| JORNADAS ACADÉMICAS EN CONMEMORACIÓN DE LOS 45 AÑOS DE LA DEFENSA PÚBLICA | ||
| “La Defensa Pública como garantía de acceso a la justicia” | ||
Fecha: 27 de agosto de 2014 Señoras y señores: Relevancia de la actividad Las Jornadas Académicas “La Defensa Pública como garantía del acceso a la justicia” tienen este año como propósito, promover el análisis y reflexión sobre el tema seleccionado y conmemorar los 45 años de existencia de la Defensa Pública en Costa Rica. Para el país, para el Poder Judicial y para quienes habitan este país ha sido de suma importancia la existencia de la Defensa Pública. Su gestión es una garantía del respeto a uno de los más relevantes derechos humanos de las personas usuarias del sistema judicial. El acceso a la justicia. Nos complace constatar el fortalecimiento que ha tenido esta dependencia a largo de su historia, a la cual se le han brindado recursos y personal. Al celebrar ahora sus 45 años de existencia es importante rememorar cuál ha sido el camino recorrido en la Defensa Pública y en qué se ha convertido esta institución. Existen referencias al nombramiento de defensores en el Decreto 68 del 1 de julio de 1842, denominado Reglamento Orgánico del Poder Judicial y en la Ley Orgánica de Tribunales del 29 de marzo de1887; la Ley de Defensores Públicos, Nº 13 del 2 de junio de 1928, que crea la figura de los Defensores Públicos como funcionarios del Poder Judicial para la materia penal; la Ley Nº 8 del 29 de Noviembre de 1937, llamada Ley Orgánica del Poder Judicial; y la ley Nº 3666 del 10 de enero de 1966. En 1967, la Corte Plena aprobó la creación de plazas de defensores públicos para atender la materia penal, pagados mediante el sistema de honorarios; y el primer Reglamento de Defensores Públicos. Con la “Ley de Presupuesto Ordinario de la República, fiscal y por programas para el ejercicio fiscal de 1970, Nº 4474 de 5 de diciembre de 1969”, se crea oficialmente la Defensa Pública al asignarse los recursos para un Defensor Público Jefe, de tiempo completo, 8 Defensores Públicos de medio tiempo para San José, y 15 Defensores Públicos para los demás circuitos judiciales. En 1970, se aprobó un nuevo Reglamento de Defensores Públicos, que a la fecha permanece vigente, pero cuyas normas se encuentran desactualizadas. Con la Reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1997, la Defensa dejó de ser un Departamento del Poder Judicial para asumir un papel relevante como dependencia fundamental del Poder Judicial. Sus orígenes los podemos cifrar en el Derecho Penal porque fue ahí donde nace, en la necesidad de dotar a las personas indiciadas en un proceso penal, de una defensa técnica. Por supuesto que esto le dio una visión especial, en su tiempo, a la Defensa. Era una defensa particularmente acostumbrada a un tipo de usuario: hombres que enfrentaban causas penales. Tanto nos acostumbramos a ese papel de la defensa, que creímos en algún momento, que ese era su único papel; y salir de ese esquema no fue tarea fácil. El gran desarrollo que ha tenido la administración de justicia, a través del cual se han generado acciones que faciliten el acceso de las personas a la administración de justicia, como la creación de despachos en zonas alejadas, la especialización en las jurisdicciones, también tocó a la defensa pública. Fue entonces cuando se le comienzan a asignar funciones diferentes, una “clientela”, por decirlo de algún modo, también diferente. La atención de mujeres, de personas víctimas, de pensiones alimentarias, fue un paso trascendental no solo en las funciones que hasta la fecha había desempeñado, sino en la visión de lo que debe ser una defensa pública en un Estado que consagra la defensa y protección de los derechos y el acceso a la justicia, como garantías fundamentales de todas las personas. Su nueva gestión la apartó de aquella visión que circunscribía a la defensa de personas, mayormente hombres incriminados, para asumir un papel protagónico en la defensa