Fallo de Sala Constitucional

 

DETIENEN CONSTRUCCIÓN DE

URBANIZACIÓN EN NARANJO

 

·       Obra debe contar con viabilidad ambiental  otorgada por SETENA.

·       Municipalidad deberá realizar estudio hidrogeológico y valorar situación de administrados que sufren problemas de inundaciones desde hace dos años.

 

 

Andrea Marín Mena

Periodista

 

La evaluación de la vulnerabilidad de los mantos acuíferos y la situación actual en que viven las personas en San Rafael de Naranjo, así como la paralización de las obras de construcción de un nuevo residencial fue lo que ordenó la Sala Constitucional a las autoridades municipales de ese cantón.

Construcciones deben contar con la viabilidad ambiental otorgada por la Secretaría Técnica  Nacional Ambiental.

El alto tribunal  declaró con lugar un recurso de amparo que expuso la problemática de los trabajos de construcción sin los respectivos permisos ambientales; así como los problemas de inundaciones y la amenaza a los mantos acuíferos de la zona.

 “…se ordena a Eugenio Padilla Bonilla, alcalde de la Municipalidad del cantón de Naranjo, o a quien en su lugar ejerza ese cargo, que proceda de inmediato a detener cualquier obra que se esté realizando en las fincas con matrículas 2-124274-000 y 2-080331-000, con planos catastrados A-0008530-1971 y A-297020-1978, respectivamente, las cuales no podrán ser reanudadas hasta tanto no se cuente con la viabilidad ambiental otorgada por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental -previa aprobación de la evaluación ambiental respectiva- y no se cumplan los demás requisitos exigidos por el ordenamiento”, estableció la sentencia 2008-15315.

Además, el alcalde del cantón tendrá un plazo de cuatro meses a partir de la notificación de dicha resolución para tomar “las medidas pertinente y ejecute las acciones que se requieran para llevar a cabo un estudio hidrológico que determine la vulnerabilidad de los mantos acuíferos y un estudio hidráulico para determinar los caudales máximos presentados en la zona de Calle La Trinidad de San Rafael del cantón de Naranjo”, según señaló el fallo constitucional.

También deberán realizar una valoración de la situación de los vecinos de la zona de Calle La Trinidad, pues en los últimos dos inviernos se han visto afectado por las inundaciones, por lo que deberá elaborarse un plan de mitigación para enfrentar dichas situaciones de riesgo, para lo cual se impuso un plazo de seis meses.

Un vecino de Naranjo de apellido Araya Matamoros fue quien interpuso el recurso de amparo contra la Municipalidad de ese cantón pues alegó que cerca de su casa se iniciaron movimientos de tierra de forma irregular para la construcción de una nueva urbanización.

El amparado señaló que a pesar de que solicitó el expediente de la empresa constructora ante el gobierno local para determinar si contaba con los respectivos permisos, éste le fue denegado por lo que acudió a la Sala Constitucional.