PUBLICACIÓN REFUERZA EJECUCIÓN DE ACUERDOS INTERNACIONALES EN MATERIA COMERCIAL

Melania Chacón Chavés
Periodista

La entrega se realizó durante la visita de don Rodrigo Oreamuno Blanco, miembro de la Asociación Latinoamericana de Arbitraje (ALARB).

Integrantes de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia recibieron las guías que establecen un protocolo para la ejecución de laudos arbitrales en asuntos comerciales internacionales y que permitirá mayor precisión en la aplicación de las resoluciones que deben darse en nuestro país, pero realizadas en el extranjero.

La entrega se realizó durante la visita de don Rodrigo Oreamuno Blanco, miembro de la Asociación Latinoamericana de Arbitraje (ALARB).

El arbitraje es un proceso jurisdiccional fuera de la jurisdicción común que resuelve problemas entre dos partes, pero para someterse a esta vía los involucrados deben firmar un contrato donde deciden someter las controversias o litigios que surgen de una determinada relación jurídica a la decisión de árbitros. El arbitraje es un sistema alternativo a los tribunales estatales.

La guía confeccionada por el Consejo Internacional de Arbitraje Comercial (ICCA) tiene el propósito de colaborar con las personas judiciales llamadas a interpretar y aplicar la Convención de Nueva York de 1958, el cual es el acuerdo multilateral firmado por el mayor número de países, 145 estados, en materia de derecho comercial internacional y donde específicamente se establecen normas comunes para el reconocimiento de las decisiones de arbitraje, su reconocimiento y la ejecución de esas resoluciones internacionales.

El Presidente de la Sala Primera, Luis Guillermo Rivas Loáiciga explicó que el documento recibido establece recomendaciones de cómo ejecutar esos acuerdos que son realizados en otros países en asuntos comerciales pero que la ejecución de su sentencia debe darse en nuestro país. “La guía facilita a la jueza y al juez en nuestro país la interpretación de esa normativa internacional y a aplicar con mayor precisión la sentencia o laudo emitido,” expresó el magistrado.

En la redacción de la guía del ICCA para la interpretación de la convención de Nueva York de 1958, se involucró la Asociación Latinoamericana de Arbitraje y el Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio Brasil-Canadá.

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