Andrea Marín Mena
Periodista
La resolución de los conflictos de tipo económico, alquileres, deudas entre partes privadas, indemnizaciones por daños, problemas contractuales, conflictos entre condóminos o por linderos, asuntos de propiedad intelectual, problemas financieros en general, conflictos de consumo y mercantiles entre otros, apuestan a un trámite más ágil y con la transparencia y publicidad que admite la oralidad.
El Poder Judicial se alista para la entrada en vigencia de la nueva normativa procesal civil, en octubre del 2018, con la participación de la Comisión de la Jurisdicción Civil y el equipo de trabajo de implementación de la Reforma, bajo la coordinación del magistrado de la Sala Primera, Dr. William Molinari Vílchez y la colaboración de los jueces José Rodolfo León, Cristian Quesada, Ingrid Fonseca y Farith Suárez.
Para el magistrado Molinari Vílchez, el impacto del cambio que introduce la reforma procesal, va de la mano con la utilización de expedientes totalmente digitalizados, la apertura al litigio en línea y el acercamiento de los jueces y juezas con las partes del conflicto, a través de las audiencias orales que humanizan el servicio.
“Todo este cambio procesal pretende modificar la forma como se atienden y resuelven los procesos de esta jurisdicción. Se pasa del aislamiento de las personas juzgadoras de la escritura, a la apertura y transparencia en el ejercicio de sus funciones. Ahora todos conoceremos a las personas que resuelven los casos y habrá interacción directa entre estos y las partes del conflicto”, destacó Molinari Vílchez. |
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El magistrado William Molinari Vílchez, lidera el proceso de capacitación de la reforma procesal civil en todo el país. Reunión con jueces, juezas y personas técnicas judiciales de los juzgados y tribunales civiles de San José. |
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A criterio del jerarca judicial, “las personas tendrán la posibilidad de conocer al juez, de enfrentarse a la otra parte y discutir el conflicto. Esto es esencial. Cuando hablamos de transparencia, implica la posibilidad de que quienes acuden al servicio de administración de justicia, puedan conocer cómo realiza su trabajo el juez o jueza civil”.
Pasar de la escritura a la oralidad conlleva la reducción de plazos en la resolución. “Actos procesales concentrados en audiencias orales implica mayor presencia de la persona juzgadora y agilidad en el devenir del proceso”, puntualizó el magistrado de la Sala Primera.
Modelo oral-electrónico
Las nuevas normas procesales alcanzarán todo los asuntos civiles que corresponden a los conflictos privados que se presentan entre personas particulares y empresas, que son de índole económico.
Los conflictos privados que se tramitarán bajo las nuevas reglas jurídicas, pueden referirse a temas como patentes de invención, derechos de autor, marcas comerciales, robo de vehículos en parqueos privados, problemas con las administraciones de condominios, incumplimiento de contratos con proveedores de bienes o servicios privados o profesionales, asuntos sobre préstamos, responsabilidad por daños, alquileres o deudas.
La Reforma Procesal en materia civil apuesta por un proceso ágil, en el que los plazos de resolución sean más cortos, además los asuntos se tramitarán en dos instancias.
Por ello se emprende la tramitación digital de los conflictos judiciales, mediante el establecimiento del expediente digital, con ello las personas y profesionales en derecho pueden presentar escritos, consultas y llevar el control y estado de los casos desde el Sistema de Gestión en Línea del Poder Judicial, ubicado en su página electrónica.
Todos los despachos que atienden la materia pasan por un proceso de cambio hacia la modalidad oral-electrónica.
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Autoridades judiciales recorren las salas de juicio para civil y laboral en la nueva Torre de los Tribunales de Limón. |
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A esto se suma la reducción de los actos apelables durante la tramitación del expediente, con el fin de disminuir las prácticas dilatorias entre las partes del conflicto, destacó el juez José Rodolfo León Díaz, integrante del equipo de implementación de la reforma.
El modelo establece un proceso por audiencias, en donde la oralidad juega un papel importante, para brindarle agilidad al trámite y contar con mejores elementos probatorios y argumentativos para la decisión del litigio. Es aquí donde las partes del conflicto y el juez o jueza civil entran a conocer y discutir por el fondo los asuntos.
