Andrea Marín Mena
Periodista
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Los Magistrados de Corte Plena aprobaron la política institucional para portales y sitios Web. |
Establecer un marco normativo institucional para la puesta en funcionamiento de páginas electrónicas dentro del Poder Judicial, fue lo que estableció Corte Plena en su sesión del 3 de mayo, con la aprobación de las Políticas para la Operación y Funcionamiento del Portal y Sitios Web del Poder Judicial de la República de Costa Rica, así como su respectivo reglamento.
El documento fue elaborado por el Comité Gerencial de Informática que realizó el análisis y construcción del documento.
La política aprobada en esta materia señala la responsabilidad de Corte Plena de emitir a propuesta del Comité Gerencial de Informática, las directrices para la creación y publicación electrónica en los portales y sitios web, tomando también en consideración los contenidos e imagen gráfica.
Además, el Departamento de Tecnología de la Información y Comunicación tendrá entre sus funciones aprobar la creación de nuevos portales, páginas o sitios web, siempre siguiendo la política aprobada por Corte Plena.
Dicho departamento será el ente responsable de la operación de la plataforma tecnológica para la publicación y asesorará al Comité Gerencial de Informática y cada entidad que emita un portal, página electrónica o sitio web con presencia en el portal judicial, será responsable de su actualización.
El acuerdo de Corte Plena también comprendió la aprobación del “Reglamento para la Creación, Administración y Publicación de Portales, Sitios, Páginas e Información en la Red Internet”.
Dicho reglamento contempla todo lo relativo a la actividad de publicación de información en la red, así como su creación y mantenimiento, con el fin de incentivar la divulgación de las actividades propias de la Administración de Justicia y órganos auxiliares, garantizando el orden, la unificación y la accesibilidad a la población costarricense e internacional.
Entre las disposiciones de la norma reglamentaria del portar judicial, la publicación de la información será responsabilidad de cada entidad que tenga presencia en el espacio cibernético judicial, en el que se designarán como mínimo a dos personas como responsables operativos y contactos con el Departamento de Tecnología de Información y Comunicación.
También se dispone que los contenidos publicados deberán reflejar la actividad de cada área o departamento y siempre apegados a la misión, visión, filosofía y valores de la propia institución.
La norma señala que toda página web deberá respetar los lineamientos gráficos definidos en la guía básica de servicios y apoyos del Departamento de Tecnología de la Información, donde se señala que para la imagen externa del Poder Judicial se utilizará el uso del logo institucional sin excepciones.
También se estableció un reglamento sobre las normas para la creación de páginas o sitios web en el portal de servicios digitales del Poder Judicial, el cual define las especificaciones técnicas y funcionales que regirán dicho portal en aspectos legales, de uso, accesibilidad, arquitectura y navegación.
Las páginas electrónicas de cada dependencia judicial deberán orientarse a las personas usuarias externas de la entidad y para los usuarios internos se elaborarán portales denominados intranet.
De esta manera, las dependencias jurisdiccionales, administrativas y auxiliares de justicia, serán responsables del desarrollo de sus páginas oficiales, utilizando los gráficos, plantillas y guías de diseño provistas para la institución y deberán asignar una persona en cargada de la supervisión del recurso y contenido.
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