Andrea Marín Mena
Periodista
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El informe del Alto Órgano Judicial, estuvo a cargo de la magistrada instructora, Carmenmaría Escoto Fernández. |
Destacar la importancia de que se cuente con una ley que especifique el acceso a la justicia de las poblaciones indígenas, fue el criterio que emitió Corte Plena sobre el proyecto de ley "Carta de derechos sobre acceso a la justicia de los pueblos indígenas", expediente 17 805. Sin embargo, señalaron algunas recomendaciones.
El informe del Alto Órgano Judicial, estuvo a cargo de la magistrada instructora, Carmenmaría Escoto Fernández y se dio ante la consulta que solicitó la Comisión Permanente Especial de Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa.
Para los magistrados y magistradas resulta vital que se promuevan mecanismo para lograr un mejor cumplimiento de los compromisos adquiridos por el país en tratados y convenios internacionales sobre la protección supraconstitucional a los derechos de los pueblos indígenas.
Una de las principales recomendaciones que remitió Corte Plena fue la consideración de incluir las "Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad", que adoptó el Poder Judicial como política institucional,"…que ha permitido dar un contenido más riguroso a la protección de los derechos de los pueblos indígenas en relación con la administración de la justicia al encontrarse estos en algún grado de vulnerabilidad social. El proyecto que se analiza vendría a complementar lo que ya se viene haciendo y elevar las diversas disposiciones al rango de ley", destacó el informe judicial.
También se recomendó especificar que en el punto donde se hace referencia a la aplicación del régimen disciplinario previamente establecido, ante cualquier queja por discriminación, se especifique que procedería por un incumplimiento a esta ley.
Sugirieron que se estableciera que la dependencia del Poder Judicial a la que le corresponderá la labor de realizar un diagnóstico y los recursos que se destinarán para estos propósitos, sea la Comisión de Accesibilidad, que es la que actualmente está designada para atender lo relacionado a este tema.
El proyecto de ley nació de la Subcomisión de Pueblos Indígenas del Poder Judicial, que fue acogido por varios diputados y diputadas como iniciativa para el país en materia del cumplimiento efectivo de los derechos humanos de este sector de la población.
"…las disposiciones propuestas son producto de las directrices y acciones aprobadas por el Consejo Superior; y se han venido acatando dentro del Poder Judicial, como parte del interés por garantizar un mayor acceso a la justicia de las poblaciones en condición de vulnerabilidad con el fin de eliminar obstáculos para el logro de este objetivo, los cuales fueron identificados en el diagnóstico que se realizó sobre esta temática (DIAGNÓSTICO SOBRE SITUACIÓN DE POBLACIONES EN CONDICIÓN DE VULNERABILIDAD, 2007), en el cual se dio participación a jueces, fiscales, defensores, auxiliares, y personal administrativo vinculado a la prestación de servicios en la despachos de la ciudad capital, donde se concentran las instancias jurisdiccionales superiores, y a todos aquellos cercanos a los territorios indígenas, que atienden a las personas usuarias de esta población en todo el país", destacó el criterio de Corte Plena. |