Corte Plena | ||
EMITE OBSERVACIONES A PROYECTO DE LEY SOBRE IDIOMA ESPAÑOL Y LENGUAS ABORÍGENES NACIONALES | ||
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Teresita Arana Cabalceta Comunicadora
En sesión de Corte Plena del 17 de noviembre 2014, magistrados y magistradas acogieron un informe que emite observaciones al Proyecto de Ley denominado “Defensa y fortalecimiento del idioma español y las lenguas aborígenes nacionales”. El informe fue presentado por la magistrada suplente Lupita Chaves Cervantes, quien resaltó que el informe no se contrapone absolutamente a un primer informe rendido y aprobado sesión de Corte Plena No. 23-2010 y que en su momento fue presentado por la Magistrada Carmen María Escoto. Por tratarse de un proyecto de Ley que impacta a la organización y servicio de la Administración de Justicia, la magistrada exponente consideró en sus observaciones los artículos 5, 10, 25 y 26 de dicho proyecto, que están relacionados con exigir defensa y fortalecimiento del idioma castellano y de los pueblos indígenas, en el seno público institucional, lo que genera impactos en el servicio de Justicia, su organización y funcionamiento. En ese sentido las observaciones aprobadas por Corte Plena consistieron en reiterar algunas de las que expuso la magistrada Escoto Fernández, entre ellas se encuentran sustituir en todo el proyecto la referencia a “lenguas aborígenes” por la frase “idiomas de los pueblos indígenas”; en el artículo 10 de dicho proyecto adicionar: “Igualmente será de uso obligatorio aquel idioma aborigen de cada comunidad indígena en que la Administración Pública brinde servicios, en especial en el área de justicia, salud y educación”. El informe la magistrada Chaves resaltó que el proyecto de ley plantea una serie de acciones y obligaciones al Estado con el fin que se garantice el acceso a la jurisdicción a las poblaciones indígenas, dentro de las que se mencionan la rotulación de edificios y despachos judiciales con idiomas de los territorios aborígenes según la ubicación del recinto judicial; el derecho de que las personas no tengan restricción en el ámbito público para expresarse en el idioma de su pueblo aborigen, lo que crea la obligación de que al menos parte del personal judicial hable o se comunique por escrito en esos idiomas del territorio donde está ubicado el despacho judicial, con el fin de brindar tutela judicial efectiva con especificidad de éstos idiomas; así como el planteamiento de que la sentencias sean comunicadas de forma verbal o escrita en el idioma aborigen de los pueblos de las partes procesales. No obstante, el proyecto no especifica de qué manera el Estado proveerá los recursos necesarios, lo que implicaría que el Poder Judicial asumiría nuevas obligaciones sin que se otorgue contenido económico para garantizar el acceso jurisdiccional a las personas aborígenes. Por último, según indicó la magistrada Chaves el Proyecto establece una modalidad distinta de designación de intérpretes de idiomas aborígenes en procesos judiciales, al condicionar el nombramiento a la recomendación de la Comisión Nacional para la Defensa del Idioma, situación que incidiría en la organización actual de nombramientos de intérpretes de pueblos aborígenes en procesos judiciales, cuya contratación se hace por listas acreditadas en los diferentes circuitos judiciales. La forma en que se plantea el proyecto de ley en estudio, impactaría la Administración de Justicia, por lo que la magistrada Lupita Chaves, indicó que para ello se requiere que en el seno de la Asamblea Legislativa, sean analizadas y acogidas las observaciones que se hacen, y de aprobarse como Ley, se asigne contenido económico con el fin de sufragar las obligaciones que se imponen a la Administración de Justicia, como derecho humano fundamental de la forma en que se regula en el Proyecto a los pueblos indígenas. |
Lic. Eduardo Castellón Ruiz
Lic. Sergio Bonilla Bastos
Licda. Andrea Marín Mena
Licda. Teresita Arana Cabalceta
Licda. Melania Chacón Chaves
Licda. Sandra Castro Mora
Lic. César González Granados
Licda. Mónica Chavarría Bianchini
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