Marcela Fernández Chinchilla
Comunicadora
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El Poder Judicial promoverá en la formación y capacitación el empleo de prácticas que consideren la equidad y la igualdad de género en todos los procesos. |
Promocionar y utilizar un lenguaje inclusivo en todas las comunicaciones escritas, orales y digitales del Poder Judicial, es lo que se implementará con la "Política de Lenguaje Inclusivo: Directrices de la Escuela Judicial en cuanto a su aplicación".
Cabe destacar que la política también utilizará este lenguaje en las resoluciones y escritos de los despachos judiciales.
Dicho documento nació a raíz de la Política de Equidad de Género del Poder Judicial, por lo que la Escuela Judicial como órgano rector en el tema de la formación y capacitación de los funcionarios y las funcionarias judiciales, dispuso aportar lineamientos específicos para el desarrollo de una sociedad más equitativa y justa.
De esta manera, se incorporará el lenguaje inclusivo de género en toda la documentación y producción textual que se genere en la Escuela Judicial y en cada una de las unidades de capacitación, así como en las producciones de tipo audiovisual, multimedia y virtual.
En tal sentido, forman parte de la documentación y la producción textual: los libros u otras publicaciones que se realicen con recursos institucionales; los textos didácticos para la enseñanza; las comunicaciones oficiales; las convocatorias; la correspondencia oficial; la divulgación; los acuerdos de los órganos colegiados, entre otros.
Se promoverá en la formación y capacitación el empleo de prácticas que consideren la equidad y la igualdad de género en todos los procesos: diseño curricular, conformación de los grupos, horarios de los cursos, autoras y autores que se estudien como fuente bibliográfica, docentes, personas participantes, entre otras.
La política también contempla elaborar un manual o guía con lineamientos específicos y claros en cuanto al tema, así como dar seguimiento e informar acerca de la aplicación de estas directrices, en el plazo de un año, a las autoridades competentes.
Dicha política fue aprobada por el Consejo Superior en sesión Nº 15-12 celebrada el 21 de febrero del año en curso, artículo LIII.
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