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NACIONALESSan José, Costa Rica, Sábado 19 de julio de 2008

 

Según orden de la Sala IV, por casos en San Rafael y Santo Domingo de Heredia

Construcción de condominios no debe afectar fuentes acuíferas

• Ministerio de Salud debe velar por que la edificación de condominios respete las regulaciones

Luis Miguel Herrera Castro
lherrera@prensalibre.co.cr

La construcción de condominios en las cercanías de fuentes acuíferas es una actividad completamente prohibida.

Está completamente prohibida la construcción de condominios en las cercanías de fuentes acuíferas.

Esto luego de la resolución de dos recursos de amparo interpuestos ante la Sala Constitucional, por vecinos del sector de San Rafael y Santo Domingo de Heredia, que impugnaban una situación similar en cada cantón.

Los recursos se dieron con lugar con el objetivo de resguardar las zonas de protección de recarga acuífera que tiene la provincia de Heredia. Vecinos de San Rafael y Santo Domingo de Heredia presentaron un recurso de amparo contra sus respectivos gobiernos locales ante el peligro que generan la construcción de condominios en esos cantones.

En ese sentido la Sala Constitucional declaró con lugar los recursos y ordenó a cada municipio tomar las acciones respectivas para que se protejan las fuentes de agua de cada cantón y que los proyectos cumplan con los lineamientos que establecen las leyes sobre fuentes hídricas.

Detalle de los recursos

Dos hombres de apellidos Alfaro Carvajal y Ramírez Chávez interpusieron uno de los recursos a favor de la Asociación Ambiental del Norte de San Rafael de Heredia y otros, contra la municipalidad de ese cantón, por la construcción del proyecto “Condominio Horizontal Residencial la Inmaculada”.

Tal y como indicaron los recurrentes, el proyecto habitacional se ubica en la zona especial de protección de recarga acuífera y de una vulnerabilidad hidrogeológica alta y media, que no permite el desarrollo de urbanizaciones de alta densidad, el uso de tanques sépticos y la impermeabilización de esa área de recarga.

El recurso ordena a Alberto Vargas Esquivel, alcalde municipal, y a Diana Conejo, en su condición de presidenta del concejo de la Municipalidad de San Rafael de Heredia, retrotraer los procedimientos y revisar nuevamente el proyecto Condominio Horizontal Residencial La Inmaculada a fin de que, en caso de que proceda el otorgamiento del permiso de construcción, éste se ajuste a las recomendaciones.

Por su parte la Municipalidad de Santo Domingo autorizó a la constructora los movimientos de tierra para el proyecto Condominio Loma de Guijarro, en Santo Tomás de Santo Domingo, sin embargo no se consideró el perjuicio que traería a los recursos hídricos de la zona.

Se ordenó a Raúl Isidro Bolaños Arce, alcalde de Santo Domingo de Heredia, que de forma inmediata se ajuste a los criterios de regulación de la perforación de pozos en el Valle Central dispuestos por el Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento.

Al Ministerio de Salud

En la misma resolución de los recursos se ordena a la Ministra de Salud que valore nuevamente el proyecto de condominio sobre las recomendaciones brindadas por el Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento y por el INVU. Como también a la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena), para que valoren la situación y establecer los avances de la obra y emitir los criterios correctivos para evitar efectos ambientales adversos.