CAMPAÑA EN MATERIA PENAL JUVENIL: "Ellos necesitan ser comprendidos" |
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No puedo evitar sentir satisfacción y optimismo, cuando veo hacia atrás y me parecen tan ajenos y lejanos aquellos principios y postulados que yo en mi labor de juez, solía aplicar en los procesos penales que me tocó conocer y resolver, primero con el Código de Procedimientos Penales de mil novecientos diez y luego con el que en su momento fue el novedoso Código de mil novecientos setenta y cinco. Conceptos como derechos de la víctima o el trato especial para menores infractores, eran en la práctica judicial de entonces desconocidos. No se nos ocurría entonces -y lo reconozco ahora con un poco de remordimiento-, que la labor del juez y del Poder Judicial tuviera que tener en cuenta esas condiciones especiales, ni aún en la jurisdicción tutelar de menores de la que fui parte. Ya como Magistrado de la Sala Constitucional tuve la oportunidad de tratar el tema de los menores infractores, prácticamente desde las primeras sentencias que se dictaron. Nuestro compromiso, como Poder Judicial, también se ha visto reflejado en distintas iniciativas legislativas siendo una de ellas la que culminó con la promulgación, hace poco más de quince años, de la Ley de Justicia Penal Juvenil. La Ley de Justicia Penal Juvenil nos permitió dar un paso necesario hacia una justicia más humana en la materia, pero lo más importante es que vino a adecuar nuestro sistema de justicia penal juvenil, a la ideología de nuestro sistema político; es decir, de un sistema democrático de derecho. Recordemos que la Ley anterior, trataba como personas de segunda categoría a los menores infractores, y permitía que en nombre de su "bienestar", el juez decidiera con su criterio subjetivo aspectos vitales en cuanto a sus intereses en el proceso y a su futuro. Con la promulgación de esta Ley, Costa Rica vino a corregir o adecuar su legislación a su marco constitucional, al mismo tiempo que hacía valer los requerimientos de la Convención de los Derechos del Niño, de las Reglas de Beijin, y en fin de toda la normativa de protección de los derechos de los niños y adolescentes que se ha suscrito a nivel internacional. En su momento, este paso constituyó el más importante de los últimos cincuenta años, y quien sabe si no más, en cuanto a la adecuación de la legislación penal juvenil a los postulados constitucionales, y sin duda vino a eliminar mitos antidemocráticos, muy arraigados en nuestro sistema de justicia. Con el empuje de diversos órganos de este Poder y el esfuerzo de compañeros y compañeras, como la Magistrada Doris Arias, la materia penal juvenil ha venido incorporando paulatinamente mayor protección para los derechos fundamentales de las personas menores de edad. Por ejemplo, además del quince aniversario de la Ley de Justicia Penal Juvenil, a principios del año pasado acogimos un curso de especialización en Justicia Penal restaurativa, que se realizó a nivel regional y allí expresé mi satisfacción respecto de la atención que -poco a poco- se iba logrando en esta modalidad tan particular y a la vez tan interesante de administración de justicia, especialmente tratándose de menores infractores. Para cerrar el año también realizamos un foro sobre la materia. Sin embargo, para nadie es un secreto que en este tema de penal juvenil, tenemos una gran tarea pendiente. Siguiendo con este esfuerzo el año pasado la Corte Plena aprobó la Política de Acceso a la Justicia para las personas menores de edad sujetas a un proceso penal. En precisamente en este marco que el día de hoy lanzamos esta campaña de sensibilización dirigida al personal judicial acerca de los derechos, características y formas de atención a las personas menores de edad víctimas y victimarios en materia penal juvenil. Como empleados judiciales y como personas debemos tener cuidado de separar y atender las denuncias, las quejas y reclamos planteados con seriedad y positivamente y no dejarnos llevar las actitudes simplemente destructivas que desdichadamente vemos y escuchamos a veces. De nada sirven las sillas, las computadoras o el mostrador si los menores infractores, y en general nuestros usuarios, son tratados con grosería e indiferencia. Con buena atención, con una mayor empatía para con las personas que vienen a nuestros despachos podemos ir construyendo en cada ciudadano, en cada usuario una buena imagen de nuestra institución, muy diferente de la que recientemente se ha querido vender en los medios de comunicación. Como personas con principios humanistas y como sociedad que ha declarado su aprecio por valores como el respeto a la vida humana, a la libertad y principalmente a la dignidad de las personas, ya nosotros no podemos conformarnos con una respuesta estatal que solo se limita a castigar y etiquetar a algunos seres humanos, excluyéndolos del entorno social, con lo cual no gana nadie, excepto quienes se alimentan del rencor. Es en ese contexto donde adquiere una particular relevancia la alternativa que se nos abre con la llamada justicia restaurativa en virtud de que -en su esencia- hallamos justamente ese aprecio por la dignidad de las personas, tanto de los ofensores como de las víctimas. A todos los participantes representantes del Ministerio Público, representantes del Organismo de Investigación Judicial, representantes de la Defensa Pública, jueces de la República, y demás funcionarios involucrados en la materia penal juvenil, les reitero el agradecimiento por su presencia en este acto que irá en directo mejoramiento de nuestras funciones públicas al servicio de la justicia. |
Licda. María Isabel Hernández Guzmán
Lic. Sergio Bonilla Bastos
Licda. Andrea Marín Mena
Licda. Teresita Arana Cabalceta
Licda. Marcela Fernández Chinchilla
Licda. Melania Chacón Chaves
Licda. Sandra Castro Mora
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