Fallo Sala Constitucional | ||
ESTABLECEN FINALIZAR TRÁMITES PARA DEFINIR DECLARATORIA DE PATRIMONIO NACIONAL EDIFICACIÓN EN QUEPOS | ||
• En la Zona Americana de Quepos se ubican viviendas y centros de recreación en su estado original | ||
Melania Chacón Chaves Periodista
El Ministerio de Cultura y el Área de Conservación Pacífico Central del Sistema de Áreas de Conservación deben resolver si las edificaciones en la Zona Americana de Quepos serán declaradas o no Patrimonio Nacional. “Se ordena a Carlos Vinicio Cordero Valverde, en su condición de Director del Área de Conservación Pacífico Central del Sistema de Áreas de Conservación del MINAET, a Teófilo de la Torre Argüello, en su condición de Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones; y a Manuel Obregón López, en su condición de Ministro de Cultura y Juventud, a quienes en su lugar ejerzan dichos cargos, que lleven a cabo las acciones pertinentes y necesarias a fin de que los trámites y procedimientos administrativos que llevan sus respectivas carteras ministeriales, tendentes a la afectación de las parcelas 6-07524-000 y 6-07583-000, que forman parte de la zona conocida como Antigua Zona Americana de Quepos, se gestionen de forma coordinada y conjunta hasta su finalización. Se advierte a los recurridos que de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se impondrá prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada en un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado,”según voto 15338 de la Sala Constitucional. Esta resolución se dictá después de que un hombre de apellido Aguilar Vindas interpusiera un recurso de amparo, debido a que la Infraestructura en la Zona Americana de Quepos esta inalterada y en su estado original, en ese lugar están ubicadas las casas y los centros de recreación de quienes laboraban para la Compañía Bananera de Costa Rica. La persona aseguro que la infraestructura es un importante legado cultural y arquitectónico costarricense, por lo que dichas edificaciones están en proceso de ser declaradas de ser Patrimonio Nacional. El Estado debe responsabilizarse de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de fundamento a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo. |
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