CORTE EMITE CRITERIO SOBRE PROYECTO DE AUTONOMÍA DE PERSONA CON DISCAPACIDAD
  • También recomiendan analizar la inversión económica que debería asumir el Poder Judicial para cumplir con lo dispuesto en el proyecto de ley.
Andrea Marín Mena
Periodista

El informe estuvo a cargo de la magistrada instructora Eva Camacho Vargas.

Señalar la importancia de clarificar la actuación que tendría la Defensa Pública en lo que propone el proyecto de ley "Autonomía de las personas con discapacidad", que se tramita bajo el expediente 17 305 fue lo señalaron los magistrados y magistradas de Corte Plena al aprobar el informe afirmativo.

El criterio judicial se emitió ante la consulta que remitió la Comisión Permanente de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa.

El informe estuvo a cargo de la magistrada instructora Eva Camacho Vargas. Esta es la tercera ocasión que se solicita el criterio de la Corte sobre dicho texto de ley, sin embargo se consideró necesario aclarar el tema sobre las obligaciones que se le atribuyen a la Defensa Pública.

"…es importante aclarar que si bien la suscrita informante está de acuerdo con que la Defensa Pública del Poder Judicial sea la que asuma los servicios de defensa técnica en sede jurisdiccional para las personas usuarias de los servicios de apoyo que lo requieran -como bien lo dispone el inciso g) del artículo 5 del proyecto-, no comparto que sea la Defensa Pública del Poder Judicial a la que le corresponda asumir aquellos servicios también en sede administrativa, como desacertadamente lo dispone actualmente el artículo 16 del mencionado proyecto", destacó el informe de Corte Plena.

Para el pleno de los integrantes de Corte Plena es preciso que en el texto de ley se restrinja la participación de los defensores y defensoras públicas del Poder Judicial, únicamente en el asesoramiento y apoyo legal de la persona beneficiaria en procesos judiciales que tenga que ver con esta materia y no en lo referente a trámites o procedimientos administrativos, que según el informe judicial, atentaría contra la funcionalidad y naturaleza de esta entidad.

Sobre este particular, Corte Plena recomendó que "…, es preciso que el Instituto para el Desarrollo de la Autonomía Personal cuente al interno de la entidad y para atender sus necesidades en sede administrativa, con un grupo interdisciplinario propio (incluidos defensores técnicos) que le ofrezca las labores de apoyo social en sede administrativa, las cuales, inadecuadamente, se le pretenden transferir al Poder Judicial en parte".

Además, se consideró relevante reiterar a los legisladores y legisladoras que integran la Comisión Legislativa, que se tome en consideración la inversión de recursos económicos, que implicaría para el Poder Judicial asumir estas funciones que se proponen en la iniciativa de ley.

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