PRESIDENTE DE LA CORTE ENTREGA PROYECTO SOBRE VEHÍCULOS DECOMISADOS
El Presidente de la Corte, Luis Paulino Mora entregó al Ministro de Justicia y Paz, Hernando París el proyecto de ley "Ley Reguladora del Depósito Judicial de Vehículos Automotores.
Marcela Fernández Chinchilla
Comunicadora

Con el fin de dar un trámite más expedito a los vehículos decomisados, evitando así el deterioro y lograr darles un uso efectivo, el pasado 12 de octubre, el Presidente de la Corte, Luis Paulino Mora Mora, entregó al Ministro de Justicia y Paz, Hernando París Rodríguez el proyecto de ley "Ley Reguladora del Depósito Judicial de Vehículos Automotores.

Con dicho proyecto se pretende eliminar la saturación de vehículos en los patios y planteles de las delegaciones policiales en todo el territorio nacional, en el Depósito de Vehículos en San Joaquín de Flores, así como en los patios y parqueos de los edificios de Tribunales de los circuitos regionales del Poder Judicial.

De lograr la implementación de esta ley, se simplificarán los trámites y las trabas que existen para que los jueces puedan hacer el depósito provisional o definitivo al inicio del proceso penal.

La iniciativa de ley establece que la persona física o jurídica legitimada para constituirse como depositaria judicial provisional del vehículo automotor es la que figure como propietario registral, poseedor de buena fe así reconocido por la autoridad judicial que conoce del caso o la persona física o jurídica que haya operado una subrogación legal.

A partir allí, la autoridad judicial que ordene un depósito judicial provisional del bien, notificará a la persona física o jurídica, con el fin de que se apersone a suscribir el depósito con las prevenciones de ley, quien tendrá un mes para acudir a la oficina judicial. En el caso de que la notificación no pueda realizarse, el texto de ley propone, que se publiquen en el Diario Oficial La Gaceta la orden de depósito judicial provisional, la prevención del plazo para apersonarse correrá a partir de dicha publicación.

Finalizado dicho plazo, en los casos en que un automotor no se haya podido dar en depósito judicial provisional y que no proceda el comiso, "la autoridad judicial declarará como depositario provisional, al Departamento de Proveeduría del Poder Judicial, y lo autorizará para que entregue los vehículos automotores únicamente a instituciones públicas o privadas dedicadas a labores de interés social… Antes de proceder con la entrega y utilización, la institución beneficiaria deberá asegurar el vehículo por su valor, cuando proceda, con la finalidad de garantizar un posible resarcimiento por pérdida o destrucción", destaca el proyecto de ley.

Con la entrega de este documento, le corresponderá al Ministro de Justicia, llevar el proyecto de ley ante las señoras y señores diputados para su respectiva aprobación.

Licda. María Isabel Hernández Guzmán
Lic. Sergio Bonilla Bastos
Licda. Andrea Marín Mena
Licda. Teresita Arana Cabalceta
Licda. Marcela Fernández Chinchilla
Licda. Melania Chacón Chaves
Diseño Gráfico: Iván Pacheco Leon

Poder Judicial de la República de Costa Rica, ® Derechos reservados 2011