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San José, Costa Rica, Martes 30 de setiembre de 2008

• Sentencia de fallo de Sala Constitucional

PROCOMER, UCR Y MUNICIPALIDAD DEBEN DAR INFORMACIÓN PÚBLICA

MARCELINO RIVERA
mrivera@diarioextra.com

La UCR fue obligada a entregar información sobre salarios de sus funcionarios.

Instituciones públicas y autónomas están obligadas a entregar información sobre procesos administrativos si algún costarricense así lo requiere, pues es considerada como de carácter público, según consideró la Sala Constitucional tras recursos de amparo presentados por distintas personas contra la Promotora de Comercio Exterior (Procomer), la Universidad de Costa Rica (UCR) y el Comité Cantonal de Deportes de Montes de Oca.

En el caso de Procomer el recurso lo presentó un hombre de apellidos Gómez Brenes por la negativa de la entidad de facilitarle la información sobre la resolución que le otorgó el Régimen de Zonas Francas a una empresa privada, pues alegaron que era confidencial.

El fallo contra la Universidad de Costa Rica (UCR) porque según el amparado, de apellidos Bonilla Sandí, se negaron a remitirle la información completa relacionada con el monto del salario de varios funcionarios de la entidad de educación superior. La rectora de esa casa de estudios, Yamileth González, deberá entregar la información solicitada entre el 3 de abril y el 23 de mayo de 2008, por parte de Bonilla Sandí, en su condición de Director Ejecutivo de la Unidad de Rectores de Universidades Privadas de Costa Rica.

El fallo contra la Universidad se da porque según el amparado; negaron remitirle la información completa relacionada con el monto del salario de varios funcionarios de la entidad de educación superior. Al parecer el informe se le entregó de manera general y no individualizada como apuntó en su carta de solicitud.

En ese momento las autoridades universitarias alegaron que la información no se entregó de forma completa para salvaguardar el derecho a la intimidad de los funcionarios.

La denegación para conocer los alcances del expediente administrativo sobre el concurso público de servicios profesionales en la disciplina de Judo, llevó a uno de los oferentes a presentar un recurso de amparo contra el Comité Cantonal de Deportes de Montes de Oca, el cual fue declarado con lugar.