Reforma a delitos contra la propiedad es innecesaria
Ante Comisión Permanente Especial de Seguridad y Narcotráfico de la Asamblea Legislativa.
Andrea Marín Mena
Periodista

Durante la comparecencia en la comisión legislativa participaron los magistrados Carlos Chinchilla Sandí y Celso Gamboa Sánchez, así como la Secretaria de la Sala de Casación Penal, Laura Chaves Lavagni, y los letrados, Justo Pastor López Vargas y Patricia Bonilla Rodríguez.

Señalar que no es necesaria la reforma legal al Código Procesal Penal, para establecer la proporcionalidad en los delitos contra la propiedad y promover la inserción social de las personas infractoras, fue el criterio que externó el magistrado y Presidente de la Sala de Casación Penal, Carlos Chinchilla Sandí, ante una comisión legislativa.

El magistrado penalista atendió la invitación de la Comisión Permanente Especial de Seguridad y Narcotráfico, que tiene a cargo la tramitación legislativa del proyecto de ley 19 490.

A criterio de Chinchilla Sandí, la propuesta de ley no es necesaria pues a pesar de que el objetivo es reducir significativamente el hacinamiento carcelario, esto no se lograría, pues en el caso de las personas sentenciadas, y que descuentan prisión por el delito de hurto simple, solo registra, de acuerdo con estadísticas proporcionadas por el Ministerio de Justicia, en promedio, un total de 3 personas recluidas por año, lo que apenas representa un 0.03% del total de personas sentenciadas entre el 2011 y el 2015.

Además, señaló que el Código Penal vigente prevé los mecanismos requeridos para resolver los asuntos denominados como “hurto famélico o de hambre”, reguladosmediante la figura del hurto atenuado que establece penas de un mes a un año de prisión o de diez a sesenta días multa.

Durante la sesión ordinaria de la comisión legislativa, también se contó con la participación del magistrado Celso Gamboa Sánchez, quien señaló que la aprobación de esta reforma vendría a distorsionar el proceso penal, específicamente, en la etapa intermedia. Asimismo, que la reducción delictiva se daría por una ficción legal, y no porque los hechos dejen de suceder.

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