Andrea Marín Mena
Periodista
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La empresa de base de datos, está en la obligación de realizar las gestiones necesarias para la actualización de los datos crediticios y eliminación de determinada información referente al recurrente. |
Procurar que se actualice la información crediticia que maneja una empresa de base de datos, fue lo que llevó a un hombre a presentar un recurso de amparo ante la Sala Constitucional.
El Alto Tribunal Constitucional declaró parcialmente con lugar el recurso y ordenó la información que señaló el amparado.
“Se declara con lugar el recurso y, en consecuencia, se ordena al Presidente de Cero Riesgo S.A., Marlon Cordero Salas y al vicepresidente de esa empresa, Randall Gerardo de Jesús Bonilla Arroyo, o a quienes ocupen sus cargos, eliminar de inmediato de la base de datos que dicha empresa mantiene sobre el recurrente …ARAYA MORA, la información sobre su domicilio y las referencias crediticias de EL GALLO MAS GALLO y el BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL; deberá brindarle copia del registro debidamente corregido”, puntualizó la resolución 2010-10 629.
Un hombre de apellidos Araya Mora, fue quien presentó el recurso contra una empresa que maneja bases de datos.
El afectado señaló que cuando fue a solicitar un crédito bancario, se le indicó que tenía malas referencias crediticias, pues la entidad recurrida suministró cierto tipo de información.
Ante esta situación el amparado se apersonó a la empresa de datos con el fin de solicitar la respectiva eliminación de la información crediticia, por considerar que era información desactualizada, sin embargo indicó que sus datos aparecen bloqueados en la página electrónica de ésta y su preocupación se incrementó porque las referencias crediticias permanece a disposición. A su criterio al no actualizar sus datos, se mantiene su condición y referencias en perpetuidad.
Por esta razón, el amparo fue declarado parcialmente con lugar y la empresa de base de datos, está en la obligación de realizar las gestiones necesarias para la actualización y eliminación de la información referente al recurrente, incluso la eliminación de los datos relacionados con su domicilio.
En este caso los magistrados Cruz Castro y Guerrero Portilla declararon con lugar el recurso en todos sus extremos.
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