| Firma del Convenio Marco para la Creación de la Comisión Interinstitucional de Seguridad Ambiental | ||
| Mag. Zarela Villanueva Monge Presidenta, Corte Suprema de Justicia Plaza de la Justicia 24-02-2016 |
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Me siento muy contenta de que, tras un valioso esfuerzo de colaboración entre nuestras instituciones, el señor Edgar Gutiérrez, Ministro de Ambiente y Energía, don Gustavo Mata, Ministro de Seguridad Pública y yo, en mi condición de Presidenta de la Corte Suprema de Justicia, suscribamos el Convenio Marco para la Creación de la Comisión Interinstitucional de Seguridad Ambiental. La finalidad del convenio es proteger en forma más efectiva el derecho humano a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado consagrado en el artículo 50 de nuestra Constitución Política y posibilitar avances conjuntos en la protección del ambiente. Hemos coincidido en que resulta indispensable sumar los esfuerzos de diversas instituciones del Estado, con el fin de combatir el daño ambiental, garantizar la seguridad ambiental y sancionar los delitos en esta materia. Sabemos que hoy que los delitos ambientales son más frecuentes, complejos y pueden ser de carácter transnacional. Los cometen grupos organizados con mayores posibilidades de evadir la acción de la justicia. Ello nos exige una constante actualización de las herramientas y las capacidades disponibles para combatirlos, así como la inversión de todos los recursos que se tengan a disposición. El interés que hemos mostrado las instituciones que hoy suscribimos el convenio constituye una muestra evidente de la urgencia de que se tomen acciones firmes en esta materia y un reconocimiento de la necesidad de apoyarnos para el logro de nuestros objetivos compartidos. Los delitos contra el ambiente El ambiente tiene un rol importante en el bienestar físico, mental y social de los seres humanos. Existen significativas disparidades en la calidad del ambiente y la salud humana entre los países y comunidades. Las complejas relaciones entre los factores ambientales y la salud humana deben valorarse siempre tomando en cuenta el contexto espacial, socio-económico y cultural. Para ilustrar la importancia de mantener un ambiente sano, se observa que el incremento en la expectativa de vida que se ha experimentado en los últimos años se debe hoy más a la sobrevivencia de las personas mayores de 65 años, mientras que antes el factor determinante consistía en la reducción de muertes prematuras. La Organización Mundial de la Salud estima que la degradación del ambiente ocasiona enfermedades que, a su vez, producen un sinnúmero de muertes, discapacidades y pérdida de años productivos. En Costa Rica, debemos ocuparnos de la contaminación del aire, especialmente la que produce el tránsito vehicular en las zonas urbanas, la calidad del agua y el tratamiento de las aguas residuales, el uso de pesticidas y otros productos químicos, pérdida de la biodiversidad, el deterioro de los ecosistemas y arrecifes en las zonas costeras, la pérdida de áreas boscosas y deterioro de los suelos, entre otros. Efectos del deterioro ambiental en las mujeres, niñas y niños También debe considerarse que el impacto del deterioro ambiental es diferente para diversos grupos y su contexto. Los países más pobres son los que enfrentan efectos más gravosos y numerosos estudios demuestran su impacto más pronunciado para las mujeres, niñas y niños, debido a las distintas actividades y roles sociales que asumen. Las mujeres tienden a ser víctimas más vulnerables debido a los roles diferenciados que les asigna la sociedad. Esto obliga a efectuar un análisis riguroso del vínculo entre el ambiente y los roles de género. No se puede, desconocer ni subestimar el papel de las mujeres en la conservación del ambiente y sus efectos en la salud y bienestar general. La relación entre género y ambiente permite comprender las diferencias entre hombres y mujeres en relación con el manejo y distribución de los recursos, sus responsabilidades, experiencias cotidianas y bienestar de las personas. La protección del ambiente Nuestra legislación contempla diversos delitos contra el ambiente. Según la Ley Forestal: aprovechamiento de árboles en bosques, áreas de protección o vedados; invasión de áreas silvestres protegidas, incendios forestales, transporte ilícito de maderas, tala ilegal, cambio de uso de terrenos. Según la Ley de Conservación de Vida Silvestre: caza y pesca ilegales, destrucción de flora, daños a especies y ecosistemas, contaminación del agua, eliminación de humedales. Según el Código de Minería: explotación ilegal de minerales como arena, piedra y oro. Ley de Gestión Integral de Residuos: manipulación de residuos ordinarios o peligrosos y desecharlos en áreas o bienes del Estado. Ley de Zona Marítimo Terrestre: Explotación de flora o fauna y construcción de obras en dicha zona. Ley de Pesca y Acuicultura: comercialización de productos de flora y fauna acuáticos. Además de su impacto en suelo nacional, los delitos contra el ambiente también constituyen un