Realizan Videoconferencia en el marco del Día Mundial de la Libertad de Prensa
ACCCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA: UN DERECHO FUNDAMENTAL
  • Destacan protagonismo de la Sala Constitucional frente a la protección del derecho fundamental.
  • Señalan que el impulso en Costa Rica, de una legislación en esta materia, requiere de un análisis profundo.
Andrea Marín Mena
Periodista

En la mesa principal se contó con los expositores, Alejandro Delgado Faith, Presidente de IPLEX, Gilberth Armijo Sancho, Presidente de Sala Constitucional y Randall Rivera Vargas, Director de Noticias Monumental.

Un espacio de discusión para conocer el avance y la consolidación de la aplicación del Derecho de acceso a la información pública, entendido como un derecho fundamental y analizar la conveniencia o no de propiciar una legislación en este tema, fueron los ejes focales de la videoconferencia que se desarrolló el martes 20 de mayo, en el marco de la celebración del Día Mundial de la Libertad de Prensa.

La Videoconferencia denominada “Acceso a la Información Pública”, contó con la participación de las siguientes personas expositoras: Gilbert Armijo Sancho, Presidente de la Sala Constitucional, Laura Neuman, Gerente de la Iniciativa Global de Acceso a la Información y Directora asociada del Programa para las Américas del Centro Carter, Alejandro Delgado Faith, Presidente del Instituto de Prensa y Libertad de Expresión (IPLEX) y Randall Rivera Vargas, Director de Noticias Monumental.

La actividad académica se desarrolló mediante un trabajo conjunto entre el Despacho de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia, la Sala Constitucional, la Embajada de los Estados Unidos de América, el Colegio de Periodistas de Costa Rica, el IPLEX y el Departamento de Prensa y Comunicación Organizacional del Poder Judicial.

Para el magistrado y Presidente de la Sala Constitucional, Gilbert Armijo Sancho, debe existir transparencia en la administración y la información debe ser entregada a tiempo. Además destacó los pronunciamientos emitidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en temas como la prohibición de censura, las violaciones a la libertad de expresión, el derecho de acceso a la información y la imposición de responsabilidades por difamación, desacato o responsabilidades civiles.

Señaló que en Costa Rica se da una importante cantidad de bloqueos a las personas, para que no puedan tener acceso a la información y basta con las estadísticas que emanan de la Sala Constitucional que entre enero y abril del 2014 ha recibido un total de 109 recursos de amparo sobre estos temas, de los cuales 48 han sido declarados con lugar, 40 sin lugar y el resto con lugar parcial o rechazo por el fondo o de plano, todo ello por denegatoria de entrega de información, entrega de otra información y falta de respuesta. Igualmente en el tema de derecho de petición se registraron un total de 248 recursos, de los cuales 109 fueron declarados con lugar, 11 con lugar parcialmente y 63 sin lugar.

“Una ley es un poderoso instrumento que viene a dar estabilidad a algunas de las conquistas que se pueden haber dado y con la Ley de la Jurisdicción Constitucional se le devolvió al pueblo la posibilidad de controlar el poder. En este sentido, si se va a impulsar una ley que regule el derecho a la información pública, debe analizarse qué es lo que debe solucionar y qué aspectos pueden hacerla efectiva a largo plazo, pues los más grandes fracasos se dan cuando se copia una ley que funciona muy bien en un país, pero se pretende imponer en un país como éste”.

Desde Atlanta y vía videoconferencia se contó con la participación de la expositora internacional, Laura Neuman Gerente de la Iniciativa Global de Acceso a la Información y Directora asociada del Programa para las Américas del Centro Carter.

Para Laura Neuman, conferencista internacional, cuya participación se realizó mediante el enlace de videoconferencia desde Atlanta, las democracias dependen del flujo libre de información, donde muchos países han reconocido este derecho fundamental.

Neuman explicó la experiencia estadounidense desde la legislación vigente en el tema de acceso a la información pública, que ha permitido al público conocer mejor el estado de nuestra ciudadanía, la realidad de nuestras tierras, la defensa de nuestras libertades civiles y los derechos de la seguridad social y ha propiciado una mayor rendición de cuentas por parte del gobierno.

En el caso de Costa Rica, la experta consideró que, contar con una ley de acceso a la información pública es un componente necesario para avanzar en temas de gobierno abierto y transparente, pues establece lineamientos claros para la Administración pública, crea mecanismos más accesibles para la implementación del derecho y enfatiza la publicación automática de documentos, sin necesidad de solicitudes específicas y obliga a los gobiernos a proveer información. Sin embargo, también existen desventajas sobre una ley como el limitar el sistema que ya es abierto, dificultando la obtención de la información, sino es debidamente redactada, ya que podría limitar el acceso a la información.

Para el Presidente de IPLEX, Alejandro Delgado Faith, el acceso a la información pública sirve para que la gente conozca lo que pasa en el medio, de ahí la importancia de las normas constitucionales costarricenses que regulan este derecho.

Delgado Faith explicó que se necesita establecer a nivel legal una serie de mecanismos apropiados que maximicen las posibilidades de acceso, lineamientos claros que la burocracia estatal acate y una legislación bien desarrollada que constituye una oportunidad para cambiar hábitos y prácticas que privilegien el secretismo, frente a la transparencia, pero no debe ser cualquier ley, sino una ley que se justifique en la medida de que garantice y se supere el estándar establecido a lo largo de más de 20 años por la Sala Constitucional y en esa medida se respaldaría una legislación.

El Director de Noticias Monumental, Randall Rivera Vargas, destacó la importancia de la Sala Constitucional, pues con su creación se contó con una institución que permite tener con facilidad el amparo de nuestros derechos y advertir al funcionario público que debe dar la información. También resaltó la existencia del plazo de los diez días hábiles para otorgar dicha información y el reconocimiento jurisprudencial del secreto de las fuentes que consideró el mayor legado de la Sala.

Además consideró la necesidad de que se impulse una ley para el acceso a la información pública y no solo contar con las garantías constitucionales.

Licda. Ana Lucía Vásquez Rivera
Lic. Sergio Bonilla Bastos
Licda. Andrea Marín Mena
Licda. Teresita Arana Cabalceta
Licda. Marcela Fernández Chinchilla
Licda. Melania Chacón Chaves
Licda. Sandra Castro Mora
Lic. César González Granados
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