Defensa Pública
ASISTENTES JURÍDICOS RECIBEN
CAPACITACIÓN EN MATERIA PENAL
Antonio Arroyo Álvarez
Colaborador


Se realizó en el Miniauditorio del Edificio Anexo A, del Poder Judicial.
Con el fin de que las y los asistentes jurídicos de la Defensa Pública conozcan y dominen las nociones básicas de los procesos penales, se llevó a cabo el taller "Metodología para el análisis de los tipos penales", impartido por el MSc. José Arnoldo González Castro, Defensor Público.
La actividad coordinada por la Unidad de Capacitación de la Defensa Pública forma parte del programa de formación inicial para asistente jurídicos de la Defensa Pública, la cual se realizó en el Miniauditorio del Edificio Anexo A, del Poder Judicial.
El curso busca conocer los parámetros que determinan cuando estamos frente a un delito y los tipos penales que enfrenta, además cuando ese delito es reprochable hacia una persona y puede ser responsabilizada por ello", afirmó González.

Curso. Se dio en un formato teórico-practico y se divide en varios temas que comprenden los tipos penales que se dan durante un proceso de ese tipo.
En la primera parte se habló acerca de los temas medulares de la Teoría del Delito como lo son la tipicidad, antijuricidad y la culpabilidad.
Se definió la Teoría del Delito como un instrumento de carácter práctico, el cual permite aplicar la ley a casos concretos y así proporcionar un sistema que permita un considerable grado de seguridad.
Según el MSc. González la Teoría del Delito se convierte en un instrumento idóneo para la defensa de los derechos fundamentales de las personas acusadas en un proceso penal, de modo que debe ser conocida y dominada en su aplicación.
Es importante conocer acerca de los elementos de la Teoría del Delito, como la tipicidad, la cual es la adecuación de un hecho cometido a la descripción que de ese hecho se hace en la ley penal.
Otro tema que se expuso fue la finalidad de la acción, la cual determina cuáles actos tienen relevancia para el Derecho Penal y debe entenderse como una conducta humana relevante.
Se dan circunstancias o casos de no acción, que son aquellos en los cuales el ser humano participa, pero careciendo del elemento cognitivo y volitivo en su accionar. Esta situación se genera cuando ocurre, una fuerza irresistible, el acaecimiento de movimientos reflejos, los estados de inconsciencia, el caso fortuito y la fuerza mayor.
Los elementos del tipo penal se dividen en objetivos, que comprenden los elementos descriptivos, normativos y los personales constitutivos de la Infracción Penal, subdividos en calidades, relaciones y circunstancias.
Mientras que en los elementos subjetivos se alude al origen interno de la conducta, y lo que interesa es establecer por cuál de las siguientes tres circunstancias se genera el hecho que se acusa como delictivo: dolo, culpa y preterintencional.
Por último se hablo de la clasificación de los tipos penales que se clasifican según las características de la acción o las exigencias referidas al autor. Los tipos penales pueden distinguirse en delitos de resultado o peligro y de pura actividad, por un lado, y por otro en delitos comunes o especiales.

Licda. María Isabel Hernández Guzmán
Lic. Sergio Bonilla Bastos
Licda. Andrea Marín Mena
Licda. Teresita Arana Cabalceta
Licda. Marcela Fernández Chinchilla
Licda. Melania Chacón Chaves
Licda. Sandra Castro Mora
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