En sesión ordinaria de Corte Plena
APRUEBAN REGULACIÓN PARA OTORGAR INCENTIVO POR REGIONALIZACIÓN
El objetivo es crear un estímulo económico que aliente a jueces y a juezas a aceptar puestos en zonas en donde la Administración de justicia determine la necesidad, debido a la dificultad de encontrar personal calificado para llenar las plazas de judicatura en esos lugares.
Andrea Marín Mena
Periodista

El Reglamento sobre el reconocimiento de regionalización se aprobó en la sesión ordinaria de Corte Plena del 2 de junio.

Establecer lineamientos claros para el otorgamiento del incentivo de regionalización que se propone pagar a los candidatos y candidatas a los cargos de juez o jueza en zonas alejadas, es lo que define el reglamento aprobado por los magistrados y magistradas que integran Corte Plena.

El “Reglamento para el pago del Incentivo por Regionalización en el Poder Judicial” surgió de una recomendación que realizó el Consejo Consultivo del Poder Judicial a Corte Plena para su análisis y aprobación, pues “…El Poder Judicial enfrenta una problemática en la sustitución de puestos de la judicatura, particularmente en ciertas zonas del país en las que por diferentes razones tales como la lejanía con los más importantes centros de población, poca disponibilidad de centros de formación; altos índices de delincuencia, entre otros, resulta difícil el nombramiento y la permanencia de jueces o juezas. Esas circunstancias representan una grave dificultad en las sustituciones o en los nombramientos de jueces o juezas en esas zonas, así como en su permanencia o arraigo. La aceptación en esos puestos es abordada como una cuestión temporal, porque la experiencia demuestra que aún cuando las personas aceptan la propiedad en esos cargos, pronto buscan un traslado a otras zonas”, detalla el documento aprobado en la sesión ordinaria de Corte Plena del 2 de junio y cuya acta quedó en firme este lunes 23 de junio.

Para la Presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Zarela Villanueva Monge, el incentivo por regionalización, exclusivo para jueces y juezas, surge ante el compromiso institucional de garantizar a todas las personas usuarias del país, condiciones de igualdad, calidad y de eficiencia en los servicios de Administración de justicia.

“Estimamos necesaria la búsqueda de alternativas que propicien la permanencia de jueces y juezas en las zonas donde el Poder Judicial, oportunamente determine necesario para el buen funcionamiento de la administración de justicia. De esta manera, el propósito del incentivo por regionalización será crear un estímulo económico que aliente a jueces y a juezas a aceptar puestos en zonas en donde la administración de justicia determine la necesidad, debido a la dificultad de encontrar personal calificado para llenar las plazas de judicatura en esos lugares”, detalló la jerarca judicial.

La norma regulatoria aprobada recalca que el incentivo de regionalización se pagará en los puestos de la judicatura y en las zonas donde el Consejo Superior determine necesario para el buen funcionamiento de la Administración de justicia, tomando en consideración aquellos casos en los que se dificulte la integración de las ternas de nombramiento o en la permanencia de jueces y juezas en las distintas zonas del país.

Dicha compensación será un porcentaje adicional sobre el salario base del puesto, el cual corresponderá al Consejo Superior definirlo según el grado de dificultad para dichos nombramientos.

El Consejo de la Judicatura tendrá a su cargo proponer una lista de zonas o de puestos a los que se les reconocerá el incentivo por regionalización y los porcentajes correspondientes, propuesta que se remitirá ante el Consejo Superior para su análisis y aprobación.

El pago del incentivo se realizará a la persona nombrada en el cargo que tiene autorizada esta remuneración y durante el término del nombramiento.

Se suspenderá el pago por concepto de incapacidad o licencia con goce de salario por más de un mes o cuando a la o el servidor se le autorice el teletrabajo por tres días o más, de forma semanal.

Concluido el nombramiento final de un servidor o servidora en un puesto donde recibe el incentivo por regionalización, el Consejo de la Judicatura revisará y propondrá al Consejo Superior si mantiene o no el beneficio al puesto. En los concursos para estos puestos deberá publicitarse la existencia del beneficio. El incentivo por regionalización es independiente del pago por zonaje. El Departamento de Gestión Humana será el encargado de ejecutar y velar por el fiel cumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento”, establecen los artículos 7, 8 y 9 de la norma reglamentaria.

En caso de que el servidor o la servidora reciban indebidamente el pago por regionalización, se le deducirá el monto erogado por el Poder Judicial, según lo dispone el artículo 173 del Código de Trabajo y en el “Reglamento General para el control y recuperación de acreditaciones que no corresponden”, Decreto Ejecutivo N° 34574-H del 14 de mayo de 2008.

La vigencia del reglamento estará a regir a partir de su publicación en el Boletín Judicial, en el Diario Oficial La Gaceta electrónica e incluye dos transitorios. El primero señala que en los tres meses posteriores a la publicación del reglamento, el Consejo de la Judicatura deberá hacer la propuesta respectiva al Consejo Superior, sobre las zonas o puestos y los porcentajes a reconocer y el segundo indica que el reconocimiento del incentivo se hará efectivo a partir de la fecha en que sea autorizado y contemplado en el presupuestos institucional, sin efecto retroactivo.

Licda. Ana Lucía Vásquez Rivera
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