RECONOCIMIENTO POR SU

LABOR NOTARIAL

 

 

 

 

 

Alicia Bogarín Parra

Ex Directora Notarial

 

Doy gracias a Dios por permitir mi presencia en este acto. Igualmente de inspirar a funcionarios de este Poder para otorgarme este reconocimiento. Mil gracias a todos.

La organización, vigilancia y control del notariado durante mi gestión fue posible gracias a la participación de los funcionarios de la Dirección que con su dedicación, transparencia, honestidad, lealtad y paciencia hicieron realidad el sueño de algunos notarios distinguidos, que creyendo en el control notarial lograron crear la Dirección y la jurisdicción notarial.

El ejercicio de funciones de la Dirección representó en la actividad, un cambio radical que algunos notarios por no reconocer el control notarial, interpusieron recursos de amparo y acciones de inconstitucionalidad.  Esas acciones legales repercutieron hondamente en las funciones que por ley asumió la Dirección desde el 22 de noviembre de 1998.  esto provocó atrasos en la gestión de ella cuando por esa causa, se pospusieron resoluciones por años.  Esta situación trajo perjuicio en la seguridad jurídica.  De esa manera,se interpusieron recursos de amparo en contra de la Dirección, en materia del Fondo de Garantía Notarial, distribución del papel de seguridad, reposiciones de protocolos, habilitaciones de notarios extranjeros, inhabilitaciones de empleados públicos, entre otros.

Esa política de suerte era asumido por un pequeño de notarios que con sus acciones provocaron múltiples retos innecesarios para la Dirección que la obligaron a interrumpir la labor ordinaria y atender esas acciones con una regularidad importante.  De esa manera en muchas oportunidades la Dirección posponía la ejecución del control notarial en perjuicio del interés público pues al final, los recursos se declaraban sin lugar y muchos de los votos venían a ratificar el criterio de la Dirección un caso de ejemplo es el proceso de habilitación en donde ya la Sala definió la incompatibilidad del ejercicio del notariado en relación con el empleo público.

La incorporación de la Dirección como órgano dependiente del Poder Judicial, demandó esfuerzos extra como resultado de que el Estado Costarricense promulgó varias leyes que tenían como fin la reforma del Estado. Todas corrieron paralelamente a la gestión de la Dirección… de ahí que demandaron capacitación durante varios meses de la Dirección y Administradora de la Dirección.

En el ambiente comentado, la Dirección logra asumir todas sus funciones.  Es importante hacaer mención que ese proceso se realizó concomitantemente con votos y resoluciones adoptadas por despachos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial.  Me refiero a Corte Plena, Consejo Superior, Sala Primera, Segunda y Cuarta, Planificación, Financiero Contable, Proveeduría, Auditoría, Recursos Humanos. Todo con un costo de tiempo y recursos que añadieron valor al que venía bindando el Poder Judicial en los más de cien años de tutela del notariado.

También la Dirección se enfrentó a acusaciones ajenas a sus funciones que aunque sin respuestas legales, si han repercutido hondamente en las resoluciones de la Dirección y el mismo destino de ella. Me refiero concretamente a las siguientes causas:

--- El Código se puso en marcha sin la debida capacitación de los jueces de la República, de ahí quee alguna jurisprudencia notarial tanto de la Sala Segunda como la Constitucional han concebido de alguna manera el ejercicio del notariado en íntima relación con el principios al derecho al trabajo.  Por ese medio se ha dado la concepción errada en el ámbito notarial de que el notariado es una profesión liberal, y no un servicio público.  Esta situación promovió el llamado notario de planta que hasta la fecha mantiene en vilo el control notarial respecto a los impedimentos del artículo 4.

--- Aumento desmedido de abogados notarios acostumbrados a realizar el control de su propio despacho. Esta situación genera una gran pérdida de tiempo en la interposición constante de recursos de amparo inocuos, pues los lineamientos del control del ejercicio y servicio notarial contiene en esencia la organización de la Dirección cuya base se concreta en la Ley y la jurisprudencia notarial emitida por la Sala Constitucional.

