Corte Plena
APRUEBA REGLAMENTO PARA ELECCIÓN DE
MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS SUPLENTES
  • Integrantes de Corte Plena apuestan por la transparencia institucional en la selección previa a la escogencia definitiva por la Asamblea Legislativa.
  • Se introduce una entrevista pública.
  • Propuesta fue presentada por la comisión de nombramientos y sometida a discusión y análisis.
  • Sandra Castro Mora
    Abogada


    Las Salas tendrán que proponer a la Corte dos personas por cada vacante, en igual proporción entre hombres y mujeres.
    La Corte Plena aprobó el 13 de febrero 2012, de manera definitiva, el Reglamento para la selección de Magistrados y Magistradas Suplentes para las Salas de la Corte Suprema de Justicia, luego de varias sesiones de discusión.
    La propuesta fue presentada por la Comisión de Nombramientos, integrada por las magistradas Zarella Villanueva Monge, Vicepresidenta de la Corte Suprema de Justicia y Julia Varela Araya, integrante de la Sala Segunda, así como los magistrados Luis Guillermo Rivas Loáiciga, integrante de la Sala Primera; Carlos Chinchilla Sandí, integrante de la Sala Tercera y Paul Rueda Leal, integrante de la Sala Constitucional, quienes contaron con el apoyo técnico de funcionarios y funcionarias, del Departamento de Personal.
    El reglamento permite establecer un procedimiento en las cuatro Salas de la Corte Plena, para la selección y recomendación de los nombramientos al cargo de magistrados y magistradas suplentes, en concordancia con el artículo 164 de la Constitución Política y el artículo 62 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
    Las personas que aspiren al cargo sean jueces o juezas de carrera, o abogados y abogadas litigantes, deberán completar un Formulario de participación.
    Mediante este instrumento, quien participe, deberá suministrar bajo la fe de juramento, información relacionada con aspectos de índole personal, profesional, social, económica, con el propósito de definir su perfil y determinar posibles conflictos de interés.
    La anterior información será verificada mediante las indagaciones con las instancias respectivas y se complementará con un estudio socio-laboral a cargo del Departamento Personal.
    Se establecieron los factores a calificar y su valoración. Estos aspectos están relacionados con el análisis del ejercicio profesional, el desempeño en la judicatura, los estudios de posgrado, las publicaciones y la docencia.
    Con la aplicación del reglamento se implementa un procedimiento uniforme para ser utilizado en todas las Salas de la Corte Suprema, que garantiza la correcta aplicación de los principios de objetividad y transparencia que rigen la función pública.
    Se realizarán entrevistas públicas por parte de los magistrados y magistradas integrantes de cada Sala.
    Las Salas tendrán que proponer a la Corte dos personas por cada vacante, en igual proporción entre hombres y mujeres, para garantizar la igualdad en el acceso a la magistratura y la aplicación de la Política de Equidad de Género aprobada, por la institución en el 2005.

    Licda. María Isabel Hernández Guzmán
    Lic. Sergio Bonilla Bastos
    Licda. Andrea Marín Mena
    Licda. Teresita Arana Cabalceta
    Licda. Marcela Fernández Chinchilla
    Licda. Melania Chacón Chaves
    Licda. Sandra Castro Mora
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