Corte Plena designó representantes
ZONA ATLÁNTICA Y GUANACASTE CUENTAN
CON REPRESENTANTES LITIGANTES
· Para los Consejos de Administración de ambos circuitos.
Andrea Marín Mena
Periodista

La decisión de Corte Plena para dichas designaciones se tomó luego de analizar las propuestas emitidas por la Dirección Ejecutiva del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.

Elegir a los representantes litigantes dentro de los Consejos de Administración del I Circuito Judicial de Guanacaste y del I Circuito Judicial de la Zona Atlántica, fue la labor realizada el pasado 3 de diciembre, por los magistrados y magistradas que integran Corte Plena.
En el caso del circuito judicial guanacasteco, las designaciones recayeron en las licenciadas, Eugenia Abellán Morera, como propietaria y María Lourdes Delgado Lobo como suplente.
Los profesionales en derecho que asumirán estos cargos en el circuito judicial limonense, son los licenciados Wilberth Picado Portuguez, propietario y Marcos Fernández Herrera, suplente.
Las propuestas fueron remitidas por la Dirección Ejecutiva del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.
De acuerdo con el Reglamento de Consejo de Administración de Circuito, éste “…es un órgano deliberativo y participativo, que analiza y propone soluciones ante las instancias que corresponda del Poder Judicial, conforme lo establece el artículo 143 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El artículo 22 de la Ley de Reorganización Judicial, se establece que en los circuitos judiciales establecidos funcionará un Consejo de Administración integrado por un juez nombrado en propiedad, representante de cada uno de los grados que conforman ese circuito, electo entre todos los jueces de su grado; el Coordinador de la Oficina de la Defensa Pública; el Fiscal Adjunto; uno de los servidores de apoyo elegido entre éstos; un abogado litigante escogido por la Corte de una terna presentada por la Junta Directiva del Colegio de Abogados y el Administrador del Circuito o Jefe de la Unidad Administrativa. Este último ejercerá las funciones de Secretario”.
Además, por acuerdo de Corte Plena emitido en el 2002, el Jefe de la Delegación del Organismo de Investigación Judicial, donde exista un Circuito Judicial, formará parte de la integración del Consejo de Administración.
Entre las funciones que tiene a cargo el Consejo de Administración y que señalan en dicha norma reglamentaria, están el “…Conocer del informe anual de labores de todas las Oficinas a que se refiere el artículo 180 de la Ley Orgánica del Poder Judicial; preparar uno general que recoja la situación del Circuito, el que será enviado al Consejo Superior en cumplimiento de la norma en mención. Velar por la buena marcha del Circuito; analizar su funcionamiento y proponer las mejoras que se estime pertinentes. Proponer a la Corte Suprema de Justicia, las medidas o planes necesarios para garantizar la eficiencia y el buen servicio público de la justicia en el circuito”, entre otras.

Licda. María Isabel Hernández Guzmán
Lic. Sergio Bonilla Bastos
Licda. Andrea Marín Mena
Licda. Teresita Arana Cabalceta
Licda. Marcela Fernández Chinchilla
Licda. Melania Chacón Chaves
Licda. Sandra Castro Mora
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