de derechos distintos pero igualmente importantes para todas las personas. Esto nos demuestra la capacidad de evolución de las instituciones en un país y frente a una población que lo exige; y, no cabe duda, a la visión y al compromiso de quienes, al interno de la institución, procuran y facilitan estos cambios, y en esto no es posible dejar de reconocer el papel que ha tenido doña Marta Iris. El mismo programa de estas jornadas refleja el cambio gestado. Temas como el papel de la Defensa Pública y de la Sala Constitucional en la protección de los derechos fundamentales; el litigio con perspectiva de género, la red de apoyo institucional; el papel de la Defensoría de los Habitantes; los derechos humanos de las personas privadas de libertad; el recurso de apelación de sentencia; los desafíos del tratamiento en drogas bajo supervisión judicial, políticas públicas represivas; acceso a la justicia de los grupos socialmente desfavorecidos, entre otros, reflejan esa nueva visión de respeto y de defensa a los derechos de todas las personas y no solo a los de un sector específico. Ahora, la Defensa Pública atiende otras materias como
Desde sus inicios ha existido voluntad política para el fortalecimiento de la Defensa Pública. En 1928 existían 10 para todo el país. En 1969 –año en que se creó formalmente esta dependencia- se nombró un total de 24 personas (8 de medio tiempo para San José y 15 para los demás circuitos). En el 2003 se contaba con un personal de 342 y actualmente es de 661, de los cuales 456 son defensoras y defensores, 116 personal administrativo, 89 técnicos y técnicas jurídicas. Actualmente se cuenta con 9,68 Defensores Públicos por cada cien mil habitantes, cifra que era de 7, 6 en el 2012 y superaba la de otros países de la región. Para este año 2014, el presupuesto de la Defensa Pública representó el 8% del presupuesto total del Poder Judicial. Los recursos no siempre resultan suficientes, en razón de las crecientes necesidades de las personas usuarias, pero es innegable que hemos visto un crecimiento de la Defensa y la ampliación de sus servicios. Según los datos de la Sección de Estadística del Departamento de Planificación, al 31 de diciembre de 2013 (que son más recientes), la Defensa Pública registra 120.248 causas activas y 85.598 causas terminadas. De las causas entradas durante ese año, la mayoría corresponden a la materia Penal (36.863) y, en segundo lugar a Pensiones Alimentarias (24.448). Del total de las personas usuarias de la Defensa (que son 91.475) 62,3 % son hombres (56.966) y 36,2, mujeres (33.083). La mayoría son costarricenses (81,1%), adultos (71,7%), Aunado a la labor interna que realiza, la Defensa Pública costarricense ha tenido una destacada proyección en el ámbito internacional. La labor de la Defensa responde a su misión de proveer un servicio “con excelencia, solidaridad y compromiso con todas las personas usuarias y “garantizar con eficiencia técnica y humana los derechos fundamentales de nuestros usuarios y usuarias, dentro del marco de la ética y la legalidad, teniendo siempre presente, como baluartes, los valores institucionales. Mi reconocimiento a doña Marta Iris Muñoz, Jefa de la Defensa Pública y con ella al subjefe, don Alejandro Rojas, que se es un apoyo de su gestión. Doña Marta Iris ha asumido con gran compromiso el liderazgo de ese despacho y lo ha conducido a su fortalecimiento y al éxito. También mi reconocimiento a todo el personal profesional, técnico y administrativo. El éxito de toda organización solo resulta posible cuando cada una de las partes del engranaje funciona en la misma sintonía, en el cumplimiento de los mismos fines, bajo los mismos valores, que no han de ser otros que los valores institucionales asumidos para garantizar el adecuado acceso a la justicia y el respeto a la dignidad de las personas. Reto para el S. XXI: Asesoría Jurídica gratuita Humanización de la justicia y visión de género Según los datos de las Naciones Unidas, el 