Criterio judicial destaca recomendaciones sobre proyecto para regular armas de fuego | ||
Sobre estudio de la iniciativa de ley Nº 19.716. | ||
Andrea Marín Mena Periodista
Determinar que el proyecto de ley para regular la tenencia de armas de fuego y explosivos, no incide en la organización y funcionamiento del Poder Judicial, pese a la creación de nuevos tipos penales, es parte de los temas que se incorporaron al criterio emitido por Corte Plena. El estudio del proyecto “Ley de regulación de armas de fuego y explosivos”, expediente Nº 19.716, estuvo a cargo del magistrado instructor José Manuel Arroyo Gutiérrez y se da ante la solicitud de la Comisión Permanente Especial de Seguridad y Narcotráfico de la Asamblea Legislativa. En el análisis del texto, se consideró importante destacar, algunos aspectos técnicos, donde recomienda una revisión. Entre estas recomendaciones está la revisión de la sanción que se pretende imponer a los representantes legales de personas jurídicas, por delitos de comercialización de armas de fuego, municiones y explosivos sin licencia; tráfico internacional de armas y tráfico ilícito nacional de armas de fuego y se sugirió incorporar en el tipo penal, los supuestos de hecho, que puedan determinar su responsabilidad penal, “…excluyendo todas aquellas propuestas en que se imponen una sanción penal, únicamente con base en la pertenencia a una persona jurídica y no con base en los actos realizados”, puntualizó el criterio judicial. En el tema de la responsabilidad subsidiaria de los representantes de las personas jurídicas sobre los delitos en estudio, se consideró importante que las y los legisladores valoren la necesidad de modificar la redacción del numeral 99 y sustituir el término “culpable” por “culposo”. Además se sugirió hacer referencia al Código Procesal Penal y suprimir la referencia al Código de Procedimientos Penales. También se consideró revisar el tema de la definición de lo que debe entenderse por armas de fuego prohibidas y la posibilidad de que mediante un decreto ejecutivo o reglamento de ley, se definan aquellos nuevos explosivos calificados como prohibidos. Otras sugerencias giraron en torno a las licencias de portación de armas, las causas de cancelación de estas licencias, la cantidad de armas de fuego y sobre la huella balística. |
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