| EL BOLETÍN JUDICIAL ELECTRÓNICO | ||
Lo expuesto nos hace concluir que como instancia del Estado, la Imprenta ha adquirido la experticia necesaria para dedicarse a esa función, sin que sea prudente, eficiente ni eficaz la duplicación de esfuerzos, es decir, que otra institución u órgano del Estado, en este caso el Poder Judicial se dedique a la impresión del Boletín Judicial, función extraña a su misión, claro esta, salvo que las circunstancias extremas así lo exijan como de seguido explico. A mediados del 2009 la Dirección Ejecutiva recibió gestiones de diversos servidores de la Imprenta Nacional, argumentando que para publicarlos debíamos cancelar el costo de los edictos y avisos que ordenaran las autoridades judiciales en materias que rige el principio de gratuidad. Argumentamos que nunca se había hecho pago alguno, que el no publicar esos edictos sería un incumplimiento a la orden judicial y que invitamos a conversar para encontrar una solución que satisficiera los intereses de ambos. Durante más de un año hicimos diferentes propuestas de convenio y alternativas de cooperación mutua, que permitieran llegar a una solución satisfactoria sin lograrlo. El 10 de diciembre del 2010 se nos comunicó el acuerdo de la Junta Administradora de la Imprenta Nacional, en la que se nos otorga plazo al 1 de febrero del 2011 para el trámite de las publicaciones de edictos y avisos en las materias citadas sin cobro. Ante este panorama, se informó a la Corte Suprema respecto a lo situación presentada con la Imprenta Nacional y de las diferentes acciones ejecutadas para llegar a un acuerdo sin resultados positivos, por lo que solicitábamos autorización para que el Poder Judicial asumiera la publicación de un Boletín Judicial Electrónico a partir del 1 de febrero del 2011. La Corte, en sesión celebrada el 17 de enero del 2011, aprobó la propuesta e instó a la Junta Administradora de la Imprenta Nacional a continuar con las publicaciones en tanto nos organizamos internamente para el lanzamiento del citado Boletín Judicial Electrónico. Sin embargo, el entonces Viceministro de Gobernación, Lic. Mario Zamora Cordero en su condición de Presidente de la Junta Administrativa de la Imprenta Nacional y su Director Lic. Jorge Vargas Espinoza, personalmente solicitaron al señor Presidente de la Corte, Dr. Luis Paulino Mora Mora, interceder ante la Corte Plena para que la Imprenta Nacional continuara con la edición e impresión del Boletín Judicial, a partir del acuerdo de su Junta Administrativa de la sesión celebrada el 25 de enero del 2011 que así lo disponía. La Corte Plena conoció de ese acuerdo el 14 de febrero del 2011 y dispuso que la Dirección Ejecutiva continuara con las conversaciones con la Imprenta Nacional para lograr un acuerdo satisfactorio. Desde esa fecha se continúo sin problema con la publicación de los edictos y avisos y no hubo contacto alguno con funcionarios de la Junta Administrativa, ni de la Dirección General de la Imprenta Nacional, a pesar de que en varias oportunidades la requerimos vía telefónica con su Director. No es sino hasta el mes febrero del presente año que se recibe comunicación de la señora Viceministra de Gobernación, a la que se le da debida respuesta invitándola a restablecer las conversaciones que se suspendieron unilateralmente por decisión de la Imprenta, sin recibir respuesta. Con lo expuesto, queda claro que no fue decisión de esta Dirección el suspender los trámites para el lanzamiento del Boletín Judicial Electrónico como estaba previsto desde febrero del 2011, sino porque la Junta Administrativa de la Imprenta y su Dirección General se lo solicitaron expresamente a la Corte Plena. Tenemos claro que debemos tender a la informatización de los procesos y las comunicaciones digitales y continuamente hacemos esfuerzos para ello. A la fecha contamos en nuestra página WEB con opciones para que las personas usuarias de la administración de la justicia presenten sus escritos; consulten el estado de los expedientes; reciban notificaciones electrónicas, en general litiguen digitalmente. Más de 30 oficinas funcionan bajo el sistema oral electrónico y más 800 funcionarios cuentan con certificados digitales (firma electrónica). Es factible realizar trámites administrativos vía electrónica y por la página WEB www.poder-judicial.go.cr y la Corte Plena conocerá en los próximos días petición del señor Presidente de la Corte para que las oficinas de un Circuito Judicial completo tramiten sus asuntos de manera electrónica sin uso de papel. En razón de lo antes señalado, no podemos aceptar que se nos presente como una instancia del Estado que no se moderniza. Si el Boletín Judicial Electrónico no lo hemos lanzado a pesar de estar listos desde febrero del 2011, lo es para no causar un perjuicio económico a la Imprenta Nacional al dejar de percibir los ingresos por los edictos y avisos en que no rige el principio de gratuidad y por la venta del Boletín Judicial. En ese sentido, con instrucciones del señor Presidente de la Corte estamos haciendo formalmente la última gestión al señor Ministro de Gobernación para que en definitiva resolvamos este diferendo y logremos ambos un resultado ganar – ganar. Sino fuere posible, en los próximos meses contaremos con el Boletín Judicial Electrónica editado por el Poder Judicial. |
Licda. María Isabel Hernández Guzmán
Lic. Sergio Bonilla Bastos
Licda. Andrea Marín Mena
Licda. Teresita Arana Cabalceta
Licda. Marcela Fernández Chinchilla
Licda. Melania Chacón Chaves
Licda. Sandra Castro Mora
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