Fallo de Sala Constitucional
DEMANDAN ACCESIBILIDAD EN TURRIALBA
· En aceras y comercios del cantón.
Andrea Marín Mena
Periodista

El estado de las aceras y la ausencia de cunetas y cordones de caño en las cercanías de la terminal de buses de esa localidad fue una de las denuncias ante la Sala Constitucional.

Garantizar a las personas con alguna discapacidad que puedan transitar por zonas peatonales accesibles y en comercios que les permitan el ingreso sin obstáculos, es lo que estableció la Sala Constitucional al declarar con lugar tres recursos de amparo presentado por comercios y aceras del cantón de Turrialba.
El estado de las aceras y la ausencia de cunetas y cordones de caño en las cercanías de la terminal de buses de esa localidad, llevó a un hombre de apellidos Binns Grant a presentar el amparo contra las autoridades municipales y otras entidades.
El Tribunal Constitucional declaró parcialmente con lugar el amparo y ordenó "…a María Elena Montoya Piedra y a Carmen Machado Montoya, en su condición respectiva de Alcaldesa y Presidente del Concejo Municipal, ambas de la Municipalidad de Turrialba, o a quienes ejerzan dichos cargos, que adopten las medidas pertinentes, para que en el plazo de un mes a partir de la notificación de esta sentencia, aperciban, delimiten y construyan las aceras y cordones de caño en la zona indicada en el escrito de interposición, tanto las que le corresponden a la Municipalidad como las que son responsabilidad de los propietarios o poseedores de bienes inmuebles, ajustando las obras a las especificaciones contenidas en la Ley N°7600 y su reglamento", estableció su resolución 6568-2011.
La falta de rampas de acceso en diversos comercios turrialbeños fueron otros motivos que llevaron al mismo recurrente a acudir ante la Sala Constitucional.
Bajo la sentencia 6548-2011, el Alto Tribunal Constitucional ordenó a "…Guiselle Solano Fernández, en su condición de Directora del Área Rectora de Salud de Turrialba del Ministerio de Salud, a María Elena Montoya Piedra y a Carmen Machado Montoya, en sus calidades respectivas de Alcaldesa y Presidenta del Concejo, ambas de la Municipalidad de Turrialba, o a quienes en sus lugares ocupen estos cargos, coordinar acciones y girar de inmediato las órdenes que estén dentro del ámbito de sus competencias para exigirle al establecimiento comercial Almacén Smith, el cual es una edificación privada de acceso público, el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley No. 7600 Ley de Igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, de forma tal que, el recurrente y todas las personas que presenten alguna discapacidad puedan acceder sin barreras arquitectónicas a sus instalaciones".
La preocupación del amparado se focalizó en que debe trasladarse en silla de ruedas, sin embargo este tipo de establecimientos no cuenta con accesibilidad para personas con discapacidad, además de que no cuenta con servicios sanitarios adecuados y que cumplan con la Ley 7600.
Por esta circunstancia Binns Grant presentó un recurso de amparo contra otro establecimiento comercial del cantón, el cual igualmente fue declarado con lugar por la Sala Constitucional.
"Se declara con lugar el recurso únicamente en contra de la Municipalidad de Turrialba. En consecuencia de ordena a Maria Elena Montoya, en su condición de Alcaldesa Municipal de Turrialba, o a quien en su lugar ocupe este cargo, adoptar las medidas necesarias, para que, de inmediato, las autoridades competentes de ese ente municipal, den inicio al procedimiento de ley para constatar el cumplimiento de las disposiciones Ley 7600 en el local comercial Sala de Juegos Roma y en caso contrario, imponer las sanciones o ejecutar las acciones que correspondan, lo cual deberá ser informado a esta Sala. Será responsabilidad de la Alcaldesa Municipal velar por que tales órdenes sean cumplidas a cabalidad Constitucional", dictó la resolución 6950-2011.

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