peligro creciente para el desarrollo regional, la estabilidad global y la seguridad internacionales. El abordaje de esta temática debe ser considerada una prioridad, cuya atención requiere que desarrollemos iniciativas para la investigación, sensibilización y la construcción de capacidades de respuesta. El papel del crimen organizado transfronterizo es uno de los factores que ha promovido la expansión de los delitos ambientales en años recientes. Motivados por las grandes ganancias, las reducidas posibilidades de detección, los pocas sanciones, las redes delictivas y grupos organizados mantienen el interés en las actividades ilícitas transnacionales, lo que fomenta la corrupción, el lavado de capitales y afecta a la negativamente a la ciudadanía. Los delitos ambientales representan una forma de crimen organizado que requiere un profundo análisis y respuestas coordinadas en los ámbitos nacional, regional e internacional. Debe destacarse el esfuerzo que, en el 2005, realizó la Fiscalía General, al dar respuesta a la necesidad de contar con una política para la persecución de los delitos ambientales, mediante la cual se logró la aplicación eficiente de la legislación ambiental. Esta primera política fue adoptada por otras instituciones dedicadas a la protección ambiental y fue actualizada en el 2010. En 1993, se creó la Fiscalía Especializada en la persecución de delitos ambientales, cuya investigación se realiza con el apoyo de otras entidades. El Ministerio Público tramita aproximadamente 2000 denuncias ambientales por año, de las cuales el 65% lo constituyen infracciones a la Ley Forestal, 18 % a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre, 12% a la Ley de Pesca y Acuicultura y 5% relativos al Código de Minería. Otra normativa es la Ley de Gestión Integral de Residuos, Ley de la Zona Marítimo Terrestre. Importancia del convenio Mediante este convenio se crea una comisión interinstitucional integrada por representantes de instituciones estatales que formaremos un frente común en materia penal ambiental, para el control, detección y represión de los delitos contra el ambiente, especialmente si estos se vinculan con el crimen organizado. Pretendemos fortalecer la aplicación de la normativa ambiental vigente, brindando el apoyo logístico, profesional, académico, administrativo y presupuestario disponible para el buen funcionamiento de la Comisión. La Comisión facilitará la cooperación entre instituciones nacionales e internacionales, y ayudará a recopilar y sistematizar información sobre los delitos ambientales, promover el trabajo multidisciplinario mediante la creación de grupos temporales de investigación criminal, aprovechar la plataforma internacional de Interpol y desarrollar estrategias para generar buenas prácticas. Podrá suscribir convenios específicos para desarrollar sus actividades. Contará con tres grupos de trabajo: uno Director, coordinado por la Fiscalía General, otro de Investigación integrado por los entes policiales y un representante de la Fiscalía, y los puntos focales de apoyo interinstitucional, integrado por distintas instituciones. Muy importante es que en los puntos focales se ha previsto la participación de la Fiscalía, OIJ, INTERPOL, Ministerio de Ambiente y Energía, Ministerio de Seguridad Pública, Procuraduría General, Servicio Nacional de Guardacostas, Ministerio de Hacienda, Ministerio de Agricultura, Ministerio de Obras Públicas, Ministerio de Comercio Exterior e Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, además de otras instituciones o grupos, académicos y de la sociedad civil, que podrán ser convocados. Esta Comisión sesionará ordinariamente cuatro veces al año y extraordinariamente, cuando sea convocada. La vigencia de presente convenio es de tres años a partir de su firma, que podrán ser prorrogados por períodos iguales. Sigamos trabajando en conjunto Tengo la certeza de que este Convenio Marco es el inicio de una nueva era de cooperación interinstitucional y sirve de ejemplo para iniciativas en otras áreas en las que se reconoce que el esfuerzo estatal debe ser fortalecido mediante la colaboración entre instituciones y con el apoyo de la sociedad civil. Las demandas y necesidades de la población solo pueden ser atendidas bajo el concepto de una administración de justicia abierta, caracterizada por la transparencia, la participación ciudadana y la colaboración. Hoy estamos ante un esfuerzo en el que esos tres ejes pueden integrarse para demostrar que el Estado no renuncia a sus deberes de protección de la ciudadanía. Deseo concluir destacando la imperiosa necesidad de fortalecer la protección al ambiente, con un pensamiento que lo ejemplifica: "La tierra no es herencia de nuestros padres sino préstamo de nuestros hijos e hijas" Pensamiento Indoamericano |
Lic. Sergio Bonilla Bastos
Licda. Andrea Marín Mena
Licda. Teresita Arana Cabalceta
Licda. Melania Chacón Chaves
Licda. Sandra Castro Mora
Lic. César González Granados
Licda. Mónica Chavarría Bianchini
Montaje: Licda. Karen Quirós Fumero
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