Corte Plena se pronuncia ante consulta sobre proyecto de ley
SEÑALAN IMPORTANCIA DE QUE
JUECES Y FISCALES DECLAREN BIENES
· Proponen que quienes cumplan con esta obligación sean jueces penales que conozcan delitos no contravencionales.
· Además los fiscales que se les asignen casos sobre crimen organizado, corrupción pública y narcotráfico.
Andrea Marín Mena
Periodista

El informe estuvo a cargo del magistrado instructor, Carlos Chinchilla Sandí, integrante de la Sala Tercera de la Corte.

Avalar la propuesta de reforma al artículo 21 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, en la que se propone la obligación de los jueces y juezas de presentar la declaración de bienes ante la Contraloría General de la República, fue lo que acordó Corte Plena, con una recomendación específica.
Los magistrados del Alto Órgano Judicial señalaron la importancia de subsanar la omisión que tiene la legislación actual y que busca incluir a quienes ejercen la judicatura dentro de la obligación de declarar sus bienes, según se desprende del informe que discutió Corte Plena.
El informe sobre el proyecto de ley 17470 "Reforma del artículo 21 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública", estuvo a cargo del magistrado instructor, Carlos Chinchilla Sandí, integrante de la Sala Tercera de la Corte, ante la solicitud que remitió la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa, para conocer el criterio de las autoridades judiciales. En dicho informe inicial se indicaba la necesidad de que todas las juezas y jueces del Poder Judicial, realizaran anualmente la declaración jurada de bienes, medida que también debía comprender a las y los fiscales del Ministerio Público.
Los magistrados y magistradas señalaron la necesidad de especificar quiénes deberían cumplir obligatoriamente con este trámite de rendición de cuentas, según las funciones que se realizan.
De esta manera, se aprobó incorporar en el informe, la propuesta que presentó el Magistrado Presidente de la Sala Tercera, José Manuel Arroyo Gutiérrez, y así recomendar a los legisladores de la Comisión Permanente de Gobierno y Administración, el adicionar en el proyecto de ley que sean los jueces penales del país que conozcan delitos y no contravenciones, así como los fiscales asignados para conocer asuntos sobre crimen organizado, corrupción pública y narcotráfico, los funcionarios obligados a declarar su situación patrimonial.
Para los magistrados y magistradas de Corte Plena, se da porque "…en el proyecto de ley subsiste una omisión importante dentro de las personas obligadas a declarar, ya que no se contempla a los fiscales del Ministerio Público, quienes por la índole de sus funciones también tienen contacto directo con la tramitación de la causa, ya que al recaer directamente sobre ellos el ejercicio de la acción penal se facilita la posibilidad de injerencias indebidas en la toma de sus decisiones. Desde esa perspectiva, se considera necesario y pertinente recomendar que dichos funcionarios también deben declarar su patrimonio, a fin de evitar cualquier posibilidad de corrupción dentro de la Administración de Justicia".
Además, esta recomendación que se remitió al Congreso se fundamenta en el concepto que ha propuesto la Contraloría General de la República, en el sentido que dicha obligación debe efectuarse dependiendo, ya no tanto de quien es el funcionario, sino de la posición que ocupa dentro del aparato estatal.
Los jerarcas judiciales señalaron que este tipo de iniciativas de ley forman parte de las políticas de transparencia y rendición de cuentas que impulsa el Poder Judicial.
"Conforme al artículo 167 de la Constitución Política, debemos indicar que, efectivamente, el presente Proyecto de "Reforma del artículo 21 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública", expediente legislativo N° 17.470, no incide en la organización y el funcionamiento del Poder Judicial, no obstante se rinde el presente informe dada la relevancia e importancia de la consulta dentro del marco de la política institucional de lucha contra la corrupción seguida por este Poder de la República.", puntualizó el informe de Corte Plena.

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