70% de los 1.300 millones de personas en estado de pobreza, en el planeta, son mujeres, niños y niñas. Dos terceras partes de los 876 millones de personas no alfabetizadas, son mujeres. Específicamente en nuestra región, según datos del Banco Mundial y de CEPAL, en los últimos años, en América Latina se ha producido un aumento de la brecha respecto de la desigualdad social, lo cual se refleja en indicadores de consumo, de ingresos per cápita y en la distribución de la propiedad de la tierra, convirtiéndose en la región más inequitativa del mundo. Lo anterior, afecta mayoritariamente a quienes han sido excluidos y excluidas por las discriminaciones históricas; me refiero a las mujeres, a los pueblos indígenas, a las poblaciones afrodescendientes, a los niños y niñas y en general a aquellas poblaciones cuyas dificultades en el acceso a la justicia han sido tradicionalmente invisibilizadas. Cualquiera que sea la ubicación social de la persona, su acceso a esos recursos se encuentra agravada o favorecida, en razón de su género, edad, nacionalidad, etnia y capacidad física, para mencionar tan sólo algunos factores que inciden en dicho acceso. Los Poderes Judiciales no pueden ignorar esa situación, y ser aparatos que consoliden las discriminaciones. De manera que, el logro real y efectivo del derecho de acceso a la justicia, debe ser entendido, como aquel conjunto de medidas y facilidades que permiten que a todas las personas, sin discriminación alguna, les sean garantizados los servicios judiciales. Este debe ser el norte de la gestión de todo el aparato judicial, que incluye por supuesto, a la Defensa Pública. Se debe identificar:
No es correcto, justificable ni sostenible, que se olvide a aquellas personas que ingresan al sistema penal desde el otro ángulo, o sea, en calidad de víctimas de conductas delictivas; y menos aun es aceptable, ignorar que algunos de los delitos más violentos, más extendidos cuantitativamente y de mayor impacto en la seguridad ciudadana, en el desarrollo de un país, y en el crecimiento personal de los seres humanos, son los delitos que atentan contra la libertad sexual y toda la gama de tipos penales, incluyendo los aproximadamente 30 femicidios anuales, que se gestan dentro de las relaciones de violencia intrafamiliar; delitos de los cuales, son víctimas mayoritariamente las mujeres. El reto que hoy se plantea en este ámbito, es de garantizar la asesoría jurídica para hacer efectivo el acceso a la justicia a quienes no tienen las condiciones para pagarla. La asesoría jurídica es un mecanismo complementario del derecho al acceso a la justicia y trasciende la materia penal. El país debe plantearse el tema, la institución debe definir si asume estas tareas y la forma en lo que hace. Estos retos están vinculados a la estructura y a la tarea de la Defensa Pública. Debe agregarse también el reto general que tiene nuestra institución de una justicia humanizada capaz de rendir cuentas y de medirse. Agradecimientos y éxito de la actividad. Agradezco la oportunidad de participar en esta inauguración Me uno al homenaje que hoy se hace a Roberto Solano Coronel, a la exmagistrada Anabelle León Feoli y a William Barquero Bogantes. Estoy segura de que estas jornadas contribuirán a dotar a quienes participan de las herramientas teóricas y prácticas que se requieran para la mejora de los servicios que brinda la Defensa Pública costarricense. Nuestra aspiración debe ser la humanización de la administración de la justicia, con absoluta garantía de independencia, transparencia e insisto, respeto a la dignidad de las personas usuarias. Muchas gracias. |
Licda. Ana Lucía Vásquez Rivera
Lic. Sergio Bonilla Bastos
Licda. Andrea Marín Mena
Licda. Teresita Arana Cabalceta
Licda. Marcela Fernández Chinchilla
Licda. Melania Chacón Chaves
Licda. Sandra Castro Mora
Lic. César González Granados
Montaje: Licda. Karen Quirós Fumero
Diseño Gráfico: Iván Pacheco León
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