Defensa Pública
ESPECIALISTAS EN MATERIA DE PENALIZACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES ANALIZAN JURISPRUDENCIA
Antonio Arroyo Álvarez
Colaborador

La M.Sc. Vanessa Villalobos Montero, psicóloga y coordinadora de la Sección de Psicología del Departamento de Trabajo social y Psicología del Poder Judicial, analizó aspectos relacionados con la masculinidad y violencia.

Como parte del ciclo de capacitaciones, el pasado viernes 1 de marzo se realizó la primera reunión anual de especialistas en materia de Penalización de la violencia contra las mujeres de la Defensa Pública.

La actividad se llevó a cabo durante ambas audiencias del día; en la primera, la M.Sc. Vanessa Villalobos Montero, psicóloga y coordinadora de la Sección de Psicología del Departamento de Trabajo social y Psicología del Poder Judicial, y la M.Sc. Graciela Valverde Salas, trabajadora social de la Oficina de Atención a Víctimas y Testigos del Ministerio Público, presentaron las conclusiones de su tesis de postgrado, denominada “Masculinidad, violencia y sanción: Análisis de las representaciones sociales de los hombres que han sido procesados por delitos de femicidio y tentativa de femicidio de la ley de penalización de la violencia contra la mujer”.

Luego de la exposición realizada, las defensoras y los defensores públicos especialistas de la materia concluyeron que existe la necesidad de dar un abordaje integral a los ofensores domésticos y de proponer soluciones alternativas al proceso que contemplen la inclusión en algún programa de atención para las personas procesadas por la ley de penalización de la violencia contra las mujeres.

Durante la segunda audiencia se analizó la reciente jurisprudencia nacional de los Tribunales de Apelación de Sentencia en materia de Penalización, donde se ha interpretado que el término “unión de hecho” establecido en la Ley de Penalización de la Violencia Contra las Mujeres debe ser interpretado conforme al artículo 242 del Código de Familia (relación pública, notoria, única y estable por más de tres años, entre un hombre y una mujer con aptitud legal para contraer matrimonio), por ser ésta una interpretación conforme al principio de legalidad en materia Penal.

Licda. Ana Lucía Vásquez Rivera
Lic. Sergio Bonilla Bastos
Licda. Andrea Marín Mena
Licda. Teresita Arana Cabalceta
Licda. Marcela Fernández Chinchilla
Licda. Melania Chacón Chaves
Licda. Sandra Castro Mora
Lic. César González Granados
Montaje: Licda. Karen Quirós Fumero
Diseño Gráfico: Iván Pacheco León

Poder Judicial de la República de Costa Rica, ® Derechos Reservados 2013