Declaran con lugar recurso de amparo
DRAGADO EN RÍO BEJUCO DEBE EJECUTARSE
PARA EVITAR INUNDACIONES
·Colonia del Valle, de Bejuco de Nandayure Guanacaste acudieron ante Sala Constitucional pues estudios técnicos calificaron a esta comunidad como una de las zonas de mayor riesgo ante eventos naturales.
Andrea Marín Mena
Periodista

Los Magistrados Constitucionales determinaron que el dragado es necesario para evitar inundaciones.
Que las autoridades de la zona de Nandayure ejecuten los trabajos pertinentes para combatir los problemas de inundación que genera a los habitantes el río Bejuco, fue lo que estableció la Sala Constitucional al resolver un recurso de amparo.
Los magistrados constitucionalistas establecieron la obligación de las autoridades municipales del citado cantón y de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, en un plazo que exceda el mes de abril del 2011 y sin que esto interfiera en las soluciones provisionales que deban ejecutarse para evitarle daños a la comunidad amparada.
“Se ordena a Luis Gerardo Rodríguez Quesada y a Olga Fernández Núñez, en sus respectivas calidades de Alcalde y de Presidenta del Concejo, ambos de la Municipalidad de Nandayure, o a quienes ocupen esos cargos, realizar de inmediato las gestiones correspondientes, de acuerdo con la normativa que rige a la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, con el objetivo de que se efectúe la obra que técnicamente se requiere en el cauce del Río Bejuco. Se ordena a Vanessa Rosales Ardón, en su calidad de Presidenta de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, o a quien ocupe ese cargo, que en forma inmediata, coordine con la Municipalidad de Nandayure y la asesore, para que se inicien los procedimientos legales y de financiamiento de esa comisión, conducentes a la realización de la citada obra de prevención en el cauce de dicho río. Las obras definitivas deberán quedar debidamente concluidas a más tardar el último día de abril del año 2011; sin perjuicio de los trabajos provisionales que eventualmente resulte necesario efectuar para evitar daños a la comunidad amparada, que puedan causar las lluvias”, estableció la sentencia 2010-12 426.
Una mujer de apellidos Cortés Cordero fue quien presentó el recurso de amparo a favor de la Colonia del Valle, de Bejuco de Nandayure, Guanacaste y contra la CNE y el municipio del lugar.
La principal preocupación que señalaron los amparados fue el señalamiento hecho por la Comisión Nacional de Emergencias, que señaló a esta comunidad como de mayor riesgo y la más afectada por los eventos naturales.
Además indicaron que los estudios técnicos y científicos en la zona concluyeron en la necesidad de dragar el cauce del Río Bejuco, para evitar las inundaciones e incluso se detalló el presupuesto respectivo, sin embargo hasta la fecha las obras no se realizan
Ante esta situación, ahora se tiene un plazo hasta el mes de abril del 2011 para concluir con los trabajos que se requieren para resguardar la seguridad de esta comunidad guanacasteca.

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