EDITORIAL | |
Escrito por Opinión |
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La acción de inconstitucionalidad contra el artículo 191 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, interpuesta desde agosto de 2012 por el Colegio de Periodistas, cuando se declaró como secreta la sesión para dar a conocer el informe que dictaminó el levantamiento del fuero de inmunidad al diputado Jorge Angulo Mora, fue acogida, y los siete procesos de dicha índole, arrastrados por la actual Administración, deberán ser de carácter público. De esta forma, a partir del 26 de este mes, los procesos de levantamiento de inmunidad pendientes contra funcionarios del actual Gobierno -que deben ser procesados judicialmente- y los futuros casos que surjan contra representantes de próximas Administraciones serán de carácter público, gracias a la acción del Colegio de Periodistas de Costa Rica. La Sala Constitucional consideró que en el quehacer legislativo deben prevalecer la transparencia y la publicidad. La Sala estimó que, de manera inconstitucional, la Asamblea Legislativa estableció en el artículo 191 del Reglamento que la sesión sería secreta, lo que riñe con el artículo 117 de la Constitución Política; este último determina, como regla o principio, la publicidad de las sesiones legislativas, independientemente de si se ejerce una función materialmente legislativa (dictado de leyes) o de control político. La sentencia deja sin validez la norma que declara el carácter secreto de las sesiones legislativas en las que se conocen y resuelven este tipo de procedimientos, en casos relacionados con algún miembro de los Supremos Poderes de la República (Diputados, Presidente, Vicepresidentes, Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Contralor y Subcontralor y Magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones). La norma es inconstitucional porque declara como secreto un acto de carácter político, infringiendo los principios de transparencia y publicidad que deben imperar en todas las actuaciones de los funcionarios públicos, lo cual marca un precedente legal porque establece, de manera clara, la obligatoriedad de la transparencia de las actuaciones legislativas. La decisión de la Sala IV tendría incidencia sobre los futuros procedimientos que se presenten en próximas Administraciones y, antes del traspaso de poderes, sobre cinco diputados -Óscar Alfaro y Antonio Calderón (PLN), Manrique Oviedo y Claudio Monge (PAC) y Wálter Céspedes (PUSC)-, la ministra de Economía, Industria y Comercio, Mayi Antillón y el ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública, Mario Zamora, quienes actualmente tienen procesos judiciales pendientes, en caso de que se discutan antes del 1 de mayo. Según argumentó Alejandro Delgado Faith, abogado especialista en derecho constitucional que representó al Colegio de Periodistas en este caso, la acción interpuesta se da a lugar porque las normas del Reglamento de la Asamblea Legislativa no pueden ir más allá de lo que establece la Constitución Política y resulta evidente que la declaración secreta de la sesión legislativa no se encuentra justificada en ninguna norma constitucional. Con esta declaratoria, se fortalecen el derecho de los ciudadanos a estar informados sobre temas de interés público, la libertad de pensamiento y expresión, así como el derecho de acceso a la información pública, aspectos que beneficiarán la función informativa de medios de comunicación y los periodistas, entre otros. |
Licda. Ana Lucía Vásquez Rivera
Lic. Sergio Bonilla Bastos
Licda. Andrea Marín Mena
Licda. Teresita Arana Cabalceta
Licda. Marcela Fernández Chinchilla
Licda. Melania Chacón Chaves
Licda. Sandra Castro Mora
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