En cumplimiento a la Constitución y la Ley
Mag. Zarela Villanueva Monge
Presidenta, Corte Suprema de Justicia
12 Febrero, 2015

La muerte del ambientalista Jairo Mora, es un hecho del cual realmente nos lamentamos  todas las personas costarricenses  y eso incluye a quienes laboramos en el Poder Judicial, especialmente   como   padres y madres de familia, porque el hecho de que tengamos una función de acuerdo  con la ley,  no nos hace insensibles ante el dolor del prójimo.

Dicho lo anterior, quisiera aclararle a la ciudadanía,  que en un  Estado de Derecho  como el nuestro,  no somos libres de actuar como nos parece, sino que estamos sometidos a la ley, lo cual significa que   debemos cumplir  reglas y procedimientos específicos que han sido instaurados por  quienes legislan, para seguridad de todas las personas. Esos procedimientos y reglas son fines en sí mismos, garantías de control a la actividad represiva del Estado, sin que sea válido alegar, al menos no en  democracia, que el fin justifica los medios.  

 En ese sentido, para seguridad de  todas las personas,  los procesos judiciales no deben resolverse fuera de  estrados. No es en medios de prensa, en plaza pública o por presiones populares que se deba dictar una sentencia  a  un caso concreto. Los jueces y juezas de la República son de derecho no de conciencia. El día que perdamos este norte, no sólo dejamos de ser democracia, sino que  podemos volver a épocas  del  linchamiento público,  ya superado como civilización.

En nuestro país, las personas juzgadoras son independientes  en el dictado de sus resoluciones. Someterse a presiones, sean éstas las que sean, es inaceptable en un Estado Social y Democrático  de Derecho.  

Lo anterior no significa que estemos exentos de  rendir cuentas sobre el servicio público de la justicia, pero para ello existen mecanismos establecidos por el ordenamiento jurídico para cuestionar el funcionamiento de la administración de justicia y mecanismos propios dentro del mismo, para corregir actos nulos o exigir responsabilidades.

El caso concreto que ha preocupado  al  país, no es un proceso terminado, está aún pendiente,  como bien se ha informado por el órgano correspondiente, se gestionan los recursos de apelación que serán conocidos y resueltos por un tribunal de alzada  donde se  revisará integralmente la sentencia de  primera   instancia, como lo dispone el Código Procesal Penal.

En cuanto al Ministerio Público, aclaro que es un órgano con autonomía funcional, por ley, es decir es independiente  en el ejercicio de sus facultades y atribuciones legales,  sin posibilidad que sea coartado por ninguna otra autoridad, con excepción de los Tribunales de Justicia en el ámbito de su competencia. Eso quiere decir que   magistradas y magistrados -ni esta servidora como Presidenta-, podemos girar  órdenes  al Ministerio Público en los casos concretos sometidos a su conocimiento, principio sano que busca que sea el criterio técnico y objetivo el que prevalezca.

Imagínense que no fuera así, la consecuencia sería que un magistrado  o magistrada    tendría  la atribución de llamar a un Fiscal para decirle que acuse o no acuse a una determinada persona, ello sin duda daría al traste con nuestro  Estado de Derecho  y nos expondría a una corrupción sin precedentes. De  ahí    que  quienes han legislado con sabiduría han establecido en  la ley una autonomía que debe mantenerse, para el caso concreto, frente a toda autoridad, repito, con excepción de la que tienen  jueces y juezas  de la República a la hora de conocer los casos concretos para ratificar o anular actos de ese órgano.

En cuanto a la nota enviada al Presidente, me mueve no sólo el compromiso expresado por él el día de su discurso al ganar la Presidencia, en el sentido que sería respetuoso de la separación de poderes, sino en particular, su posición frente al caso concreto, anunciada en conferencia de prensa (en la cual estuve presente) sobre la sentencia  emitida en el caso de Jairo Mora. En ella manifestó que la posición del Gobierno sería la de respetar la independencia del Poder Judicial, lo cual me parece un principio democrático sano, en particular cuando se trata de un caso aún en curso. En esa nota  le hice ver al señor Presidente, mi preocupación por  la presencia de un integrante de su gabinete en una protesta pública frente al edificio de la Corte Suprema de Justicia, actitud que considero contraria a la posición oficial por él anunciada.

Finalmente ,  en cuanto a si el Fiscal General debe comparecer o no a la Asamblea Legislativa y en qué términos, creo que es un error interpretar lo resuelto por la Sala Constitucional en un recurso de amparo interpuesto, como un “aval” de mi parte, pues no tengo injerencia alguna sobre la independencia de ese órgano como de ningún órgano judicial. La Sala Constitucional cursó un recurso de amparo en ejercicio de sus competencias legales y dictó medidas cautelares en las que no he tenido  participación  alguna.

Como demócrata convencida en el respeto a la ley, esperaré el resultado del proceso cuando finalice y respetaré su resultado, así lo comparta o no. No obstante, le puedo asegurar a la ciudadanía, que una vez terminado, estaré pendiente de que tanto la Fiscalía como la Policía Judicial, ejerzan sus competencias legales, frente a cualquier falta de sus funcionarios  o funcionarias, así como de que se cumpla la ley, si la falta fuera de un juez  o jueza.

Lic. Eduardo Castellón Ruiz
Lic. Sergio Bonilla Bastos
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Licda. Teresita Arana Cabalceta
Licda. Melania Chacón Chaves
Licda. Sandra Castro Mora
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