EMPLEADA MUNICIPAL EMBARAZADA DEBE RETORNAR A PUESTO
· Restitución debe darse en el pleno goce de sus derechos laborales.
Andrea Marín Mena
Periodista

La funcionara retornará a su puesto con el pleno goce de sus derechos laborales.

Renovar el contrato de trabajo a una empleada municipal en estado de embarazo es la orden que deberá acatar la Municipalidad de Pérez Zeledón, luego de que la Sala Constitucional resolviera un recurso de amparo a favor de la trabajadora. Además de la restitución del puesto, la sentencia constitucional señaló una serie de acciones que deben realizarse, como consecuencia de la resolución del recurso de amparo.
“Se ordena a ROSIBEL RAMOS MADRIGAL, en su calidad de Alcaldesa de la Municipalidad de Pérez Zeledón, o a quien en su lugar ocupe dicho puesto: a) la restitución inmediata de la recurrente, con el pleno goce de sus derechos, en el puesto interino de técnico 1A que venía ocupando y desde la fecha en que fue nombrado el otro funcionario interino, b) la anulación de todos los actos asociados al nombramiento de otro funcionario interino en el puesto que venía ocupando la recurrente, sin perjuicio de su derecho a percibir el salario que le correspondió al ocupar dicho puesto, c) el pago de los respectivos salarios, y la concesión de la respectiva licencia por maternidad”, indicó la resolución 2010-7384.
Aunado a estas disposiciones, también se ordenó la paralización del proceso de concurso externo que se abrió para ocupar en propiedad la plaza de técnico 1ª, para darle a la recurrente la posibilidad de participar en él y mientras dicho concurso finalice, se mantenga en el nombramiento a la amparada en el puesto en calidad de interina.
La recurrente es una mujer de apellido Salas, quien se desempeña como cajera y realiza trámites administrativos en el municipio. Argumentó que para mantenerse en el puesto debía firmar un contrato cada tres meses, sin embargo cuando comunicó que estaba embarazada se le indicó que no se le renovaría el contrato, por lo que se nombró una persona sustituta en su puesto.
Pese a que solicitó la intervención del Ministerio de Trabajo, se le indicó que la solución que se le ofrecía era ser nombrada en otro puesto mientras terminaba su embarazo y únicamente hasta completar el período de incapacidad, pues luego sería despedida. La afectada no aceptó la propuesta y por ello, acudió ante la Sala Constitucional, que le dio la razón y condenó al Gobierno Local de Pérez Zeledón al pago de las costas, daños y perjuicios causados por los hechos que sirvieron de base a esta declaratoria.

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Licda. Andrea Marín Mena
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