| Derecho de respuesta | |
| Fiscalía no intimida a indígenas, pero si cumple con la ley | |
| Sábado 06 de Septiembre del 2014 | |
A la mujer de apellido Ortiz (quien se constituyó como víctima el pasado martes 29 de julio), la FAI le informó sobre los derechos que le asisten ahora, así como de sus responsabilidades, como por ejemplo el resguardo de los detalles de la investigación ante personas ajenas al proceso penal, tal y como lo estipula el artículo 295 del Código Procesal Penal. Este artículo protege la privacidad de las actuaciones de los fiscales y la policía, para evitar que la difusión de datos perjudique el éxito de la investigación. El expediente fue facilitado en su totalidad a la víctima y a la abogada que la representa, para que ellas obtuvieran una copia, y adicionalmente se anotaron en un registro los datos de la señora Ortíz, no porque fuera un procedimiento exclusivo para ella, si no por que así lo impone la Ley de Control Interno en todos los casos en los cuales las partes solicitan la reproducción del expediente. La Fiscalía de Asuntos Indígenas dirige las investigaciones apegada a los principios de legalidad y objetividad. En esa labor, el instrumento que utiliza es la aplicación de la Ley para requerir justicia ante los Tribunales. |
Licda. Ana Lucía Vásquez Rivera
Lic. Sergio Bonilla Bastos
Licda. Andrea Marín Mena
Licda. Teresita Arana Cabalceta
Licda. Melania Chacón Chaves
Licda. Sandra Castro Mora
Lic. César González Granados
Licda. Mónica Chavarría Bianchini
Montaje: Licda. Karen Quirós Fumero
Diseño Gráfico: Iván Pacheco León
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