Corte Plena remite criterio sobre proyecto de ley en materia penal | ||
Consulta legislativa sobre expediente 19642. | ||
Andrea Marín Mena Periodista
La iniciativa de ley que propone reformar la materia penal en lo relacionado a la pena máxima, no afecta la organización y el funcionamiento del Poder Judicial. Así lo señaló el informe aprobado por Corte Plena, que atendió la consulta enviada por la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa. El estudio del proyecto de ley “Reforma de los Artículos 51 y 76 del Código Penal, Ley N° 4573, de 15 de noviembre de 1971 y sus reformas”, expediente Nº 19.642, estuvo a cargo del magistrado instructor, Jesús Ramírez Quirós. Además se hizo referencia a lo resuelto por la Sala Constitucional, en la resolución de una acción de inconstitucionalidad, que se presentó sobre el tema. “…es de suma importancia aclarar que mediante el voto Nº 2015-019582, de las nueve horas y cero minutos del dieciséis de diciembre del dos mil quince, la Sala Constitucional por unanimidad declaró sin lugar la acción en cuanto a la alegada violación al procedimiento legislativo de reforma de los artículos 51 y 76 del Código Penal, efectuada mediante la Ley Nº 7389 de 22 de abril de 1994; por mayoría, declaró sin lugar la acción en cuanto a la fijación de 50 años como pena máxima de prisión”, señaló el informe de Corte Plena. El proyecto de ley tiene como objetivo la reforma de los artículos 51 y 76 del Código Penal, que hacen referencia a la pena máxima de prisión de cincuenta años. |
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