Fallo de Sala Constitucional

 

FALTA DE PAGO NO PUEDE IMPEDIR

CONTINUAR ESTUDIOS EN OTRA ESCUELA

 

·       Colegio privado obligado a dar documentos de estudiantes para que puedan trasladarse a otro centro educativo.

 

 

Andrea Marín Mena

Periodista

 

La necesidad de una madre de que sus hijos continúen sus estudios en otro centro educativo la llevó a acudir a la Sala Constitucional, pues la actual escuela se negaba a darle la documentación respectiva por falta de pago.

Para el Alto Tribunal Constitucional, los centros educativos privados no están obligados a brindar sus servicios si los padres no cumplen con la contraprestación pecuniaria a la que están obligados, sin embargo deben garantizar que el estudiante pueda cursas sus estudios en otro lugar.

 “Se ordena al Director de la Escuela y Kinder que, de inmediato, facilite a la recurrente los documentos que sean necesarios para que pueda trasladar a los menores amparados a otro centro educativo, sin perjuicio de ese centro educativo interponga las acciones legales correspondientes para recuperar las sumas dejadas de cancelar por la señora Araya Jauberth, por concepto de morosidad en los pagos de la colegiatura”,  señaló la resolución 2008-15323.

Para el Alto Tribunal Constitucional, los centros educativos privados no están obligados a brindar sus servicios si los padres no cumplen con la contraprestación pecuniaria a la que están obligados, sin embargo deben garantizar que el estudiante pueda cursas sus estudios en otro lugar.

“…la suspensión de los servicios educativos de manera alguna puede ser intempestiva ni arbitraria y en todo momento debe el centro  garantizar al educando que puede continuar con su formación educativa en otro centro, público o privado”, argumentó la Sala Constitucional.

El recurso de amparo lo interpuso una mujer de apellido Araya a favor de sus hijos y en contra del centro educativo en el que reciben lecciones, pues pese a que reconoció que no ha cumplido con el pago de las mensualidades de abril, mayo, junio y julio por diversos motivos, la escuela decidió suspender a sus hijos.

Además indicó que el centro se niega a entregarle los documentos necesarios para que los menores puedan ser trasladados a una escuela pública.

De esta manera la Sala Constitucional declaró con lugar el recurso.