Presentado por Magistrada Carmenmaría Escoto Fernández
CORTE PLENA APRUEBA INFORME SOBRE CÓDIGO PROCESAL AGRARIO
Melania Chacón Chaves
Comunicadora

Carmenmaría Escoto Fernández, Magistrada de la Sala Primera

La Magistrada de la Sala Primera de la Corte y Presidenta de la Comisión de Asuntos Agrarios, Carmenmaría Escoto Fernández presentó ante Corte Plena el informe sobre el Código Procesal Agrario, el cual por unanimidad de dicho órgano consultivo fue aprobado el 19 de agosto, para que continúe su trámite en la Asamblea Legislativa.

La Magistrada Escoto Fernández señaló que el texto del Proyecto de Código Procesal Agrario aprobado en Corte Plena en el año 2010 se mantiene en condiciones similares.

“Las variantes dadas por la Comisión revisora de la Asamblea Legislativa, sea la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, no modifican en su esencia el planteamiento del proyecto original enviado y aprobado por esta Corte. Dicha normativa es de iniciativa del Poder Judicial. Las recomendaciones que se presentan, por esta informante y algunas personas integrantes de la Comisión redactora del Poder Judicial, se dan en aras de una efectiva armonía y economía procesal, así como para lograr mayor claridad de las ideas al modelo planteado. También lo son, a fin de evitar erogaciones mayores al llevarse a cabo la reforma”, indicó la Magistrada en su informe.

Una de las correcciones de mayor importancia expuesta por la jurista de la Sala Primera se vincula con la vacatio legis el lapso que se establece para la puesta en marcha del Código, ya que considera que el previsto se estima un período sumamente corto. Ante esto, recomendó al menos dieciocho meses para que la normativa pueda entrar en vigencia.

Lo anterior se considera trascendente por todos los cambios e implicaciones que se darían con el modelo procesal vigente al variarse por un proyecto procesal fundado en la oralidad mediante procesos y trámites por audiencias, lo cual conllevará y generará la necesidad de capacitar a un gran número de personas en el Poder Judicial.

De igual forma se debe capacitar a las diferentes entidades, instituciones, oficinas, órganos y organismos tanto estatales como no gubernamentales, que de alguna forma participan o fungen como partes, usualmente en los procesos agrarios, como lo son entre otros el Instituto de Desarrollo Rural (INDER), la Procuraduría General de la República, Registro Nacional, Catastro, Ministerio de Ambiente y Energía, entre otras. A su vez, se tendría que capacitar a las personas usuarias y a los abogados y abogadas litigantes.

Dentro de esta perspectiva se indicó la importancia de ampliar el plazo de entrega en vigencia de la norma, tomando en cuenta el tiempo suficiente para poder elaborar los respectivos presupuestos anuales requeridos, a fin de ejecutar el nuevo sistema procesal.

La Magistrada Escoto Fernández, consideró que el Código Procesal Agrario es una excelente herramienta de protección a los sectores productivos de nuestro país, con una visión procesal de conjunto actualizada a las nuevas dimensiones de la justicia agraria y las necesidades imperantes en el agro.

Las personas co redactoras del Código Procesal Agrario son: la Magistrada de la Sala Primera, Presidenta Comisión Asuntos Agrarios, Coordinadora Comisión Redactora Proyecto Código Procesal Agrario en el Poder Judicial 2009 a 2013, Msc. Carmenmaría Escoto, la Jueza y profesora de Derecho Agrario y Ambiental, Msc. Ruth Alpízar Rodriguez, la jueza agraria y profesora de Derecho Agrario y Ambiental, Msc. Damaris Vargas Vásquez , el Ex decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, catedrático y jurista en Derecho Ambiental, Dr. Rafael González Ballar, el Abogado litigante y profesor Derecho Agrario y Comercial, Dr. Alvaro Meza Lazarus.

Licda. Ana Lucía Vásquez Rivera
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Licda. Melania Chacón Chaves
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