Sala Constitucional inspecciona cumplimiento de resolución en Punta Burica | ||
Magistrada Nancy Hernández López como representante de la Sala Constitucional, tuvo a cargo la atención de esta gira. | ||
Andrea Marín Mena Periodista
La Sala Constitucional en coordinación con otras instituciones públicas realizaron una gira para verificar el estado de cumplimiento de una sentencia constitucional en la zona de Punta Burica. El Tribunal Constitucional ordenó a diversas autoridades públicas, en el 2013, realizar una seria de obras tendientes a mejorar los servicios públicos de la zona, en áreas como electricidad, servicio de agua potable, educación, seguridad pública, telecomunicaciones, seguridad social, salud e infraestructura. Dichas acciones estarían bajo la coordinación general de la Defensoría de los Habitantes. La magistrada Nancy Hernández López como representante de la Sala Constitucional, tuvo a cargo la atención de esta gira. Hernández López explicó que la gira contempló el recorrido de los 12 kilómetros de caminos nuevos que se construyeron entre Conte y Alto Conte en la región de Punta Burica. También participaron representantes de la Defensoría de los Habitantes, del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), Ministerio de Ambiente, de Educación Pública, Municipalidad de Golfito, JUDESUR, el Instituto Nacional de Desarrollo (INDER) y la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). En el voto 202-2013 de la Sala Constitucional, declaró con lugar el recurso de amparo interpuesto por varias personas a favor de la comunidad de Punta Burica y ordenó a las autoridades públicas recurridas, “…que cada uno dentro del ámbito de sus competencias, procedan de inmediato a coordinar acciones para que, bajo la Coordinación General de la Defensoría de los Habitantes, se elabore y posteriormente se ponga en ejecución, un diagnóstico, un plan y un cronograma para mejorar la prestación de los servicios públicos de agua, electricidad, educación, seguridad pública, telecomunicaciones, seguridad social y salud e infraestructura vial, y demás, en la comunidad de Punta Burica. Debiendo para ello coordinar acciones con otras organizaciones públicas o privadas, relacionadas con los indígenas, en cuenta la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas y los entes locales implicados. Diagnóstico, Plan y Cronograma que deberán estar listos para ejecutarse, dentro del plazo máximo de TRES meses calendario, contado a partir de la comunicación de esta resolución, debiendo informar de ello a esta Sala. Lo anterior, bajo apercibimiento de que podría incurrir en el delito tipificado en el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción”. |