Derecho a la autodeterminación informativa frente a la tecnología
Sala Constitucional impulsa capacitación con especialista internacional
Andrea Marín Mena
Periodista

La actividad se realizó en el Salón de Expresidentes de la Corte Suprema de Justicia.

La actualización y amplitud en el desarrollo del derecho de la autodeterminación informativa, fue el eje temático de la conferencia desarrollada por la Sala Constitucional.

La actividad académica se llevó a cabo en el marco del programa de proyección académica que realiza la Presidencia de la Sala Constitucional, bajo la dirección del magistrado Ernesto Jinesta L.

“El derecho a la autodeterminación es un tema de palpitante actualidad en el Derecho Constitucional. En el caso costarricense, durante muchos años, la Sala Constitucional fue desarrollando todo un edificio jurisprudencial, dentro del contexto que se habla hoy dentro del derecho judicial. En el 2011 se promulga lo que todos conocemos como la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales y la creación del órgano de desconcentración máxima del Ministerio de Justicia y Paz que, se conoce como al Agencia de Protección de Datos”, explicó el Presidente de la Sala Constitucional.

Destacó que con la entrada en vigencia de la Agencia de Protección de Datos, se delegó la tutela y la defensa inicial de este derecho, en éste órgano técnico y especializado.

La conferencia estuvo a cargo del especialista internacional, Oscar Raúl Puccinelli quien realizó un recorrido por el avance de las tecnologías y la publicación de la información pública y de carácter privado.

Señaló que el derecho privado y a la publicidad debe ir de la mano y analizarse conjuntamente, sobre todo cuando hay un deber de publicidad como en el caso del acceso a la información pública.

La conferencia estuvo a cargo de Oscar Raúl Puccinelli, especialista en Derecho Constitucional.
Destacó que a partir de los años setentas surgieron las primeras reglas relacionadas con la protección de datos, donde se limitaba en el caso español el uso de la informática, para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de los derechos.

A partir de 1990, se establecen los principios básicos de la Organización de Naciones Unidas. Para el año 2000 se comenzó a utilizar la denominación de Derecho a la Protección de Datos Personales o de Carácter Personal, cuando inició el funcionamiento de la web, de manera primitiva y cuya información era expuesta por los Estados y las empresas.

“En el 2005 la web se hace más participativa, donde las personas comienzan a subir información personal y comienza a generarse conflictos, donde terceros suben información nuestra, sin consentimiento y se genera el derecho de autodeterminación informativa. La prensa muta a versiones digitales y a nuevas formas de periodismo con portales de noticias, blocks de opinión sobre asuntos públicos”, destacó Puccinelli.

Recalcó que en la actualidad, el Reglamento Europeo sobre Protección de Datos, es actualmente el de mayor avanzada en el tema, por encima de normas legales. Este prevé la existencia de la privacidad por defecto, la privacidad por diseño, la existencia de oficiales de privacidad en todas las empresas y sanciones graves a las violaciones de los derechos personales, que incluso alcanzan a las empresas.

El Presidente de la Sala Constitucional, Ernesto Jinesta L., destacó los atestados académicos del expositor internacional, Oscar Raúl Puccinelli, quien es Doctor en Derecho Constitucional de la Universidad Nacional de Buenos Aires, Argentina; Doctor Honoris Causa de la Universidad Privada, Antonio Guillermo Urrelo y de la Universidad Nacional, ambas de Cajamara, Perú.

Lic. Sergio Bonilla Bastos
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