Circular del Consejo Superior
"POLÍTICA DE LENGUAJE INCLUSIVO: DIRECTRICES DE
LA ESCUELA JUDICIAL EN CUANTO A SU APLICACIÓN"
Marcela Fernández Chinchilla
Comunicadora


El Poder Judicial promoverá en la formación y capacitación el empleo de prácticas que consideren la equidad y la igualdad de género en todos los procesos.

Promocionar y utilizar un lenguaje inclusivo en todas las comunicaciones escritas, orales y digitales del Poder Judicial, es lo que se implementará con la "Política de Lenguaje Inclusivo: Directrices de la Escuela Judicial en cuanto a su aplicación".
Cabe destacar que la política también utilizará este lenguaje en las resoluciones y escritos de los despachos judiciales.
Dicho documento nació a raíz de la Política de Equidad de Género del Poder Judicial, por lo que la Escuela Judicial como órgano rector en el tema de la formación y capacitación de los funcionarios y las funcionarias judiciales, dispuso aportar lineamientos específicos para el desarrollo de una sociedad más equitativa y justa.
De esta manera, se incorporará el lenguaje inclusivo de género en toda la documentación y producción textual que se genere en la Escuela Judicial y en cada una de las unidades de capacitación, así como en las producciones de tipo audiovisual, multimedia y virtual.
En tal sentido, forman parte de la documentación y la producción textual: los libros u otras publicaciones que se realicen con recursos institucionales; los textos didácticos para la enseñanza; las comunicaciones oficiales; las convocatorias; la correspondencia oficial; la divulgación; los acuerdos de los órganos colegiados, entre otros.
Se promoverá en la formación y capacitación el empleo de prácticas que consideren la equidad y la igualdad de género en todos los procesos: diseño curricular, conformación de los grupos, horarios de los cursos, autoras y autores que se estudien como fuente bibliográfica, docentes, personas participantes, entre otras.
La política también contempla elaborar un manual o guía con lineamientos específicos y claros en cuanto al tema, así como dar seguimiento e informar acerca de la aplicación de estas directrices, en el plazo de un año, a las autoridades competentes.
Dicha política fue aprobada por el Consejo Superior en sesión Nº 15-12 celebrada el 21 de febrero del año en curso, artículo LIII.

Licda. María Isabel Hernández Guzmán
Lic. Sergio Bonilla Bastos
Licda. Andrea Marín Mena
Licda. Teresita Arana Cabalceta
Licda. Marcela Fernández Chinchilla
Licda. Melania Chacón Chaves
Licda. Sandra Castro Mora
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