“Esto permitirá que se concentren de mejor forma las etapas del proceso en una o dos audiencias orales, donde se discuten de manera vivencial los asuntos. El juez puede resolver en el mismo acto o en algunos casos se reserva un plazo razonable para dictar la sentencia”, explicó el juez León Díaz. |
Como regla general, estas audiencias serán públicas lo cual va a generar transparencia. El juez o jueza civil determinará las excepciones de ley, en las que se declare la privacidad del debate, cuando así lo amerite el caso o a solicitud de las partes.
Nuevo proceso civil en detalle
En la Justicia Civil, la cuantía se mantiene, únicamente para definir qué despacho atenderá los procesos ordinarios. Los casos cuya valía no superen los ¢3 millones se atenderán en los juzgados sin importar el tipo de proceso, es decir, un solo juez o jueza tiene la responsabilidad de resolver.
Se contará con Tribunales Civil de Apelación en cada provincia, que atenderán las apelaciones sobre resoluciones y sentencias de los juzgados.
Los asuntos ordinarios cuya valía supere el monto de los ¢3 millones o con una cuantía inestimable, corresponderá resolverlos a los Tribunales Colegiados Civiles, integrados por tres jueces. Las sentencias tendrán únicamente recurso de casación, el cual será conocido directamente por las Salas Primera y Segunda de la Corte, según las materias asignadas a cada una de ellas.
“Los procesos ordinarios son más complejos porque lo que se discute tiene más jerarquía económica, pesan más económicamente o el trasfondo del derecho es más complejo. Estos requieren de una tramitación de mayor cuidado y donde se brinde más posibilidades de intervención a las partes”, explicó el magistrado William Molinari.
Con esta organización, los asuntos civiles se resolverán únicamente en dos instancias.
Con la reforma, los exequátur de aquellas sentencias o laudos internacionales que deban ejecutarse en el país, así como de las solicitudes de cooperación internacional judicial, deberán ser atendidos por cada Sala de Casación de la Corte, según sea su competencia por materia. En la actualidad esa función recae únicamente en la Sala Primera. |
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Jueces y juezas especializados
La Reforma Procesal Civil garantiza la especialización de los jueces y juezas civiles que resolverán los conflictos con la nueva ley.
En las provincias, las materias civil y laboral se separan del conocimiento de lo penal. Con ello se establece la especialidad en la atención de los asuntos en regiones como Limón, Puntarenas, Cartago, Pérez Zeledón, Liberia, Alajuela y Guápiles.
Con esta reorganización, se emprende la concentración de los asuntos civiles en Juzgados Civiles ubicados en cabeceras de provincia y cantones específicos, con lo que se pasa de 123 despachos a 76.
“Esta reorganización interna del Poder Judicial apuesta a la especialización, a la resolución de procesos con mayor calidad. Especialistas resolviendo en la materia”, destacó el magistrado William Molinari.
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Reunión con jueces, juezas y personal técnico judicial de los despachos judiciales de Guanacaste, 2017. |
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La reducción de los juzgados civiles provenientes de esta especialización, responde a los estudios sobre volumen de trabajo en determinados despachos.
Sin embargo, se mantendrá el servicio de recepción de documentos, orientación y consulta a las personas usuarias en los juzgados mixtos o contravencionales, que antes de la entrada en vigencia atendían esta materia.
Esto se realizará mediante los denominados Centros de Gestión. Con ello, las personas usuarias serán atendidas en los despachos más cercanos, para hacer consultas sobre sus casos, mediante la revisión en línea del expediente, el servicio de escaneo de documentos y recepción de escritos.
Además, podrán solicitar una clave y contraseña para que puedan consultar sus expedientes desde el Sistema de Gestión en Línea ubicado en la página web del Poder Judicial, sin tener que desplazarse a los despachos.
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“El interés del Poder Judicial es que los jueces y juezas estén mejor preparados en las materias que atenderán, la civil y la laboral”, señaló el magistrado William Molinari.
Los juzgados civiles actualmente especializados, mantendrán sus esquemas de trabajo como lo son Cobro Judicial y el de Procesos Concursales, cuyas apelaciones se elevarán ante el Tribunal Civil de Apelación correspondiente.
En el caso del Juzgado Concursal Civil, radicado en el Primer Circuito Judicial de San José, se especializará en la atención de todos los procesos del país sobre quiebras, concursos de acreedores, convenios preventivos y administración y reorganzación con intervención judicial, que corresponden a liquidaciones patrimoniales o a las soluciones a sus crisis. |