--- Un cambio de paradigma fundamentado en el hecho de que el notario pierde su condición de tal por causa de algún impedimento legal establecido en el Código.  Ese control le corresponde a la Dirección.  Y con el tiempo se ha convertido en una verdadera odisea aún cuando en el fondo lo que pretende con ese control, es rescatar un aspecto de la naturaleza moral. Este aspecto aún está pendiente de resolución, pues al establecer la Sala Constitucional el ntoario de planta en el Sector Público en igualdad de derechos, la empresa privada por medio del mismo notario que promovió la separación de la Dirección, pretende ese privilegio que no lo contempla la ley y que es reprochable desde la moral y ética notarial.

--- proliferación del post grado en universidades privadas sin control ha contribuido al desmedido aumento de población de notarios.  Todo lo anterior porque no hay una política de gobierno respecto al control de la enseñanza del notariado en Costa Rica.

--- la separación de la Dirección sustentada en una supuesta violación al principio constitucional de separación de poderes y perjuicio en los recursos del Poder Judicial, vino a complicar aún más la acción contralora.

A pesar de lo comentado debo resaltar que cada una de las etapas evolutivas que ha pasado y que tendrá que pasar la Dirección son de enorme complejidad.  Además, creo que no fueron ni serán obstáculo para darle la continuidad del servicio de control que brinda por ley la Dirección.   La superación de los procesos comentados se realizaron con grandes sacrificios de parte del personal que no escatimó en brindar horas fuera de horario y a veces posponiendo auntos de la propia familia.

De esta manera a diez años de su creación, aunque la situación se torna incierta por causa del voto de la Sala Constitucional, la Dirección Nacional de Notarios es una realidad. Es un órgano con una estructura sólida, concretada por más de cien años bajo el Poder Judicial, con un esquema jurídico ratificado por la misma Sala Constitucional.  Todo lo cual permite asegurar que el éxito del control adolescente, con ropaje centenario, inicie su vuelo y consolide las metas propuestas engarzadas en recursos frescos y una ubicación que consolide su naturaleza pública. Todo con el fin de que Costa Rica cuente con un notariado moderno que garantice al usuario de ese servicio y al mismo Estado uno seguro y eficaz. Para ese entonces si se podría hablar de un Colegio de Notarios y mantener el control estatal del ejercicio y servicio del notariado.

Puedo con orgullo en nombre propio admitir que la Dirección quedó al momento de mi jubilación organizada a lo interno y externo, administrada como una gerencia, con un archivo centralizado e informatizado con miras a incorporar a un gobierno digital que promueve la reforma del Estado.

Creo que la batalla está por concluir.  En este momento se necesita para la consecución de ese sueño de los notarios que la Dirección obtenga el apoyo logístico de parte del Poder Ejecutivo y sea ubicada dentro del sector público tal y como lo establece la naturaleza del notoriado.  Dotarla de recursos frescos que se obtendrían mediante el cobro de los servicios que ella brinda al notario.  También consolidar una capacitación fuerte en el personal que la integrará de manera que el sentido de especialidad en el personal tenga la continuidad necesaria no sólo desde el punto de vista notarial, sino también administrativo en especial sobre lo que corresponde el control en la reforma del Estado.

Aunque la ubicación es de connotación política en el fondo contempla un aspecto moral, que no dudo que el Poder Judicial cuidará como buen padre de familia, y con ello a la hora de que se discuta el tema de la Dirección, ese poder vele con el celo necesario porque el destino de ese valor intangible, de interés público logre finalmente su ubicación de acuerdo con los interesas de toda la comunidad.  Esto independientemente de que los señores notarios conformen uno o dos o tres Colegios de Notarios.

El proyecto de ley aprobado por la Corte Plena marca la tónica en los temas comentados en materia de la ubicación de la Dirección y que reitero están referidos a la naturaleza pública de ella y la dotación de recursos para que logre su gestión tal y como lo establece la ley.