evitar que nos roben, que nos maten, que se trafiquen drogas, etc.— no corresponde a la fiscala general, sino al Poder Ejecutivo. En ese entendimiento, cuando exijamos seguridad, hagámoslo ante el presidente de la República y ante el ministro de Seguridad Pública. Y si demandamos la reducción de la impunidad, acudamos ante la fiscala general.

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