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Miles de millones de colones para funcionarios públicos
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El Ministerio de Hacienda deberá devolver miles de millones de colones a los empleados públicos, correspondientes al impuesto de la renta aplicado al salario escolar a principios de este año, según lo ordena un fallo del Tribunal Contencioso Administrativo. |
Así lo ordenó el Tribunal Contencioso Administrativo, al declarar con lugar la demanda que la Asociación Costarricense de Profesionales en Derecho del Poder Judicial y otros, presentaron contra el Estado.
En un fallo dictado ayer a las 8 de la mañana, se dejó sin efecto la directriz DGT-591-08 en la que el director general de Tributación Directa, Francisco Fonseca, ordenaba grabar el monto correspondiente a nueve meses del salario escolar, con el impuesto de renta.
“Se declara con lugar la demanda, en cuanto a que el monto por concepto de salario escolar que se pagó en la segunda quincena del mes de enero de 2009, estaba no sujeto en su totalidad del Impuesto sobre la Renta, debiendo la Administración Pública abstenerse de adoptar o ejecutar cualquier conducta que pueda afectar los derechos subjetivos e intereses legítimos de todos los funcionarios públicos”, indica el fallo 2036-2009.
El salario escolar consiste en un ajuste adicional al aumento de salarios por costo de vida, pagadero en forma acumulativa en el mes de enero de cada año, para hacer frente a los gastos que implica el inicio del curso lectivo.
El 22 de enero de 2009 el Ministerio de Hacienda, canceló ¢61.500 millones en salario escolar a 115 mil funcionarios públicos, quienes pagaron impuesto de renta por el monto correspondiente a los meses entre enero y setiembre de 2008.
Y es que en octubre de ese mismo año, los diputados aprobaron una modificación a la Ley de Impuestos sobre la Renta en la que exoneraba el salario escolar del pago de este tributo.
No obstante, el Ministerio de Hacienda interpretó que esa exoneración debía aplicarse después del 9 de octubre cuando se publicó la reforma a la Ley, y que antes de esta fecha se debía cobrarse el impuesto correspondiente.
Abel Jiménez, presidente de la Asociación Costarricense de la Judicatura del Poder Judicial, se mostró satisfecho con la resolución del Tribunal Contencioso.
“Desde que se dio la ley se indicaba que no se hacía la deducción, más bien nos causó mucha sorpresa que se nos hiciera el rebajo en ese momento; en nuestra opinión lo que resuelve el Tribunal lo hace de forma correcta pero seremos respetuosos, de presentarse el recurso, de lo que la Sala de Casación resuelva”, indicó.
DIARIO EXTRA trató de averiguar por varios medios cuánto será el monto que Hacienda deberá devolver a los funcionarios públicos, sin embargo ninguna de las fuentes consultadas se atrevió a hacer una estimación.
Pese a la resolución del Tribunal, el Ministerio de Hacienda tiene 15 días hábiles para presentar un recurso de casación ante la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia.
Si Casación reafirma la sentencia del Contencioso Administrativo, deberá determinar cuándo debe hacer la devolución del monto.