Sergio Bonilla Bastos
Periodista
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El acuerdo lo tomó Corte Plena en su sesión N° 32-12 efectuada el 17 de setiembre. |
Cumplir con las obligaciones establecidas en los instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos, así como con la normativa jurídica interna y de esta manera operacionalizar la implementación de los compromisos asumidos, es el objetivo de las “Políticas de Igualdad en los Servicios de Gestión Humana del Poder Judicial” que aprobó la Corte Plena.
En dicha política se establece una vía o camino a los cambios y las acciones que el Departamento de Gestión Humana debe ejecutar, con el fin de lograr el principio de igualdad, en donde se regulan las estrategias y valores de dicho departamento en relación con las mujeres y las personas con discapacidad.
Cabe destacar que en el año 2005, el Poder Judicial aprobó la Política de Equidad de Género y en el 2008 la Política de Igualdad para las Personas con Discapacidad, siendo que ambos instrumentos son una manifestación de profundo respeto al principio de igualdad.
En estas declaraciones se asegura que todas las acciones del quehacer judicial incorporen y garanticen la igualdad de oportunidades y la transversalidad de género y discapacidad entendida ésta como un proceso que convierte las experiencias, necesidades e intereses de las mujeres y las personas con discapacidad de la población, en una dimensión integral del diseño, implementación, monitoreo y evaluación de políticas y programas, para que todos los servicios se brinden en condición de igualdad y equidad.
El documento cuenta con los siguientes apartados:
1- Implementación y Ejecución de la Política de Equidad de Género
2- Fundamentación Jurídica
3- Objetivos que busca la política
4- Lineamientos y Estrategas por áreas de Gestión Humana que orientan las acciones a seguir
5- Plan de Acción y Responsables
6- Glosario terminológico que ayuda a la comprensión de la política en general
Para dar cumplimiento a dicha política, se tomará en cuenta la promoción de los principios de igualdad y no discriminación en la planificación estratégica, se establecerán condiciones de igualdad de género y accesibilidad en los procesos de atracción, reclutamiento y selección de personal, a través del proceso de inducción y capacitación se promoverá una cultura de igualdad y no violencia por razones de género y discapacidad, se garantizará un sistema de compensación y beneficios libre de prejuicios sexistas o discriminantes contra las personas con discapacidad, se impulsarán sistemas de evaluación del desempeño que mejoren los servicios judiciales con perspectiva de género y accesibilidad, se fomentarán ambientes saludables acordes a las necesidades de las funcionarias/os con perspectiva de género y accesibilidad.
De igual forma se desarrollará y promoverá una cultura organizacional y entorno social con perspectiva de género y accesibilidad y se establecerán programas de bienestar social inclusivos, se van a mejorar los procesos de comunicación organizacional de la Gestión Humana desde la perspectiva de género y de la discapacidad y se establecerán relaciones laborales libres de violencia y discriminación por razones de género y discapacidad.
Cabe destacar que la Corte Plena acogió incorporar la propuesta de la magistrada Doris Arias Madrigal en el sentido de que en el Plan de Acción de la Política recién aprobada se tiene que tomar en consideración la normativa internacional Convención CEDAW y Belem Do Pará, así como las políticas previas aprobadas por la Corte y se deben incluir acciones concretas tales como realizar acciones afirmativas en la carrera profesional y judicial, como por ejemplo la paridad en el acceso a carrera judicial que fueron aprobadas para la elección de magistrados y magistradas suplentes.
“Este avance es significativo porque introduce una verdadera equidad de género en el Poder Judicial y la medida es pionera en América Latina” señaló Arias Madrigal.
Las “Políticas de Igualdad en los servicios de Gestión Humana del Poder Judicial” fueron aprobadas por Corte Plena, en sesión N° 32-12 efectuada el 17 de setiembre en curso, en cumplimiento a la Ley N° 8862, de Inclusión y Protección Laboral de las Personas con Discapacidad en el Sector Público”.
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