Corte y CEJA en seminario
EVIDENCIAN SITUACIÓN ACTUAL Y
DESAFÍOS DE LA PRISIÓN PREVENTIVA
· Destacan estudio realizado por CEJA sobre la situación antes y después de la reforma penal en América Latina.
· Señalan necesidad de que ciudadanía comprenda reglas y principios jurídicos que se toman para el establecimiento de una prisión preventiva.
Andrea Marín Mena
Periodista
Discutir sobre acciones para el fortalecimiento de la prisión preventiva y las medidas cautelares frente a las contrarreformas para hacerlas más rigurosas, fue uno de los ejes centrales del seminario “El estado de la prisión preventiva en América Latina: situación en Centroamérica”.
|
|
|
Cristian Riego, Director del Centro de Estudios de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA) explicó los resultados del estudio sobre la situación de la prisión preventiva que realizó su representada. |
La imposición de mayores regulaciones a la prisión preventiva se presenta en diversas reformas en Latinoamérica, ante el crecimiento de las críticas del movimiento social frente al sistema judicial penal y la liberación de imputados según criterios legales, según lo explicó Cristian Riego, director del Centro de Estudios de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA) en el marco del estudio sobre la situación de la prisión preventiva que realizó esta organización.
Por ejemplo en países como Colombia, Ecuador y Paraguay se volvió al establecimiento de delitos inexcarcelables. En el caso de El Salvador, Guatemala y Honduras se incorporaron reformas tendientes a prohibir la sustitución de la prisión preventiva por medidas alternas. Además de la ampliación de causales de procedencia para la prisión preventiva como el peligro de fuga, reincidencia y peligro para la comunidad, en países como Chile, Bolivia, Colombia, Venezuela y Guatemala.
La necesidad de propiciar dentro de los sistemas judiciales una discusión para introducir acciones que fortalecer la prisión preventiva a través de la experiencia anglosajona y su sistema de control de medidas cautelares, la incorporación o no de la causal de la protección de la legitimidad del sistema en la aplicación de la prisión preventiva y el fortalecimiento de la comunicación al público fueron algunos de los desafíos que destacó el director de CEJA, pues existe un riesgo latente de que se vuelva a un sistema inquisidor dentro de la región, que retroceda los avances alcanzados en los últimos 20 años en esta materia.
|
|
|
En la actividad participaron el Director de CEJA Cristian Riego, el Presidente de la Corte, Luis Paulino Mora y el Presidente de la Sala Tercera, José Manuel Arroyo. |
De acuerdo con el Presidente de la Sala Tercera, José Manuel Arroyo Gutiérrez, se debe propiciar un equilibrio entre libertad versus seguridad, pues la medidas cautelares restringen las libertades individuales y donde la prisión preventiva representa el mecanismo más radical para afectarla, la cual debe ser una medida excepcional y no la regla en un sistema que dé una respuesta pronta.
Indicó que en Costa Rica existen peligros procesales que justifican la prisión preventiva y las medidas cautelares en donde se toma en consideración los indicios suficientes para que se presuma que una persona tenga responsabilidad en un hecho delictivo, el peligro de fuga, su comportamiento antes, durantes y después del hecho que podría incidir en la destrucción de pruebas y vinculaciones con el exterior que pongan en peligro la investigación, así como la peligrosidad en cuanto a la reincidencia.
Para Arroyo Gutiérrez, tanto en Costa Rica como en América Latina la situación en este tema ha llegado a su límite, pues el crecimiento de la violencia social y el incremento de la delincuencia generan en la sociedad una percepción de inseguridad con una visión muy generalizada de que toda persona debe ser detenida.
Según explicó el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Luis Paulino Mora Mora, resulta vital que la ciudadanía conozca, entienda y se involucre con quienes ejercen una labor importante en la maquinaria estatal como lo es la administración de justicia.
“Hay temas complejos como el alcance de la independencia del funcionario-juez que no admite jefaturas o bien las particulares características de las decisiones judiciales que no se basan en la oportunidad o conveniencia, sino en reglas y principios jurídicos; sin embargo, resulta una obligación para nosotros tratar de verter todas estas ideas en conceptos comprensibles, en la esperanza de que ello ayudará a entender mejor de qué se trata en general la función de juzgar y –en lo que interesa para este caso- la decisión de ordenar o no una prisión preventiva”, puntualizó Mora Mora.
El seminario se realizó durante el 26 de enero en el Salón Multiusos de la Corte Suprema de Justicia y contó con la participación de expositores internacionales de El Salvador, Honduras y Guatemala.