En cumplimiento a la Constitución y la Ley | |
Por: Zarela Villanueva Monge |
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La muerte del ambientalista Jairo Mora es un hecho del cual realmente nos lamentamos todas las personas costarricenses y eso incluye a quienes laboramos en el Poder Judicial, especialmente como padres y madres de familia, porque el hecho de que tengamos una función de acuerdo con la ley, no nos hace insensibles ante el dolor del prójimo. Dicho lo anterior, quisiera aclararle a la ciudadanía que en un Estado de Derecho como el nuestro no somos libres de actuar como nos parece, sino que estamos sometidos a la ley, lo cual significa que debemos cumplir reglas y procedimientos específicos que han sido instaurados por quienes legislan, para seguridad de todas las personas. Esos procedimientos y reglas son fines en sí mismos, garantías de control a la actividad represiva del Estado, sin que sea válido alegar, al menos no en democracia, que el fin justifica los medios. En ese sentido, para seguridad de todas las personas, los procesos judiciales no deben resolverse fuera de estrados. No es en medios de prensa, en plaza pública o por presiones populares que se deba dictar una sentencia a un caso concreto. Los jueces y juezas de la República son de derecho no de conciencia. El día que perdamos este norte, no sólo dejamos de ser democracia, sino que podemos volver a épocas del linchamiento público, ya superado como civilización. En nuestro país, las personas juzgadoras son independientes en el dictado de sus resoluciones. Someterse a presiones, sean estas las que sean, es inaceptable en un Estado Social y Democrático de Derecho. Lo anterior no significa que estemos exentos de rendir cuentas sobre el servicio público de la justicia, pero para ello existen mecanismos establecidos por el ordenamiento jurídico para cuestionar el funcionamiento de la administración de justicia y mecanismos propios dentro del mismo, para corregir actos nulos o exigir responsabilidades. El caso concreto que ha preocupado al país no es un proceso terminado, está aún pendiente, como bien se ha informado por el órgano correspondiente, se gestionan los recursos de apelación que serán conocidos y resueltos por un tribunal de alzada donde se revisará integralmente la sentencia de primera instancia, como lo dispone el Código Procesal Penal. En cuanto al Ministerio Público, aclaro que es un órgano con autonomía funcional, por ley, es decir es independiente en el ejercicio de sus facultades y atribuciones legales, sin posibilidad que sea coartado por ninguna otra autoridad, con excepción de los Tribunales de Justicia en el ámbito de su competencia. Eso quiere decir que magistradas y magistrados -ni esta servidora como Presidenta-, podemos girar órdenes al Ministerio Público en los casos concretos sometidos a su conocimiento, principio sano que busca que sea el criterio técnico y objetivo el que prevalezca. Imagínense que no fuera así, la consecuencia sería que un magistrado o magistrada tendría la atribución de llamar a un fiscal para decirle que acuse o no acuse a una determinada persona, ello sin duda daría al traste con nuestro Estado de Derecho y nos expondría a una corrupción sin precedentes. De ahí que quienes han legislado con sabiduría han establecido en la ley una autonomía que debe mantenerse, para el caso concreto, frente a toda autoridad, repito, con excepción de la que tienen jueces y juezas de la República a la hora de conocer los casos concretos para ratificar o anular actos de ese órgano. En cuanto a la nota enviada al Presidente, me mueve no sólo el compromiso expresado por él el día de su discurso al ganar la Presidencia, en el sentido que sería respetuoso de la separación de poderes, sino en particular, su posición frente al caso concreto, anunciada en conferencia de prensa (en la cual estuve presente) sobre la sentencia emitida en el caso de Jairo Mora. En ella manifestó que la posición del Gobierno sería la de respetar la independencia del Poder Judicial, lo cual me parece un principio democrático sano, en particular cuando se trata de un caso aún en curso. En esa nota le hice ver al señor Presidente mi preocupación por la presencia de un integrante de su gabinete en una protesta pública frente al edificio de la Corte Suprema de Justicia, actitud que considero contraria a la posición oficial por él anunciada. Finalmente, en cuanto a si el Fiscal General debe comparecer o no a la Asamblea Legislativa y en qué términos, creo que es un error interpretar lo resuelto por la Sala Constitucional en un recurso de amparo interpuesto, como un “aval” de mi parte, pues no tengo injerencia alguna sobre la independencia de ese órgano como de ningún órgano judicial. La Sala Constitucional cursó un recurso de amparo en ejercicio de sus competencias legales y dictó medidas cautelares en las que no he tenido participación alguna. Como demócrata convencida en el respeto a la ley, esperaré el resultado del proceso cuando finalice y respetaré su resultado, así lo comparta o no. No obstante, le puedo asegurar a la ciudadanía, que una vez terminado, estaré pendiente de que tanto la Fiscalía como la Policía Judicial, ejerzan sus competencias legales, frente a cualquier falta de sus funcionarios o funcionarias, así como de que se cumpla la ley, si la falta fuera de un juez o jueza. |
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